RESOLUCIÓN 141 2021 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO - CURSO DE OPERADOR BÁSICO DE ESCOPETA - SE APRUEBA - CURSO DE OPERADOR BÁSICO DE ESCOPETAS DE USO POLICIAL - PROGRAMA - CONTENIDOS -INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA
Publicación:
24/06/2021
Sanción:
17/06/2021
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO: La ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley N°
6.395, la Resolución N° 82/ISSP/12, las Notas N° 15450977/DCEISSP/21 y N°
17937404/SAISSP/21, el Expediente Electrónico N° 15509589/SGISSP/21, y
CONSIDERANDO:
Que la ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley N°
6.395, establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema
Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente
a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y
funcionamiento, y para la formulación, implementación y control de las políticas y
estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados, entre los que se encuentra la Policía de la Ciudad;
Que el artículo 68 de la citada ley, prescribe que la Policía de la Ciudad cumple
funciones de seguridad general, prevención, investigación de los delitos, protección y
resguardo de personas y bienes, y de auxiliar de la justicia;
Que entre los derechos esenciales del personal policial se encuentra la capacitación
permanente para la mejora del desarrollo de sus funciones y labores policiales, y entre
sus deberes y obligaciones, se encuentra el de asistir a las actividades de
capacitación, actualización, entrenamiento y especialización que establezca este
Instituto;
Que conforme establece el artículo 372, la formación y capacitación en general, tiende
a la profesionalización y especialización del desempeño policial de acuerdo a la
función específica de cada uno de los cargos que ejerciera el oficial a lo largo de la
carrera policial. Asimismo, el plan de formación y capacitación se desarrolla teniendo
en cuenta las competencias funcionales necesarias para el desempeño eficiente del
cargo;
Que la capacitación consiste en el adiestramiento, entrenamiento, perfeccionamiento y
actualización permanente a lo largo de toda la carrera profesional, y está asentada en
la producción de capacidades y competencias específicas derivadas de las tareas
básicas propias de los perfiles y especialidades policiales, como surge del artículo 375;
Que con el objetivo de satisfacer adecuadamente las demandas de seguridad, la
Policía de la Ciudad cuenta entre su equipamiento con escopetas brindadas por la
Institución;
Que por el artículo 14 de la Resolución N° 82/ISSP/12, se aprobó el "Curso de
Operador Básico de Escopeta";
Que la experiencia colectada en su dictado, como la necesidad de adecuar,
reorganizar e incorporar contenidos y profundizar determinados temas, han llevado a
promover una actualización del curso en aras de perfeccionar la capacitación que,
sobre el particular, se imparte al personal policial;
Que mediante Nota N° 15450977/DCEISSP/21 el Sr. Responsable del Departamento
de Especialización Policial, elevó al Sr. Secretario Académico del Instituto Superior de
Seguridad Pública, un proyecto de "Curso de Operador Básico de Escopetas de Uso
Policial" que actualiza la denominación de la capacitación vigente, reorganizando e
incorporando contenidos del curso existente para consolidar procedimientos básicos y
afianzar técnicas específicas, en pos de profesionalizar al personal de la Policía de la
Ciudad en el uso de este tipo de armamento;
Que analizada la propuesta y con las adecuaciones efectuadas desde la Secretaría
Académica, por la Nota N ° 17937404/SAISSP/21, se elevó a consideración de esta
instancia la propuesta de "Curso de Operador Básico de Escopetas de Uso Policial";
Que este curso es superador en su diseño curricular y contenidos al vigente en tanto
se introducen cuestiones sugeridas por la experiencia, incorporándose y
actualizándose los contenidos, y se profundizan temáticas en aras de brindar una
formación de excelencia en miras de profesionalizar al personal policial, bregando por
un uso analítico, adecuado, seguro, eficaz y eficiente de la escopeta en ejercicio de
sus funciones;
Que a la luz de lo expuesto, corresponde dejar sin efecto el artículo 14 de la
Resolución N° 82/ISSP/12 y proceder a aprobar este nuevo Curso.
Por ello, en uso de las facultades que son propias,
Artículo 1.- Dejar sin efecto el "Curso de Operador Básico de Escopeta" aprobado por
el artículo 14 de la Resolución N° 82/ISSP12.
Artículo 2: Aprobar el "Curso de Operador Básico de Escopetas de Uso Policial", cuyo
programa y contenidos obran en el Anexo que como IF-18065471-ISSP-2021, forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Jefatura de la Policía de la
Ciudad de Buenos Aires, al Departamento de Especialización Policial, a la Secretaría
Académica y a la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública.
Cumplido, archívese. Unrein