LEY 4967 2014

Síntesis:

 DECLARACIONES - SITIO HISTÓRICO - INMUEBLE SITO CALLE CHASCOMÚS 5240 - CENTRO CULTURAL TRADICIONALISTA EL FORTÍN DE CELIA ROCHA - INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CATEGORÍA DE EXPRESIONES Y MANIFESTACIONES INTANGIBLES - ACTIVIDADES CULTURALES Y DE PRESERVACIÓN DE LAS TRADICIONES -    NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

23/06/2014

Sanción:

15/05/2014

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

09/06/2014


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Declárase integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en la categoría de sitio Histórico, en los términos del artículo 4°, inciso

"a" de la Ley 1227, al inmueble situado en la calle Chascomús 5240 donde funciona el

Centro Cultural Tradicionalista "El Fortín de Celia Rocha":

Art. 2°.- Decláranse integrantes del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en la categoría de Expresiones y Manifestaciones Intangibles, en los

términos del artículo 4°, inciso "j" de la Ley 1227, a las actividades culturales y de

preservación de las tradiciones que se desarrollan en dicho Centro Cultural.

Art. 3°.- Comuníquese, etc. Vidal - Pérez

Buenos Aires, 17 de junio de 2014

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 4.967 (EX 2014-6.029.219-MGEYA-DGALE),

sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión

del día 15 de mayo de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día 9 de

junio de 2014.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a

al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Clusellas

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