LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2000

Síntesis:

APRUEBA NORMAS URBANÍSTICAS - BASÍLICA SAGRADO CORAZÓN - DISTRITO ÁREA PROTECCIÓN HISTÓRICO - APH - CATALOGACIÓN - AV. VELEZ SÁRSFIELD Y CALIFORNIA - MODIFICACIONES AL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU 

Publicación:

05/07/2000

Sanción:

15/06/2000

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Artículo 1° - Apruébase, en el marco de lo previsto por elartículo 6° de la Ordenanza N° 51.981 (B.O.C.B.A. N° 337) las normasurbanísticas correspondientes al "Ambito Basílica Sagrado Corazón",contenidas en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte de la presenteley. El "Ambito Basílica Sagrado Corazón" queda definido por elpolígono delimitado por el eje de la Av. Vélez Sársfield, su intersección conel eje de la Av. Iriarte, su intersección con la línea divisoria de lasManzanas 45 y 46 y su prolongación por la línea de fondo de las parcelasfrentistas a la Av. Iriarte de las Manzanas 34 y 45, hasta su intersección conla línea de fondo de las parcelas frentistas al Pasaje Chubut de la Manzana35a, continuando por la proyección virtual de la línea de fondo de la Parcela24 de la Manzana 36b, la proyección de la línea de fondo de las parcelas frentistasa la calle California de la Manzana 36a, y su intersección con el eje de lacalle Blandengues y su intersección con el eje de la calle California, hasta eleje de la Av. Vélez Sársfield, todas las manzanas pertenecientes a laCircunscripción 2, Sección 26. El polígono incluye el espacio públicocomprendido dentro de sus límites.

Art. 2° - Incorpórase el parágrafo 5.4.12.6 DISTRITO APH6"Ambito Basílica Sagrado Corazón", al artículo 5.4.12 "DISTRITOAREA DE PROTECCION HISTORIA APH", del Capítulo 5.4 "NORMASESPECIFICAS PARA CADA DISTRITO" (AD 610.19) del Código de PlaneamientoUrbano, según el texto que integra el Anexo I aprobado por el artículo 1° de lapresente Ley y graficado en el Plano N° 5.4.12.6 a.

Art. 3° - Incorpórase al Catálogo previsto en el Capítulo10.3 "CATALOGACION" del Código de Planeamiento Urbano, el"Listado de inmuebles Catalogados Distrito APH6, Ambito Basílica SagradoCorazón", contenido en el punto 4.1.1.1 "NORMAS PARA PREDIOSCATALOGADOS", del parágrafo 5.4.12.6 del mismo Código.

Art. 4° - Modifícase la Plancheta N° 24 del Plano del Códigode Planeamiento Urbano, según lo establecido en el artículo 1° de la presenteley.

Art. 5° - Incorpórase al Atlas del Código de PlaneamientoUrbano (AD 610.42) los Planos Nros. 5.4.12.6 a y 5.4.12.6 b, que figuran comoAnexo II de la presente ley.

Art. 6° - La Ficha de Catalogación N° 26-35B-A constituye encopia certificada, el Anexo III que a todos sus efectos forma parte de lapresente ley.

Art. 7° - Los permisos otorgados para desarrollaractividades publicitarias en la vía pública caducarán de pleno derecho a loscinco (5) años de la puesta en vigencia de la presente ley. Todos aquellos quecaduquen antes de ese plazo no serán renovados.

Art. 8° - Publíquese y cúmplase con lo establecido en losartículos 89 y 90 de la Constitución Ciudad de Buenos Aires.

CARAM

Rubén Gé

Nota: La presente se publica sin anexos. Los mismos podránser consultados en la Secretaría de Planeamiento Urbano.

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