DISPOSICIÓN 426 2014 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Síntesis:
IMPLEMENTA NUEVO CATÁLOGO DE EFECTOS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - BIENES Y SERVICIOS INSCRIPTOS- REGISTRO INFORMATIZADO DE BIENES Y SERVICIOS- RIBS - DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Publicación:
25/06/2014
Sanción:
19/06/2014
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
VISTO:
La Ley N° 2.095 y su modificatoria Ley N° 4.764, el y los Decretos N° 1.145/09 y N°
95/14, la Disposición N° 91/DGCyC/12, el Expediente Electrónico N° 2014-6550547-
MGEYA-DGCYC y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.095, establece las normas básicas que contienen los lineamientos a
observar en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios
en el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Decreto N° 95/2014 se aprobó la nueva reglamentación de la Ley de
Compras y Contrataciones N° 2.095, necesaria a los fines de la aplicación efectiva de
las modificaciones que le fueran introducidas por Ley N° 4.764;
Que por el Decreto N° 1.145/GCABA/09 oportunamente se aprobó la reglamentación
del artículo 83° de la Ley N° 2.095 y se implementó el Sistema Electrónico de
Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
denominado "Buenos Aires Compras (BAC)" con alcance a todas las jurisdicciones
dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 2.095 establece en su artículo 17° que el Sistema de Compras y
Contrataciones estará integrado por un Órgano Rector, cuyas funciones le fueron
asignadas a esta Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de
Hacienda;
Que entre las funciones del Órgano Rector establecidas en el artículo 18 de la Ley
2.095, se encuentra la de administrar el funcionamiento del Registro Informatizado
Único y Permanente de Proveedores; el Registro Informatizado de Bienes y Servicios
y el Registro Informatizado de Información de Contrataciones de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que el Registro Informatizado de Bienes y Servicios, en adelante RIBS, contiene todos
los bienes y servicios que se adquieren o contraten clasificados, denominados y
codificados de manera uniforme, como así también la indicación de las normas
técnicas aceptadas o vigentes que deba cumplimentar cada bien que se adquiera o
servicio que se contrate, siendo de uso obligatorio en todos los procedimientos de
selección, teniendo como objetivo que la descripción del bien o servicio sea clara,
precisa e inconfundible;
Que por Disposición N° 92/DGCyC/12 se aprobó el procedimiento para la inscripción,
modificación y la baja de bienes y servicios en el Registro Informatizado de Bienes y
Servicios (RIBS) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que los bienes y servicios registrados en el RIBS conforman el Catálogo de Efectos
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el cual resulta de consulta necesaria a los
fines de la gestión de los procedimientos de contratación por los Organismos que
componen el Sector Público de esta ciudad;
Que, en aras de una mayor eficiencia en la gestión, ha resultado conveniente
implementar un nuevo "Catálogo de Efectos del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires" que simplifique la consulta para los usuarios, facilitando el acceso a los bienes y
servicios que lo componen;
Por ello, y en uso de las facultades establecidas en los artículos 18, 23 y concordantes
de la Ley 2095, modificada por Ley N° 4.764 y el artículo 23 del Anexo I del Decreto N°
95/148,
Artículo 1°.- Impleméntase el nuevo "Catálogo de Efectos del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires," conformado por los bienes y servicios inscriptos en el Registro
Informatizado de Bienes y Servicios (RIBS) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires. Cumplido, archívese. Butera