RESOLUCIÓN 275 2014 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

  PRORROGA LA ASIGNACIÓN  DEL SENTIDO DE CIRCULACIÓN DE LA CALLE AIZPURÚA - DESDE LA CALLE MONROÉ HASTA LA AV. OLAZABAL  DE NO A SE -   CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - ARTERIAS - MANO ÚNICA -  RATIFICACIÓN DE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES 

Publicación:

25/06/2014

Sanción:

23/06/2014

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

la Resolución N° 638/GCABA/SSTRANS/13; y

CONSIDERANDO

Que por la Resolución N° 638/GCABA/SSTRANS/13 se incorporó, en las

disposiciones del Decreto- Ordenanza 10407/47 (B.M. N° 8174), texto ordenado de las

arterias con sentido único de circulación, la asignación con carácter transitorio y

experimental por 90 días corridos, del sentido único de circulación a la calle Aizpurúa,

desde la calle Monroe hasta la Av. Olazábal con sentido NO a SE, para evitar

situaciones de riesgo que se generan por el giro del transporte público que por allí

circula;

Que la medida adoptada favoreció la circulación vehicular en el sector aludido en el

considerando primero, contribuyendo a mejorar las condiciones de la seguridad vial, lo

cual aconseja disponer la pertinente prórroga;

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta

Subsecretaría por el Decreto N° 498- GCBA-2008 (B.O.C.B.A. N° 2926),

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1° - Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos, y hasta tanto la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se expida sobre esta Resolución,

relativa a la asignación del sentido único de circulación a la calle Aizpurúa, desde la

calle Monroe hasta la Av. Olazábal con sentido NO a SE, según la Resolución N°

638/GCABA/SSTRANS/13.-

Artículo 2°: Propiciar ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que

de carácter definitivo al ordenamiento oportunamente aprobado.-

Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del

artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos

Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte, Subsecretaría de

Inversiones, remítase a la Dirección General de Tránsito para su conocimiento y

notificación a la Prefectura Naval Argentina, a la Gendarmería Nacional, a la Policía

Federal Argentina, Policía Metropolitana y a las Direcciones Generales del Cuerpo de

Agentes de Control del Tránsito y el Transporte, de Transporte y de Seguridad Vial.

Cumplido, continúese con el trámite indicado en el artículo anterior. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art.1, Res. 275-SSTRANS-14: Prorroga por 90 días la asignación del sentido circulatorio de la calle Aizpurúa, desde Monroe hasta Av. Olazábal, dispuesta por Res. 638-SSTRANS-13, hasta tanto se expida la Legislatura de la CABA.