DECRETO 254 2014

Síntesis:

MODIFICA  ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS ACCIONES Y OBJETIVOS - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

01/07/2014

Sanción:

30/06/2014

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 2597 y 4.013, los Decretos Nros. 684/09, 660/11 y 260/12, y el

Expediente Electrónico N° 2070781-MGEYA-DGEGRL-13, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de los objetivos antes

mencionados;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras

orgánico funcionales;

Que por la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

de Buenos Aires contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al

Ministerio de Salud;

Que por Decreto N° 684/09 se reglamentó el Régimen Gerencial para los cargos más

altos de la Administración Pública previstos en el artículo 34 de la Ley N° 471;

Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder

Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección

General;

Que por Decreto N° 260/12 se aprobó la estructura correspondiente al Régimen

Gerencial del Ministerio de Salud en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia

Operativa, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 660/11;

Que, mediante la Ley N° 2.597 se creó la Cobertura Porteña de Salud (COPs), con

miras a brindar acceso a una cobertura integral, personalizada y gratuita y atención de

la salud, jerarquizándose el primer nivel de atención;

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 3° de la citada Ley, la autoridad

de aplicación de la referida norma es el nivel jerárquico superior del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de salud;

Que en dicho marco, el Ministerio de Salud propicia crear el Departamento Cobertura

Porteña de Salud dependiente de la Subsecretaría de Planificación Sanitaria del

Ministerio de Salud, y la Subgerencia Operativa Afiliación y Relación Comunitaria,

dependiente del citado Departamento, a los fines de continuar jerarquizando el primer

nivel de atención sanitaria;

Que conforme lo expuesto, corresponde modificar parcialmente la estructura

organizativa del Ministerio de Salud, aprobada por Decreto N° 660/11.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícase la estructura organizativa del Ministerio de Salud del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el

Decreto N° 660/11, de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) identificado como IF-

2014-06348354-DGLTSSASS y II (Responsabilidades Primarias, Acciones y

Objetivos) identificado como IF-2014-07977713- -DGLTSSASS, los que a todos sus

efectos forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud y por el

señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto

del Ministerio de Hacienda, y Capital Humano y a la Subsecretaría de Gestión de

Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, y para su conocimiento y demás

efectos, remítase al Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. MACRI - Reybaud -

Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4428

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Artículo 1 del Decreto 254-14, modifica la estructura organizativa del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto 660-11, conforme los Anexos I y II.
MODIFICA
<p>Art.1 del Dec. 254-14:  Modifica la estructura organizativa  correspondiente al Régimen<br />Gerencial del Ministerio de Salud en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia<br />Operativa, aprobada por Dec. 260-12</p>