RESOLUCIÓN 71 2014 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

MODIFICA RESOLUCIÓN 96-SGCBA-12 - DIEZ AÑOS PLAZO DE GUARDA - PAPELES DE TRABAJO - INFORMES DE AUDITORÍA - UNIDADES DE AUDITORÍA INTERNA - SINDICATURA GENERAL

Publicación:

01/07/2014

Sanción:

18/06/2014

Organismo:

F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), el

Decreto N° 589/09 (BOCBA N° 3.206), las Resoluciones N° 13-SECLYT/12 (BOCBA

N° 3.839) y N° 96-SGCBA/12 (BOCBA N° 3.969), el Expediente Electrónico N°

7.172.487-MGEYA-SGCBA/14, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires le otorga a la

Sindicatura General de la Ciudad personería jurídica propia y autarquía administrativa

y financiera;

Que por la autarquía mencionada han sido puestas en cabeza del Sr. Síndico General

entre otras facultades la atribución de "organizar y reglamentar el funcionamiento

interno de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, en sus aspectos

operativos, funcionales y de administración de personal", tal lo que expresa el artículo

130, inciso 2), de la Ley N° 70;

Que por Decreto N° 589/09, se aprobó la implementación del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos -SADE- como sistema integrado de

caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las

actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por dicho Decreto se designó a la Secretaria Legal y Técnica como

administradora del SADE y en consecuencia le compete "...c) actualizar el

nomenclador de tratas; d) actualizar las tablas referenciales...";

Que por Resolución N° 13-SECLYT/12 se aprobó el nuevo Nomenclador de Tratas, la

Guarda Temporal y el Procedimiento de Depuración de Expedientes del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Resolución N° 96-SGCBA/12, se dispuso la adhesión de esta Sindicatura

General y las Unidades de Auditoría Interna al régimen de Nomenclador de Tratas, de

Guarda Temporal y de Procedimiento de Depuración del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires establecido en la Resolución N° 13-SECLYT/12 y las que

en un futuro la reemplacen;

Que el artículo 2° de la Resolución N° 96-SGCBA/12 estableció un plazo de diez (10)

años de guarda para los Informes de Auditoría de esta Sindicatura General, los que

deben ser conservados, digitalizados y depurados en este Organismo;

Que el artículo 3° de la Resolución N° 96-SGCBA/12, también estableció un plazo de

guarda de doce (12) años para los Papeles de Trabajo que sirven de fundamento a los

Informes de Auditoría de esta Sindicatura General, los que deben ser conservados y

depurados al finalizar dicho plazo en este Organismo;

Que los principales propósitos de los papeles de trabajo son documentar las tareas

realizadas, proveer la base para sostener las observaciones y conclusiones de la

auditoría, ayudar al auditor a ejecutar y supervisar la labor de auditoría y permitir la

revisión de la calidad de auditoría, al proporcionarle al revisor la documentación de la

evidencia que respalda las opiniones y conclusiones del auditor;

Que por lo expuesto, deviene conveniente modificar el artículo 3° de la Resolución N°

96-SGCBA/12, a fin de adecuar y unificar el plazo de Guarda Temporal de los Papeles

de Trabajo al plazo de Guarda Temporal de los Informes de Auditoría de esta

Sindicatura General;

Que la Gerencia Legal, ha tomado la intervención que resulta de su competencia

mediante la emisión del Dictamen N° IF 7.300.838-SGCBA/14.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130, inciso 2) de la Ley

N° 70,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 3° de la Resolución N° 96-SGCBA/12, el que

quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3°.- Establécese en diez (10) años

el plazo de guarda para los Papeles de Trabajo que sirven de fundamento a los

Informes de Auditoría de las Unidades de Auditoría Interna y de esta Sindicatura

General, los que serán conservados y depurados al finalizar dicho plazo, en las

respectivas reparticiones".

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Gerencias Generales

Jurisdiccionales I y II, a la Gerencia de Fortalecimiento Institucional, a la Secretaría

General de la Sindicatura General de la Ciudad, a las Unidades de Auditoría Interna de

las distintas jurisdicciones y entidades dependientes del Poder Ejecutivo, y para su

conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y

Legal. Cumplido, archívese. Rial

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 1 de la Resolución 71-SGCBA-14, modifica artículo 3 de la Resolución 96-SGCBA-12.