RESOLUCIÓN 454 2014 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

PROCEDIMIENTO OPERATIVO PARA LA APLICACIÓN DEL VALOR INMOBILIARIO DE REFERENCIA PARA INMUEBLES UBICADOS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - VALUACIÓN DE INMUEBLES - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ACTUALIZACIÓN DE LOS MONTOS NOMINALES DEL VIR - COBRO DE IMPUESTOS - CONTRIBUCIÓN DE ALUMBRADO BARRIDO Y LIMPIEZA - ABL - IMPUESTO SE SELLOS

Publicación:

02/07/2014

Sanción:

27/06/2014

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

EL ARTÍCULO 407 DEL CÓDIGO FISCAL VIGENTE (T.O. 2013 MODIFICADO POR

LEY N°4.807 SEPARATA B.O.C.B.A N° 4.162) Y,

CONSIDERANDO:

Que la normativa citada prevé la facultad de la Administración Gubernamental de

Ingresos Públicos para establecer un valor inmobiliario de referencia para los

inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que refleje el valor económico de

los mismos en el mercado comercial a fin de su aplicación a los actos, contratos y

operaciones gravables con el Impuesto de Sellos, cuando este valor resulta mayor a la

valuación fiscal o precio convenido por las partes;

Que por Resolución N° 435-AGIP-2011, modificada por Resolución N° 544-AGIP-2011

y Resolución 578- AGIP-2011, se explicitó el Procedimiento Operativo para la

aplicación del Valor Inmobiliario de Referencia;

Que debido al ajuste de precios provocado por la coyuntura económica se procedió a

actualizar los montos nominales del VIR, para de esta manera mantener el valor real

de los inmuebles;

Que a fin de evitar situaciones de inseguridad jurídica se comunicará a los

contribuyentes el valor inmobiliario de referencia de cada partida inmobiliaria en las

boletas correspondientes a la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado Barrido

y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros y al Impuesto Inmobiliario ,

en oportunidad de su emisión para el tercer cuatrimestre de 2014;

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Código Fiscal vigente,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE

Artículo 1.- Explicítase el procedimiento operativo para la aplicación del valor

inmobiliario de referencia para inmuebles ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, para el tercer cuatrimestre de 2014, que reflejará el valor de dichos inmuebles

en el mercado comercial, de acuerdo a las pautas que conforman los Anexos I, II, III,

IV y V de la presente resolución, los que forman parte integrante de la misma a todos

sus efectos.

Artículo 2.- Instrúyase a la Subdirección General de Sistemas a fin de que incorpore el

valor inmobiliario de referencia de cada partida inmobiliaria en las boletas

correspondientes a la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado Barrido y

Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros y al Impuesto Inmobiliario en

oportunidad de su emisión para el tercer cuatrimestre de 2014.

Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Análisis Fiscal y

a las Subdirecciones Generales de Empadronamiento Inmobiliario y de Sistemas de la

Dirección General de Rentas. Walter


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4429

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art 1 de la Res 454-AGIP-14 explicita el procedimiento operativo para la aplicación del valor inmobiliario de referencia para inmuebles para el tercer cuatrimestre de 2014,quedando actualizado lo establecido por Res 435-AGIP-11