LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2001

Síntesis:

DESAFECTACIÓN DE PARCELAS DEL DISTRITO DE ZONIFICACIÓN R2A - AFECTACIÓN DE PARCELAS AL DISTRITO APH 17 - CATALOGACIÓN DE INMUEBLE - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - PLAZA MITRE - RESIDENCIA DEL EMBAJADOR BRITÁNICO - CALLES - NEWTON 2557-81-91- GENERAL GELLY Y OBES 2301- ARJONILLA 2400 - REPÚBLICA DEL LÍBANOS-N- INCORPORACIÓN AL CATÁLOGO DEL CPU

Publicación:

15/05/2001

Sanción:

26/04/2001

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley
(Aprobación inicial conforme lo establecido
en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1° - Desaféctase del Distrito de Zonificación R2 a a las Parcelas 1, 2, 3, 4 y 5; Manzana 153, Sección 15, Circunscripción 19 y a la Fracción A de la Manzana 154, Sección 15, Circunscripción 19 hasta su límite con la prolongación virtual de la calle Newton.
Artículo 2° - Aféctase a las Parcelas y Fracción comprendidas en el art. Anterior a Distrito APH 17 "Plaza Mitre".
Artículo 3° - El Poder Ejecutivo, a través del organismo pertinente, dictará las normas urbanísticas correspondientes al Distrito APH mencionado en el Artículo 2° de la presente Ley.
Artículo 4° - Catalógase con Nivel de Protección Estructural en los términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble de la Residencia del Embajador Británico localizado en las calles Newton 2557/81/91, General Gelly y Obes 2301, Arjonilla 2400 y República del LíbanoS/N°, emplazado en la Manzana 153, Parcelas 1, 2, 3, 4 y 5 correspondientes a la Sección 15, Circunscripción 19.
Artículo 5° - Incorpórase el inmueble catalogado por el Art. 3° al Catálogo previsto por el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 6° - El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro dependiente de la Secretaría de Planeamiento Urbano, deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 4°.
Artículo 7° - El Informe Técnico N° 1102-DGPeIU-2000 de la Dirección General de Planeamiento e Interpretación Urbanística dependiente de la Secretaría de Planeamiento Urbano, la nota correspondiente del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales de fecha 5 de diciembre de 2000 y la Ficha de Catalogación N° 15-152/53/54, documentación ésta que ha recaído en el Expte. N° 74.728/2000 (registro del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), constituye en copia certificada, el Anexo I que a todos sus efectos forma parte de la presente Ley.
Artículo 8° - Publíquese y cúmplase con lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.Enríquez - Alemany

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