DECRETO 269 2014

Síntesis:

MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ESTRUCTURA ORGÁNICA - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - DIRECCIÓN GENERAL RED INTEGRAL DE PROTECCIÓN SOCIAL- CREACIÓN DE ORGANISMOS - ENLACE - RESPONSABILIDADES - PROGRAMA EN TODO ESTAS VOS- NIVEL GERENCIAL - CREACIÓN DE GERENCIAS - GERENCIA OPERATIVA GESTIÓN ESTRATÉGICA DE POLÍTICAS SOCIALES - GERENCIA OPERATIVA OBSERVATORIO DE POLÍTICASSOCIALES - GERENCIA OPERATIVA SEGUIMIENTO FAMILIAR- GERENCIA OPERATIVA OFICINA DE GESTIÓN SECTORIAL - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - CREACIÓN - SUBGERENCIA OPERATIVA DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE GESTIÓN- ACCIONES - SUBGERENCIA OPERATIVA DE EVALUACIÓN Y CONTROL DEL GASTO - SUBGERENCIA OPERATIVA CONTABLE

Publicación:

08/07/2014

Sanción:

04/07/2014

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 4013 y 4036, los Decretos N° 1156/09, 660/11, 423/12 y 567/12,

140/13, el Expediente N° 2014-04004447-MGEYA-DGTALMDS, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de los objetivos antes

mencionados;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras

orgánico funcionales;

Que por Decreto N° 684/09 se reglamentó el Régimen Gerencial para los cargos más

altos de la Administración Pública previstos en el artículo 34 de la Ley N° 471;

Que por la Ley N° 4013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

de Buenos Aires contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al

Ministerio de Desarrollo Social;

Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder

Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección

General, modificándose parcialmente mediante los Decretos Nros. 423/12 y 140/13 la

estructura del Ministerio de Desarrollo Social, aprobándose, asimismo, la estructura

correspondiente a su Régimen Gerencial;

Que la Ley N° 4036 tiene por objeto la protección integral de los Derechos Sociales de

los ciudadanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, priorizando el acceso de

aquellos en estado de vulnerabilidad social y/o emergencia a las prestaciones de las

políticas sociales que brinde el Gobierno de la Ciudad;

Que la Ley precitada en su artículo 37 designa al Ministerio de Desarrollo Social como

su autoridad de aplicación;

Que el precitado Ministerio propicia crear la Dirección General Red Integral de

Protección Social a fin de que la citada instancia coordine los circuitos, procesos y

articule entre las distintas áreas involucradas en las políticas sociales destinadas a la

población más vulnerable de la Ciudad de Buenos Aires con el objeto de acompañar

de manera integral las necesidades de cada familia, teniendo asimismo a su cargo el

actuar como enlace del Ministerio con el Programa "En todo estas vos" dependiente

del Ministerio de Modernización;

Que como resultado de la creación de la instancia mencionada precedentemente y en

base a las competencias a su cargo corresponde transferir las Gerencias Operativas

de Gestión Estratégica de Políticas Sociales y de Observatorio de Políticas Sociales,

dependientes de la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo

Social, a la órbita de la citada Dirección General, adecuándose las responsabilidades

primarias de la citada Subsecretaría;

Que asimismo, se propicia crear en el ámbito de la Dirección General Red Integral de

Protección Social, la Gerencia Operativa Seguimiento Familiar, instancia que tendrá

entre sus acciones la implementación de un esquema integral de seguimiento de

familias beneficiarias de la Red Integral de Protección Social, como una estrategia

conectada con la oferta de servicios de los Centros de Salud, los servicios sociales

zonales y de la comunidad;

Que asimismo, se propicia modificar la estructura de la Gerencia Operativa Oficina de

Gestión Sectorial de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio

de Desarrollo Social, creándose la Subgerencia Operativa de Seguimiento y Control de

Gestión, y readecuándose las acciones de las Subgerencias Operativas de Evaluación

y Control del Gasto y Contable, dependientes también de la misma Gerencia

Operativa;

Que en virtud de lo expuesto corresponde modificar parcialmente la estructura

organizativa del Ministerio de Desarrollo Social, aprobada por Decreto N° 660/11 y sus

modificatorios.

Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícase parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de

Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando

modificado el Decreto N° 660/11, de acuerdo con los Anexos I IF-07485054-

DGTALMDS/14 (Organigrama) y II IF-07486650-DGTALMDS/14 (Responsabilidades

Primarias, Acciones y Objetivos), los que a todos sus efectos forman parte integrante

del presente Decreto.

Artículo 2°.- Créase la Dirección General Red Integral de Protección Social, en el

ámbito del Ministerio de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires.

Artículo 3°.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del

Ministerio de Hacienda, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar

cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Desarrollo

Social, por el señor Ministro de Modernización y por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección

General Capital Humano del Ministerio de Modernización, a la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, y para su

conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Social. Cumplido,

archívese. MACRI - Stanley - Ibarra - Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4433

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 1 del Decreto 269-14, modifica parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Social, quedando modificado el Decreto 660-11, de acuerdo con los ANexos I y II.
MODIFICA
Anexo del Dto 269-14 modifica la Estructura Gerencial del Ministerio de Desarrollo Social, aprobada por Decreto 423-12. Modificación de la estructura de la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial de la DGTA del MDS; creación de la Subgerencia Operativa de Seguimiento y Control de Gestión; readecuación de las acciones de las Subgerencias Operativas de Evaluación y Control del Gasto y Contable.