DECRETO 269 2014
Síntesis:
MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ESTRUCTURA ORGÁNICA - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - DIRECCIÓN GENERAL RED INTEGRAL DE PROTECCIÓN SOCIAL- CREACIÓN DE ORGANISMOS - ENLACE - RESPONSABILIDADES - PROGRAMA EN TODO ESTAS VOS- NIVEL GERENCIAL - CREACIÓN DE GERENCIAS - GERENCIA OPERATIVA GESTIÓN ESTRATÉGICA DE POLÍTICAS SOCIALES - GERENCIA OPERATIVA OBSERVATORIO DE POLÍTICASSOCIALES - GERENCIA OPERATIVA SEGUIMIENTO FAMILIAR- GERENCIA OPERATIVA OFICINA DE GESTIÓN SECTORIAL - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - CREACIÓN - SUBGERENCIA OPERATIVA DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE GESTIÓN- ACCIONES - SUBGERENCIA OPERATIVA DE EVALUACIÓN Y CONTROL DEL GASTO - SUBGERENCIA OPERATIVA CONTABLE
Publicación:
08/07/2014
Sanción:
04/07/2014
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Leyes Nros. 4013 y 4036, los Decretos N° 1156/09, 660/11, 423/12 y 567/12,
140/13, el Expediente N° 2014-04004447-MGEYA-DGTALMDS, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de los objetivos antes
mencionados;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por Decreto N° 684/09 se reglamentó el Régimen Gerencial para los cargos más
altos de la Administración Pública previstos en el artículo 34 de la Ley N° 471;
Que por la Ley N° 4013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al
Ministerio de Desarrollo Social;
Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección
General, modificándose parcialmente mediante los Decretos Nros. 423/12 y 140/13 la
estructura del Ministerio de Desarrollo Social, aprobándose, asimismo, la estructura
correspondiente a su Régimen Gerencial;
Que la Ley N° 4036 tiene por objeto la protección integral de los Derechos Sociales de
los ciudadanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, priorizando el acceso de
aquellos en estado de vulnerabilidad social y/o emergencia a las prestaciones de las
políticas sociales que brinde el Gobierno de la Ciudad;
Que la Ley precitada en su artículo 37 designa al Ministerio de Desarrollo Social como
su autoridad de aplicación;
Que el precitado Ministerio propicia crear la Dirección General Red Integral de
Protección Social a fin de que la citada instancia coordine los circuitos, procesos y
articule entre las distintas áreas involucradas en las políticas sociales destinadas a la
población más vulnerable de la Ciudad de Buenos Aires con el objeto de acompañar
de manera integral las necesidades de cada familia, teniendo asimismo a su cargo el
actuar como enlace del Ministerio con el Programa "En todo estas vos" dependiente
del Ministerio de Modernización;
Que como resultado de la creación de la instancia mencionada precedentemente y en
base a las competencias a su cargo corresponde transferir las Gerencias Operativas
de Gestión Estratégica de Políticas Sociales y de Observatorio de Políticas Sociales,
dependientes de la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo
Social, a la órbita de la citada Dirección General, adecuándose las responsabilidades
primarias de la citada Subsecretaría;
Que asimismo, se propicia crear en el ámbito de la Dirección General Red Integral de
Protección Social, la Gerencia Operativa Seguimiento Familiar, instancia que tendrá
entre sus acciones la implementación de un esquema integral de seguimiento de
familias beneficiarias de la Red Integral de Protección Social, como una estrategia
conectada con la oferta de servicios de los Centros de Salud, los servicios sociales
zonales y de la comunidad;
Que asimismo, se propicia modificar la estructura de la Gerencia Operativa Oficina de
Gestión Sectorial de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio
de Desarrollo Social, creándose la Subgerencia Operativa de Seguimiento y Control de
Gestión, y readecuándose las acciones de las Subgerencias Operativas de Evaluación
y Control del Gasto y Contable, dependientes también de la misma Gerencia
Operativa;
Que en virtud de lo expuesto corresponde modificar parcialmente la estructura
organizativa del Ministerio de Desarrollo Social, aprobada por Decreto N° 660/11 y sus
modificatorios.
Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de
Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando
modificado el Decreto N° 660/11, de acuerdo con los Anexos I IF-07485054-
DGTALMDS/14 (Organigrama) y II IF-07486650-DGTALMDS/14 (Responsabilidades
Primarias, Acciones y Objetivos), los que a todos sus efectos forman parte integrante
del presente Decreto.
Artículo 2°.- Créase la Dirección General Red Integral de Protección Social, en el
ámbito del Ministerio de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Artículo 3°.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del
Ministerio de Hacienda, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar
cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Desarrollo
Social, por el señor Ministro de Modernización y por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Capital Humano del Ministerio de Modernización, a la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, y para su
conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Social. Cumplido,
archívese. MACRI - Stanley - Ibarra - Rodríguez Larreta
ANEXOS