DECRETO 270 2014

Síntesis:

MODIFICACIÓN DE LA  ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - CREACIÓN - CREA LA DIRECCIÓN GENERAL DE BENEFICIARIOS DE LA EX CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - CASSABA - DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA - APRUEBA ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS -  CREA LAS GERENCIAS OPERATIVAS  - LIQUIDACIONES -  ASUNTOS LEGALES -  CONTABLE  -  ATENCIÓN AL PÚBLICO - CREA SUBGERENCIAS OPERATIVAS EN EL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE INFRACCIONES - CREACIÓN UNIDAD DE ENLACE DE FALTAS DE TRÁNSITO - UNIDAD DE ENLACE DE FALTAS ESPECIALES -  APRUEBA OBJETIVOS - 126 CARGOS DE CONTROLADORES 

Publicación:

08/07/2014

Sanción:

04/07/2014

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 2.811 y 4.824, el Decreto N° 660/11, el Expediente Electrónico

4.635.019/2014/MGEYA- SSJUS, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 1.181 se instituyó la creación del Sistema de Seguridad Social para

Abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de carácter obligatorio y se creó

la Caja de Seguridad Social para Abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

(CASSABA);

Que por Ley N° 2.811 se disolvió e inició el proceso de liquidación de CASSABA y se

derogó la Ley N° 1.181;

Que por Ley N° 4.824 se subrogaron en el Tesoro de la Ciudad las obligaciones

previsionales emergentes del Sistema de Seguridad Social referido, y se estableció

que la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es autoridad de aplicación del régimen previsto

en la citada norma;

Que asimismo mediante la Ley N° 4.824 se creó el Fondo de Asistencia para

Abogados, Jubilados, y Pensionados de la Ciudad de Buenos Aires que tiene por

objeto asegurar la administración de los fondos para la atención y pago de los haberes

profesionales surgidos del régimen creado por Ley N° 1.181;

Que en virtud de lo expuesto, se propone crear la Dirección General de Asistencia a

Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de

Buenos Aires (CASSABA) - dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio

de Justicia y Seguridad -, con sus correspondientes Gerencias Operativas

Liquidaciones, Asuntos Legales, Contable y Atención al Público, las que entenderán

en la dirección, gestión y tramitación de los procesos de liquidación de pensiones y

jubilaciones y las obligaciones previsionales emergentes del referido sistema;

Que asimismo, el Ministerio de Justicia y Seguridad propicia la creación en el ámbito

de la Gerencia Operativa Gestión de Faltas de la Dirección General Administración de

Infracciones, de las Subgerencias Operativas de Coordinación en Materia de Faltas de

Tránsito y de Coordinación en Materia de Faltas Especiales con el objeto de

incrementar los procesos de eficacia y eficiencia del área y, asimismo la

reorganización en una instancia única de las unidades administrativas de faltas;

Que conforme lo expuesto, corresponde modificar parcialmente la estructura orgánico

funcional del Ministerio de Justicia y Seguridad aprobada por el Decreto N° 660/11,

quedando modificado parcialmente el citado Decreto.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1.- Modifícase parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de Justicia

y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando

modificado el Decreto N° 660/11, de acuerdo con los Anexos I "IF-2014-6711528-

DGTALMJYS" (Organigrama) y II "IF-2014-7074187- MJYSGC (Responsabilidades

Primarias, Objetivos y Acciones), los que a todos sus efectos forman parte integrante

del presente Decreto.

Artículo 2.- Créase la Dirección General de Asistencia a Beneficiarios de la ex Caja de

Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (CASSABA)

dependiente de la Subsecretaria de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia y

Seguridad.

Artículo 3.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de dar

cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 4.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Justicia y

Seguridad, de Modernización y de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de

Modernización y a las Direcciones Generales Capital Humano del Ministerio de

Modernización y Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda

y, para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaria de Justicia del

Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. MACRI - Montenegro -

Ibarra - Grindetti - Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4433

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 270-14, modifica parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, quedando modificado el Decreto 660-11 conforme a los Anexos I y II, que modifican la estructura de la Subsecretaría de Justicia y la Dirección General de Administración de Infracciones.</p>