RESOLUCIÓN 190 2014 SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA
Síntesis:
CONCURSO BAITEC2013 - ENTIDADES SELECCIONADAS - APRUEBA EL FORMULARIO PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PRÓRROGA DE PROYECTOS - APRUEBA MODELO ACTA ACUERDO ENTRE LA ENTIDAD PATROCINADORA Y LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA
Publicación:
08/07/2014
Sanción:
26/06/2014
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA
VISTO
Los Decretos N° 660-GCABA-2011 y su modificatorio Nro. 78/14 las Resoluciones
Nros.
79/SSDE/2012, 81/SSDE/2011, 91/SSDE/2012, 172/SSDE/2012,
243/SSDE/2012 y 52/SSDE/2013, 93/SSDE2013; 112/SSDE/2013, los Informes IF-
2014-05074221-SSECRE; IF-2014-07800832-SSECRE; IF-2014-07801400-SSECRE;
IF-2014-07801403-SSECRE y lo que surge del Expediente Electrónico N° 05234024- -
MGEYA-SSECRE y los Expedientes N° 2.743.270/2012; y 1197839/2013;
1080003/2013;
1157783/2013; 1197839/2013; 1297980/2013; 1335317/2013;
1338193/2013; 1336088/2013,
1338031/2013,
1325615/2013, 1361136/2013,
1331793/2013, 1329319/2013, 1313723/2013,
1326414/2013, 1337705/2013,
1323519/2013, 1339890/2013, 1328250/2013, 1337620/2013,
1335024/2013,
1333848/2013, 1333026/2013, 1312996/2013, 1336662/2013, 1326177/2013,
1330351/2013, 1330425/2013, 1302716/2013, 1337322/2013, 1334833/2013,
1327162/2013, 1335930/2013, 1336715/2013, 1340185/2013 y 1324422/2013, y;
CONSIDERANDO:
Que por medio del Decreto N° 78/2014 se modificó la denominación de la
Subsecretaría de Desarrollo Económico por Subsecretaría de Economía Creativa,
modificándose, asimismo, la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo
Económico, determinándose que la Subsecretaría, tiene entre sus responsabilidades
primarias entender en los planes, programas y proyectos dirigidos a promover
empresas y emprendedores en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante la Resolución N° 243/SSDE/2012, se convocó al Concurso
"BAITEC2013", a fin de que, las entidades que hubieran sido seleccionadas como
Entidades Patrocinadoras según Resoluciones Nros. 79/SSDE/2012, 81/SSDE/2011,
91/SSDE/2012 y 172/SSDE/2012, en el marco de los Concursos Operatoria "Baitec
2012", "Buenos Aires Emprende 2011", "Buenos Aires Emprende 2012" y Concurso
"Incuba VIII", respectivamente; se presentarán para actuar como patrocinadoras de
proyectos de negocios de base tecnológica;
Que una vez realizadas las evaluaciones por el personal técnico de ésta
Subsecretaría, ello en observancia de las herramientas de evaluación y la metodología
prevista por la Resolución N° 52/SSDE/2013, mediante la Resolución N°
93/SSDE/2013 se aceptaron los cambios en la propuestas de selección y tutoría de las
seis (6) entidades patrocinadoras seleccionadas por medio de la Resolución N°
79/SSDE/2012, en el marco de la operatoria "BAITEC 2012"; asimismo se aprobaron
las propuestas de selección y tutoría de proyectos de negocios base tecnológica
(PNBT) presentadas por la entidades FUNDACIÓN ENDEAVOR ARGENTINA y
FUNDACIÓN IBEROAMERICANA DE ESTUDIOS SUPERIORES, UNIVERSIDAD
ABIERTA INTERAMERICANA;
Que, como resultado del trabajo de dichas entidades, presentaron dentro del término
establecido, un total de veintisiete (27) proyectos de negocios de emprendedores de
base tecnológica; los que fueron evaluados a la luz de las herramientas establecidas
por Resolución N° 52/SSDE/2012; y aprobado el orden de mérito de los mismos a
través la Resolución N° 112/SSDE/2013;
Que la Resolución 212/SSDE/2013, aprobó el pago por las tutoría desempeñadas por
CINCO (5) entidades, y NUEVE (9) proyectos, encontrándose al presente en trámite la
aceptación de la renuncia de DOS (2) proyectos, por lo cual se encontrarían en
condiciones de presentar la solicitud, SIETE (7) proyectos incubados.
Que la Resolución N° 243/SSDE/2012, en el punto III.4, de su Anexo I, previó la
posibilidad de prorrogar la incubación otorgada a los proyectos hasta doce (12) meses
al finalizar el período inicial, ello, en función de la evaluación que la Autoridad de
Aplicación, realizaran tanto de los resultados de la actuación de la entidad, como del
cumplimiento de los objetivos oportunamente acordados con el equipo emprendedor;
Que en este marco jurídico y dado la instancia del presente programa, el Gerente
Operativo de Apoyo al Emprendedor, en su informe IF-2014-05074221-SSECRE de
fecha 30 de abril de 2014, estimaba conveniente otorgar, a los INCUBADOS, la
posibilidad de solicitar una extensión al periodo de incubación por un plazo de hasta
TRES (3) meses y recomendó que el monto de Aporte No Reembolsable (ANR)
destinado a apoyar el proceso de tutorías se adecuara a la suma de PESOS TRES
MIL CIEN ($ 3.100) mensuales, conforme lo establecido en el anexo I, punto II) 3 de la
resolución 243/SSDE/2012; el que será desembolsado, de ser otorgado, al finalizar el
periodo de prórroga;
Que en este orden de ideas resulta conveniente, a fin de relevar las manifestaciones
de todos los emprendedores y entidades incubados, aprobar un formulario único de
presentación, como asimismo adecuar el Acta Acuerdo, anexo VII y IX de la
Resolución 243/SSDE/2012, en la que se establecerán las obligaciones durante el
nuevo período de incubación, tanto de las entidades patrocinantes como de los
emprendedores, cuya solicitud de prórroga sea aprobada por la Autoridad de
Aplicación;
Que, en este sentido, se considera procedente el dictado del presente acto
administrativo otorgando la posibilidad a los INCUBADOS de solicitar una extensión, al
período de incubación por un plazo de hasta TRES (3) meses, en un todo de acuerdo
a lo informado por la Gerente Operativa mencionada;
Que de conformidad con lo establecido en la ley 1218, la Procuración General de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
Artículo 1°.- Apruébese el formulario para la presentación de las solicitudes de
prórroga, Anexo I "Formulario Solicitud de Prórroga", IF-2014-07800832-SSECRE, el
cual a todos los efectos forma parte integrante de la presente, a fin de que
conjuntamente, las entidades patrocinadoras y los Proyectos de Negocios manifiesten
las razones y el tiempo por el cual solicitan la extensión de la Incubación, en el
mencionado Programa.
Artículo 2°.- Apruébanse el Anexo II "Acta Acuerdo entre la Entidad Patrocinadora y la
Subsecretaría de Economía Creativa" IF-2014-07801400-SSECRE, que forma parte
integrante de la presente;
Articulo 3°.- Apruébese el Anexo III "Acta Acuerdo Emprendedor-Subsecretaría de
Economía creativa" IF-2014-07801403-SSECRE, que forma parte integrante de la
presente.
Artículo 4°.- Determínense que podrán solicitarse hasta (3) TRES MESES de
extensión, los cuales deberán estar debidamente fundados de acuerdo a lo estipulado
en el Formulario Anexo I IF-2014-07800832- SSECRE detallando la evolución
alcanzada por cada Proyecto de Negocios de Base Tecnológica incubado en el marco
del presente concurso.
Artículo 5°.- Aclárese que la posibilidad de prórroga, tanto de incubación como de
tutoría, está destinada exclusivamente a aquellos nuevos Proyectos de Negocios de
Base Tecnológica, quedando expresamente excluidos de esta posibilidad los
proyectos seleccionados en el marco del Concurso BAITEC 2012, y que en el marco
del Concurso BAITEC 2013 hayan resultado beneficiados con un período de
incubación adicional al oportunamente otorgado.
Artículo 6°.- Determínese que las solicitudes podrán presentarse hasta el día jueves 3
de Julio a las 15 hs a fin de ser analizadas por la autoridad de aplicación, previo a la
finalización de la incubación, en la Mesa de Entradas de la Subsecretaría de
Economía Creativa sita en Algarrobo 1041- Centro Metropolitano de Diseño -CMD- de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires..
Artículo 7°.- Déjase constancia que, de ser otorgada la prórroga será en las mismas
condiciones y de acuerdo al marco normativo de "Baitec 2013", Resolución
243/SSDE/2012 y normativa reglamentaria y complementaria.
Artículo 8°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Notifíquese a todas las entidades concursantes. Cumplido, prosígase el
trámite por esta Subsecretaría. Avogadro
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4433