RESOLUCIÓN 393 2014 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
ENCOMIENDA A LA UNIDAD DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA AGC - IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA INFORMÁTICO - REGISTRO DE MANIPULADORES DE ALIMENTOS DE LA CIUDAD - DECRETO 782-01 - CÓDIGO DE RESPUESTA RÁPIDA- CÓDIGO QR - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
Publicación:
15/07/2014
Sanción:
01/07/2014
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
VISTO:
MODIFICATORIAS, EL EXPEDIENTE ELECTRONICO N° 07241256/MGEYA/AGC/14,
Y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 782/GCBA/01 se estableció la obligatoriedad para las
empresas que desarrollen sus actividades en el ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires de efectuar la capacitación del personal involucrado en la manipulación
de alimentos mediante cursos a dictarse a esos fines, creando en tal sentido, un
sistema de registro de los Capacitadores de Manipuladores de Alimentos y el Registro
de Manipuladores de Alimentos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la referida norma estableció que la Dirección General de Higiene y Seguridad
Alimentaria tiene como misión coordinar y administrar el sistema de registro de los
Capacitadores de Manipuladores de Alimentos y el Registro de Manipuladores de
Alimentos antes mencionados;
Que por la Ley N° 2.624, de fecha 13 de diciembre de 2007, se creó esta Agencia
Gubernamental de Control (AGC) como ente autárquico, dentro del ámbito del
Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que cuenta
con facultades de fiscalización y contralor de poder de policía, transfiriéndose entre
otras, las responsabilidades primarias, objetivos y acciones, presupuesto y recursos
humanos de la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria;
Que por las Resoluciones N° 249/AGC/2014, N° 318/AGC/14 y N° 380/AGC/14, se
modificó la actual estructura orgánico funcional de la AGC aprobada por la Resolución
66/AGC/13 y modificatorias, disponiendo, entre otras cosas, disolver la Gerencia
Operativa Capacitación Alimentaria dependiente de la Dirección General de Higiene y
Seguridad Alimentaria, y creando la Gerencia Operativa Capacitación dependiente de
la Unidad de Coordinación Administrativa;
Que entre las funciones encomendadas a la referida Gerencia Operativa Capacitación,
conforme las Resoluciones mencionadas, se encuentran la de proyectar, proponer y
coordinar el curso de "Manipuladores de Alimentos" y la de coordinar y administrar el
Registro de Manipuladores de Alimentos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que mediante la Ley N° 3004 se estableció el Plan de Modernización de la
Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos a fin de implementar un
proceso de modernización administrativa, relacionado con la digitalización de los
procesos administrativos, planteando como objetivo "Desarrollar los sistemas
informáticos y proponer y/o adecuar la normativa correspondiente para la digitalización
de los procesos administrativos a los fines de facilitar la gestión, el acceso y la
perdurabilidad de la información y la reducción de los plazos en las tramitaciones";
Que en tal sentido, resulta propicio aportar celeridad y transparencia al trámite
administrativo relativo a la inscripción en el Registro de Manipuladores de Alimentos
de la Ciudad, a través del uso de una herramienta informática mediante la cual se
contemplen las distintas etapas que deben cumplirse para obtener la inscripción
culminando con la expedición del Certificado de Acreditación de Inscripción, el cual
deberá contener un "Código de respuesta rápida" o "Código QR";
Que resulta necesario delegar en la Unidad de Coordinación Administrativa el dictado
de la reglamentación y los instructivos que resulten necesarios para la mejor
implementación de lo dispuesto en la presente;
Que deviene pertinente encomendar a la Dirección General de Higiene y Seguridad
Alimentaria, a que remita a la Unidad de Coordinación Administrativa toda la
documentación y registros informáticos relativa al Registro de Manipuladores de
Alimentos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en tal orden, resulta pertinente encomendar a la Unidad de Sistemas Informáticos
y Procesos de esta AGC al desarrollo, mantenimiento y actualización de un Sistema
Integrado de Gestión de Manipuladores de Alimentos (SIGMA), que garantice su
accesibilidad y consulta;
Que en virtud de lo expuesto, resulta conducente dictar el acto administrativo que
ordene la implementación del referido sistema;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y
Técnica ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 12 inciso e) de la Ley N°
2.624,
Artículo 1.- Encomiéndase a la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC la
implementación de un sistema informático a los fines de administrar la gestión del
Registro de Manipuladores de Alimentos de la Ciudad de Buenos Aires creado por el
Decreto N° 782/01.
Articulo 2.- Establécese que los certificados de inscripción en el Registro de
Manipuladores de Alimentos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires serán
generados mediante el sistema informático previsto en el articulo 1 y deberán contener
un "Código de respuesta rápida" o "Código QR".
Artículo 3.- Delégase en la Unidad de Coordinación Administrativa el dictado de la
reglamentación y los instructivos que resultaren necesarios para la mejor
implementación de lo resuelto en la presente.
Artículo 4.- Encomiéndase a la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria
a que remita a la Unidad de Coordinación Administrativa toda la documentación y
registros informáticos, relativos al Registro de Manipuladores de Alimentos del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 5.- Encomiéndase a la Unidad de Sistemas Informáticos y Procesos el
desarrollo, mantenimiento y actualización de un Sistema Integrado de Gestión de
Manipuladores de Alimentos (SIGMA), que garantice su accesibilidad y consulta.
Artículo 6.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y comuníquese a las Gerencias Operativas Mesa de Ayuda y Atención al
Público y Mesa de Entradas y a todas las Direcciones Generales y Unidades de esta
AGC. Cumplido, archívese. Gómez Centurión