RESOLUCIÓN 18 2014 VICEJEFATURA DE GOBIERNO
Síntesis:
CREACIÓN DE PROGRAMAS - CREA EL PROGRAMA MI ESCUELA SALUDABLE EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SALUDABLE - SECRETARÍA DE DESARROLLO CIUDADANO - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - APRUEBA OBJETIVOS Y FUNCIONES - PROMOCIÓN DE HÁBITOS DE ALIMENTACIÓN Y ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES - NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EDAD ESCOLAR - ARTICULACIÓN - MINISTERIOS DE SALUD Y EDUCACIÓN -
Publicación:
16/07/2014
Sanción:
11/07/2014
Organismo:
VICEJEFATURA DE GOBIERNO
VISTO:
Las Leyes N° 3704 y N° 4013, los Decretos Nros. 660/11 y su modificatorio 228/12, y
el Expediente N° 8222296/2014, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 20
garantiza el derecho a la salud integral la cual está directamente vinculada con la
satisfacción de necesidades de alimentación, vivienda, trabajo, educación, vestido,
cultura y ambiente, promoviendo asimismo la práctica del deporte y las actividades
físicas, procurando la equiparación de oportunidades, en su artículo 33;
Que la Ley N° 3.704, tiene por objeto promover la alimentación saludable variada y
segura de los niños, niñas y adolescentes en edad escolar a través de políticas de
promoción y prevención;
Que mediante Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 660/11, se estableció la estructura orgánico funcional del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Decreto N° 228/12 se modificó la estructura organizativa de la
Vicejefatura de Gobierno, contemplándose entre las responsabilidades primarias de la
Secretaría de Desarrollo Ciudadano la de coordinar con la Secretaría de Gestión
Comunal y Atención Ciudadana, el establecimiento de las prioridades en las políticas
de desarrollo ciudadano, según las características propias de cada Comuna;
Que asimismo, la mentada Secretaría tiene como responsabilidad primaria, planificar
programas, proyectos y actividades transversales que involucren la calidad de vida y el
desarrollo ciudadano de los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en
forma conjunta con las áreas correspondientes;
Que resulta conveniente ampliar la adopción de políticas destinadas a brindar una
mejor calidad de vida y a fomentar una vida saludable a fin de prevenir las
enfermedades no transmisibles y factores de riesgos modificables asociadas a ellas
desde la edad escolar de los niños, niñas y adolescentes;
Que se observa la necesidad de implementar el presente programa con el objeto de
mejorar los hábitos alimentarios, de actividad física e higiene de los niños que asisten
a escuelas públicas de nivel inicial y primario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
resultando oportuno impulsar dichas políticas y actividades a través de la
implementación del Programa "Mi Escuela Saludable".
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Créase el Programa "Mi Escuela Saludable" en el ámbito de la Dirección
General de Desarrollo Saludable dependiente de la Secretaría de Desarrollo
Ciudadano, cuyo funcionamiento se ajustará a los lineamientos que se detallan en el
Anexo I (IF-2014-08498799-SECDC), que a todos sus efectos forma parte integrante
de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Facultase al Director General de Desarrollo Saludable a dictar las normas
reglamentarias, interpretativas y modificatorias, como así también dictar todo acto
administrativo que fueran necesarios para la implementación y funcionamiento del
Programa aprobado por el artículo 1°.
Artículo 3°.- El gasto que demande la implementación del presente programa se
imputará a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Ministerio de Salud, Ministerio de Educación y para su conocimiento y
demás efectos, remítase a la Dirección General de Desarrollo Saludable. Cumplido
archívese. Vidal
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4438