DECRETO 297 2014

Síntesis:

CREACIÓN -  PLANTAS ORGÁNICO FUNCIONALES - ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES PARA PERSONAS MAYORES - HOGARES DE ANCIANOS - ALEJANDRO RAIMONDI - GUILLERMO RAWSON - MARTÍN RODRÍGUEZ-VIAMONTE Y SAN MARTÍN - GERENCIA OPERATIVA DE HOGARES DE RESIDENCIA PERMANENTE DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN Y SERVICIOS - SUBSECRETARÍA DE TERCERA EDAD - SE DELEGA EN LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL PREVIA INTERVENCIÓN DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN - FACULTAD DE CONVOCAR CONCURSOS PÚBLICOS ABIERTOS - COBERTURA DE CARGOS DE PLANTA PERMANENTE - DESIGNAR A QUIENES RESULTAREN SELECCIONADOS EN PROCESOS DE SELECCIÓN - DICTADO DE NORMAS

Publicación:

21/07/2014

Sanción:

18/07/2014

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VER TEXTO ACTUALIZADO

VISTO:

La Ordenanza N° 34.421, las Leyes Nros. 471, 661, 3.996 y 4.013, los Decretos Nros.

423/12 y 226/13, y el Expediente N° 3301644/MGEYA-DGTALMDS/14, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires en su artículo 41 establece que la

Ciudad garantiza a las personas mayores la igualdad de oportunidades y trato y el

pleno goce de sus derechos, como así vela por su protección y por su integración

económica y sociocultural, y promueve la potencialidad de sus habilidades y

experiencias;

Que para ello se desarrollan políticas sociales que atienden esas necesidades

específicas y elevan la calidad de vida de las personas, las ampara frente a

situaciones de desprotección y brinda adecuado apoyo al grupo familiar para su

cuidado, protección, seguridad y subsistencia, promoviendo alternativas a la

institucionalización;

Que la Ley N° 661 regula la actividad de los Establecimientos Residenciales y otros

servicios de atención gerontológica que brindan prestaciones en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos del artículo citado de la

Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;

Que conforme el artículo 4° de la Ley citada, modificado por la Ley N° 3.996, "La

autoridad de aplicación de la presente Ley será la Agencia Gubernamental de Control

de la Ciudad de Buenos Aires con asistencia, en incumbencias propias por materia, de

los Ministerios de Desarrollo Social y de Salud del Gobierno de la Ciudad

respectivamente";

Que el artículo 8° de la Ley referida ut supra modificó el Código de Habilitaciones y

Verificaciones, aprobado por Ordenanza N° 34.421 y modificatorias, detallando el

personal que presta servicios en los mentados establecimientos residenciales;

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus

dependencias una de las acciones centrales para la consecución de los objetivos

antes mencionados;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado hacia un desarrollo

operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, modernización

de procesos y mecanismos administrativos, así como la creación y el establecimiento

de nuevas plantas orgánico funcionales;

Que la Dirección General Promoción y Servicios dependiente de la Subsecretaría de

Tercera Edad del Ministerio de Desarrollo Social, conforme el Decreto N° 423/12, tiene

entre sus responsabilidades primarias el "Administrar los establecimientos de Hogares

de Residencia Permanente (...) para adultos mayores del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires";

Que en virtud de la Ley N° 4.013, corresponde al Ministerio de Modernización el

diseño e implementación de políticas de gestión y administración de los recursos

humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en pos de lograr mayor eficiencia en la proyección operativa de los servicios

brindados en los establecimientos residenciales para personas mayores, los

Ministerios de Desarrollo Social y de Modernización solicitan la creación de las Plantas

Orgánico Funcionales de los Hogares de Ancianos "Dr. Alejandro Raimondi", Hogar de

Ancianos "Guillermo Rawson", Hogar de Ancianos "Martín Rodríguez - Viamonte", y

Hogar de Ancianos "San Martín", dependientes de la Gerencia Operativa de Hogares

de Residencia Permanente de la Dirección General de Promoción y Servicios de la

Subsecretaría de Tercera Edad del Ministerio de Desarrollo Social;

Que a los fines de determinar las Plantas Orgánico Funcionales de los mencionados

establecimientos, la Dirección General Capital Humano dependiente de la

Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, ha

tomado la debida intervención, efectuando la correspondiente evaluación de las

necesidades de dotación, en razón de las responsabilidades primarias otorgadas

mediante Decreto N° 226/13;

Que la Agencia Gubernamental de Control ha tomado la intervención que le compete;

Que el artículo 6° de la Ley N° 471 determina que el ingreso de personal a la

Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires "se formaliza

mediante acto administrativo emanado de autoridad competente, previo concurso

público abierto de conformidad con las pautas que se establezcan por vía

reglamentaria";

Que en virtud de lo expuesto la cobertura definitiva de los distintos cargos de las

referidas Plantas Orgánico Funcionales, se efectuará por concurso público abierto;

Que en este sentido se propicia delegar en la señora Ministra de Desarrollo Social,

previa intervención del Ministerio de Modernización, la facultad de convocar los

mentados concursos y a designar a quienes resulten seleccionados en el referido

proceso de selección;

Que asimismo, resulta conveniente delegar conjuntamente en la señora Ministra de

Desarrollo Social y en el señor Ministro de Modernización, la facultad de dictar normas

aclaratorias, instrumentales, interpretativas y/o complementarias del presente, a los

efectos de implementar los concursos públicos abiertos para la cobertura definitiva

titular de los cargos que se detallan en los Anexos I, II, III y IV del presente Decreto.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Créanse las Plantas Orgánico Funcionales de los establecimientos

residenciales para personas mayores Hogar de Ancianos "Dr. Alejandro Raimondi";

Hogar de Ancianos "Guillermo Rawson"; Hogar de Ancianos "Martín Rodríguez-

Viamonte"; y Hogar de Ancianos "San Martín, dependientes de la Gerencia Operativa

de Hogares de Residencia Permanente de la Dirección General de Promoción y

Servicios de la Subsecretaría de Tercera Edad del Ministerio de Desarrollo Social

conforme se detalla en los Anexos I, II, III y IV, respectivamente, que como IF-

006900439-DGTALMDS-2014, forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Delégase en la señora Ministra de Desarrollo Social, previa intervención

del Ministerio de Modernización, la facultad de convocar los concursos públicos

abiertos para la cobertura de los cargos de planta permanente que se detallan en los

Anexos I, II, III y IV del presente Decreto.

Artículo 3°.- Delégase en la señora Ministra de Desarrollo Social, previa intervención

del Ministerio de Modernización, la facultad de designar a quienes resultaren

seleccionados en los procesos de selección.

Artículo 4°.- Delégase en la señora Ministra de Desarrollo Social y en el señor Ministro

de Modernización, en forma conjunta, la facultad de dictar normas aclaratorias,

instrumentales, interpretativas y/o complementarias, a los efectos de implementar los

concursos públicos abiertos para la cobertura definitiva titular de los cargos que se

detallan en los Anexos I, II, III y IV del presente Decreto.

Artículo 5°.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto

dependiente del Ministerio de Hacienda arbitrará las medidas presupuestarias

pertinentes a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Desarrollo

Social, el señor Ministro de Modernización y por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 7°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto

del Ministerio de Hacienda, al Ministerio de Modernización, a la Agencia

Gubernamental de Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al

Ministerio de Desarrollo Social. Cumplido, archívese. MACRI - Stanley - Ibarra -

Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4441

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1345-MEF-MDHYH-18 establece forma de determinación por agrupamiento y tramo, de los cargos asignados por la Planta Orgánico Funcional creada por Decreto 297-14, a las Subgerencias Operativas Hogar de Ancianos Dr Alejandro Raimondi; Guillermo Rawson, Martín Rodríguez-Viamonte, San Martín, dependientes de la Dirección General Dependencias y Atención Primaria, de la Secretaría de Integración Social para Personas Mayores, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 201-19 deja sin efecto los Arts. 2, 3 y 4 del Decreto 297-14.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 2369-MHGC-MHYDHGC-17 aprueba el procedimiento de selección para la cobertura de puestos vacantes en las Plantas Orgánico Funcionales de los Establecimientos Residenciales para Personas Mayores, creadas por Decreto 297-14.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 646-MDS-15 llama a Concurso, según lo previsto por Art. 2 y Anexos I, II, III y IV del Decreto 297-14.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 645-MDS-15 llama a Concurso, según lo previsto por Art. 2 y Anexos I, II, III y IV del Decreto 297-14.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 751-MDS-15 llama a Concurso, según lo previsto por Art. 2 y Anexos del Decreto 297-14.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 755-MDS-15 llama a Concurso, según lo previsto por Art. 2 y Anexos del Decreto 297-14.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1685-MMGC-MDSGC-14, aprueba el procedimiento de concursos públicos y abiertos para la selección de los postulantes para cubrir los cargos de las Plantas Orgánico Funcionales de los establecimientos residenciales para personas mayores, Hogar de Ancianos Dr Alejandro Raimondi, Hogar de Ancianos Guillermo Rawson, Hogar de Ancianos Martín Rodríguez- Viamonte, y Hogar de Ancianos San Martín según lo previsto por Art. 4 del Decreto 297-14.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución 865-MHYDHGC-18 llama a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para la<br />cobertura de treinta (30) vacantes del puesto de Enfermero para los Hogares de Residencia Permanente para Adultos Mayores San Martín y Martín Rodríguez - Viamonte, en el marco de lo establecido en el Decreto 297-14.</p>