DECRETO 7372 1949
Síntesis:
AUTORÍZA LA INHUMACIÓN EN NICHO YA OCUPADO DE CADÁVER DE MENORES HASTA TRES AÑOS DE EDAD - DERECHO DE INHUMACIÓN
Publicación:
11/07/1949
Sanción:
02/07/1949
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
Artículo 1 ° - Autorízase la inhumación en nicho ya
ocupado, de cadáver de menores hasta tres (3) años de edad, siempre que su
capacidad lo permita, previo pago del derecho de inhumación correspondiente.
Art. 2° - Autorízase, asimismo, la inhumación en sepulÃÂtura
ya ocupada, de cadáver de menores hasta tres (3) años de edad, siempre que el
mismo no se encuentre contenido en caja metálica y que el tiempo que aún falte
para el vencimiento del arrendamiento de la sepultura, no sea inferior a tres
(3) años (período de reducción para dichos menores), previo pago del derecho de
inhumación respectivo.
Art. 3° - En ambos casos, los menores a inhumarse deberán
tener con el fallecido que ocupa el nicho o sepultura a que se los destina o
con el arrendatario de los mismos, una relación de parentesco dentro del sexto
grado de consanguinidad o terceros por afinidad.