RESOLUCIÓN 58 2014 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Síntesis:
APRUEBA INFORME - AUDIENCIA PÚBLICA - TRATAMIENTO MODIFICACIÓN CUADRO TARIFARIO - CONCESIÓN OBRA PÚBLICA - RED DE AUTOPISTAS Y VÍAS INTERCONECTADAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y PUENTES DE CONEXIÓN FÍSICA CON LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Publicación:
06/08/2014
Sanción:
18/07/2014
Organismo:
F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
VISTO:
el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Ley N° 6 y sus
modificatorias, el Acta de Directorio N° 575 del 16 de julio 2014, el Expediente N°
2332/EURSPCABA/2014
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó al
Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y
legitimación procesal;
Que, el Ente ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios
públicos, cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central o
descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de los
usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la
observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, el Art. 2° inc. e) de la Ley N° 210 entiende como servicio público a los efectos de
su aplicación al servicio de conservación y mantenimiento vial por peaje;
Que, mediante el Decreto N° 204/GCBA/2014, el Jefe de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires dispuso el llamado a Audiencia Pública para dar
tratamiento a la modificación del cuadro tarifario de peaje;
Que, la Audiencia Pública fue celebrada el 7 de julio de 2014 en el Centro Cultural
Adán Buenosayres sito en Asamblea 1200 de esta Ciudad, a las 11.00 hs.; Que, la
audiencia pública se llevó a cabo en el marco de lo previsto por la Ley N° 6 y en la
misma sus expositores expresaron su postura respecto a la modificación del cuadro
tarifario de peaje;
Que, en su reunión ordinaria del 16 de julio de 2014 el Directorio dispuso aprobar el
informe referido a la Audiencia Pública en cuestión.
Que, la Asesoría Legal tomó la intervención de su competencia.
Por ello,
Artículo 1°.- Apruébese el informe sobre la Audiencia Pública celebrada el 7 de julio de
2014, respecto al "Tratamiento de la Modificación del Cuadro Tarifario de Peaje" que
como Anexo forma parte de la presente.
Artículo 2°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a las Gerencias de Usuarios, de Proyectos y de Control y a la Asesoría
Legal. Cumplido, archívese. Michielotto - Barrera - Goldsack - Lauría - Raffo
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4453