DECRETO 320 2014
Síntesis:
MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - CREACIÓN - CREA LA DIRECCIÓN GENERAL POLÍTICAS DE SEGURIDAD CIUDADANA - EN LA SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA - APRUEBA - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - ACCIONES - RÉGIMEN GERENCIAL - CREACIÓN - GERENCIAS OPERATIVAS - IMPLEMENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE POLÍTICAS DE SEGURIDAD CIUDADANA - DISEÑO DE POLÍTICAS DE SEGURIDAD CIUDADANA
Publicación:
07/08/2014
Sanción:
05/08/2014
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley Nro. 4.013, los Decretos Nros. 684/09, 660/11 y modificatorios, el Expediente
N° 4.232.355/DGTALMJYS/14, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de los objetivos antes
mencionados;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por Decreto N° 684/09 se reglamentó el Régimen Gerencial para los cargos más
altos de la Administración Pública previstos en el artículo 34 de la Ley N° 471;
Que por la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al
Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel Dirección General,
modificándose parcialmente la estructura del Ministerio de Justicia y Seguridad
mediante el Decreto Nro. 396/12;
Que para ello el precitado Ministerio propicia la creación de una Dirección General, en
la órbita de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, que elabore y planifique las
políticas y estrategias de seguridad pública, propicie proyectos de convenios con
fuerzas de seguridad nacionales, provinciales y extranjeras, y asista a la mencionada
Subsecretaría en la coordinación de la elaboración anual del Plan General de
Seguridad Pública, entre otras responsabilidades primarias;
Que por las razones manifestadas anteriormente resulta pertinente crear la Dirección
General Políticas de Seguridad Ciudadana, en la órbita de la Subsecretaría de
Seguridad Ciudadana dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que como resultado de la creación de la instancia mencionada precedentemente y en
base a las competencias a su cargo corresponde crear la Gerencia Operativa
Implementación y Evaluación de Políticas de Seguridad Ciudadana y la Gerencia
Operativa Diseño de Políticas de Seguridad Ciudadana en el orbita de la citada
Dirección General;
Que en ese sentido corresponde suprimir la Gerencia Operativa Políticas de Seguridad
Ciudadana y transferir la Subgerencia Operativa de Planeamiento Estratégico al
ámbito de la Gerencia Operativa Diseño de Políticas de Seguridad Ciudadana;
Que en virtud de lo expuesto corresponde modificar parcialmente los términos del
Decreto N° 660/11.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de
Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada
por Decreto N° 660/11, de conformidad con lo establecido en los Anexo I
(Organigrama) -IF-2014-05939458-MJYSGC- y Anexo II (Responsabilidades
Primarias, Acciones y Objetivos) -IF-2014-09159254-MJYSGC-, los que a todos sus
efectos forman parte integrante del presente.
Artículo 2°.- Créase la Dirección General Políticas de Seguridad Ciudadana, en la
órbita de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana dependiente del Ministerio de
Justicia y Seguridad.
Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Justicia y
Seguridad y de Modernización, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto
del Ministerio de Hacienda, y Capital Humano del Ministerio de Modernización, y para
su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad.
Cumplido, archívese. MACRI - Montenegro - Ibarra - Rodríguez Larreta
ANEXO
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4454