RESOLUCIÓN 534 2014 SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA
Síntesis:
CONVOCA AL CONCURSO INCUBA X - PROGRAMA FOMENTO AL DESARROLLO DE LAS PYMES PORTEÑAS - APRUEBA BASES Y CONDICIONES - FORMULARIO DEL EMPRENDIMIENTO - DECLARACIÓN JURADA DE ANTIGÜEDAD DEL EMPRENDEDOR Y SU EQUIPO - DECLARACIÓN JURADA - REGLAMENTO MARCO PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DE INCUBACIÓN DE PROYECTOS DE NEGOCIOS BASADOS EN DISEÑO CREATIVIDAD Y-O INNOVACIÓN - REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN - APLICATIVO PARA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS - MESA DE ENTRADAS - DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRENDEDORES - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - CENTRO METROPOLITANO DE DISEÑO - SUBSECRETARIA DE ECONOMÍA CREATIVA - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
Publicación:
21/08/2014
Sanción:
11/08/2014
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA
VISTO:
Los Decretos Nros. 2/GCABA/10; 660/2011; 78/14; la Resolución
Nro.425/GCABA/MDEGC/2012; los Informes IF-2014-11412702-SSECRE; IF-2014-
11412962-SSECRE; IF-2014-11413299-SSECRE; IF-2014-11414057-SSECRE; IF-
2014-11414344-SSECRE; IF-2014- 11414697-SSECRE; y el Expediente Electrónico
Nro 2014-08796437-SSECRE; y
CONSIDERANDO:
Que por medio del Decreto N° 78/2014 se modificó la denominación de la
Subsecretaría de Desarrollo Económico por Subsecretaría de Economía Creativa,
modificándose, asimismo, la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo
Económico, determinándose que la Subsecretaría, tiene entre sus
responsabilidades primarias entender en los planes, programas y proyectos dirigidos
a promover empresas y emprendedores en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el mismo Decreto mencionado en el párrafo anterior, transfirió la Dirección
General de Industrias Creativas a la órbita de Subsecretaría de Economía Creativa;
Que a través del Decreto N° 2/10 se creó en el ámbito del Ministerio de Desarrollo
Económico el Concurso IncuBA; con el objetivo de generar, incentivar y fortalecer la
creación y el desarrollo de proyectos relacionados con el diseño y la creatividad,
determinándose por el 4° que el Ministerio de Desarrollo Económico sería quien
designaría a la Autoridad de aplicación en atención a su estructura orgánico -funcional,
aprobando los pliegos de Bases y Condiciones que establezcan las condiciones,
etapas y procedimiento del Concurso;
Que por la Resolución N°425/MDEGC/2012, se designó a esta Subsecretaría,
actualmente de Economía Creativa dependiente del Ministerio de Desarrollo
Económico, como Autoridad de Aplicación del Concurso IncuBA;
Que, se han desarrollado diferentes ediciones del concurso "INCUBA";
Que de conformidad con lo establecido en la ley 1218, la Procuración General de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
Artículo 1°.- Convócase al concurso "INCUBA X", en el marco del Programa "Fomento
al Desarrollo de las Pymes Porteñas", creado por Decreto N° 2/GCABA/10 y por la
Resolución N° 425/MDE/2012.
Artículo 2°- Apruébanse las bases y condiciones del presente concurso que se
identifican como, Anexo I "Bases y Condiciones" IF-2014-11412702-SSECRE; Anexo
II "Formulario Del Emprendimiento" IF-2014-11412962-SSECRE; Anexo III-
"Declaración Jurada de Antigüedad del Emprendedor y su Equipo" IF-2014-11413299-
SSECRE; Anexo IV "Declaración Jurada" IF-2014-11414057-SSECRE; Anexo V
"Reglamento marco para el desarrollo del proceso de incubación de proyectos de
negocios basados en diseño, creatividad y/o innovación, en el marco del programa
"INCUBA X"" IF-2014-11414344-SSECRE; Anexos VI "Acta Acuerdo Emprendedor-
SSECRE- DGINC" IF-2014-11414697-SSECRE, los que se adjuntan como parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Establécese que podrán participar de este Concurso proyectos en etapa
de idea Proyecto y aquellos que se encuentren en marcha, cuya antigüedad no podrá
superar los TRES (3) años al momento del cierre del plazo para la presentación de los
proyectos. Los proyectos que se presenten deberán tener por objetivo la creación,
puesta en marcha o despegue de un negocio basado en el diseño, creatividad y/o
innovación en el ámbito de la C.A.B.A, y cumplir con los siguientes perfiles estipulados
en el Anexo I de las presentes Bases y Condiciones.
Artículo 4°.-.Establécese que todas las presentaciones de los proyectos Basados en el
Diseño, la Creatividad y/o la Innovación deberán realizarse a través del aplicativo para
presentación de proyectos online http://www.buenosaires.gob.ar/incuba ingresando a
la sección correspondiente al programa, de acuerdo a lo estipulado en la presente
resolución, a partir del día viernes 15 del mes de Agosto de 2014 al Viernes 12 de
Septiembre de 2014.
Artículo 5° Establécese que las presentaciones que deban realizarse, de acuerdo a la
metodología del concurso, deberán realizarse ante la Mesa de Entradas en la
Dirección General de Emprendedores, sita en Algarrobo 1041 de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires en el horario de 11 a 15 hs.
Artículo 6°.- Los proyectos que sean aprobados serán incubados temporalmente en las
instalaciones de INCUBA, la Incubadora de proyectos basados en el diseño, la
creatividad y/o la innovación sitas en el Centro Metropolitano de Diseño dependiente
de la Subsecretaria de Economía Creativa del Ministerio de Desarrollo Económico del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 7°.- Determínese que serán seleccionados hasta (18) proyectos para ser
incubados en el marco del presente concurso, que de acuerdo a la naturaleza del
proyecto, la Autoridad de Aplicación de manera conjunta con la Dirección General de
Industrias Creativas, establecerán si el espacio físico asignado a los proyectos, será
de uso exclusivo o compartido.
Artículo 8°.- Determínase que esta Subsecretaría de Economía Creativa en su carácter
de Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo:
a) Aprobar o rechazar cada propuesta presentada por las entidades concursantes de
acuerdo a la recomendación efectuada por la Autoridad de aplicación
b) Resolver cuestiones no previstas.
Articulo 9°- Desígnase a la Dirección General Emprendedores, dependiente de la
Subsecretaría de Economía Creativa, como Unidad Ejecutora. Establécese que la
Unidad Ejecutora tendrá a su cargo:
a) Verificar el cumplimiento de objetivos del Concurso y del Programa
b) Realizar un examen sobre la viabilidad de los proyectos y/o empresas presentados
c) Rechazar aquellos proyectos y/o empresas que desarrollen una actividad que no
cumpla con los objetivos y condiciones establecidos en las Bases y Condiciones.
d) Ejercer el control sobre el cumplimiento de las obligaciones que los Incubados
asuman en las actas acuerdo.
e) Informar a la Autoridad de Aplicación sobre el seguimiento del concurso y del
programa, conforme las Bases y Condiciones que como Anexo I forman parte de esta
Resolución, como asimismo de todos los Anexos.
j) Monitorear la actividad de los proyectos que resulten seleccionados.
Artículo 10°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y pase para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General
Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección
General de Industrias Creativas, a la Unidad de Auditoría Interna, a la Dirección
General de Contaduría General y a la Dirección General de Tesorería. Cumplido,
archívese. Avogadro
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4463