DECRETO 337 2014

Síntesis:

RECTIFICA EL ARTÍCULO 1 DEL DECRETO 589-11 - TRANSFIERE A LA CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR SE LA PROPIEDAD FIDUCIARIA DE INMUEBLE DE DOMINIO PRIVADO - PROGRAMA PROSUR HÁBITAT  - BARRIO LOS PILETONES

Publicación:

22/08/2014

Sanción:

15/08/2014

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 470, los Decretos Nros. 2.021/01 y 589/11, el Expediente N° 2.603.592/13 y

sus incorporados Expedientes Nros. 1.552.058/09 y 2.311.526/12, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° del Decreto N° 589/11, se resolvió transferir a la

Corporación Buenos Aires Sur S.E. la propiedad fiduciaria del inmueble del dominio

privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sito en la calle José Barros Pazos N°

3.727, entre las calles Héctor J. Cámpora y Avenida Castañares sin número,

Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 56, Manzana 55C, Parcela 2;

Que, la Dirección General de Obras y Catastro de la Secretaría de Planeamiento del

Ministerio de Desarrollo Urbano aprobó el Plano de Mensura Particular con

Fraccionamiento y Cesión de Calles del inmueble mencionado;

Que, en virtud del deslinde realizado por el organismo citado precedentemente, la

Corporación Buenos Aires Sur S.E solicitó a la Dirección General de Administración de

Bienes del Ministerio de Desarrollo Económico la transferencia sólo de las manzanas

afectadas al Programa PROSUR Hábitat y aquellas donde se emplaza el Barrio Los

Piletones, y no de la totalidad de las mismas;

Que en atención a ello, resulta procedente que la transferencia a la Corporación

Buenos Aires Sur S.E. de la propiedad fiduciaria del inmueble de dominio privado de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires sito entre las calles José Barros Pazos, la

Autopista (AU7) denominada Dr. Héctor J. Cámpora, el Lago Regulador Soldati y el

entubamiento del Arroyo Cildáñez, identificado bajo la Nomenclatura Catastral:

Circunscripción 1, Sección 56, sólo se circunscriba a las Manzanas: 55D, 55E, 55F,

55G, 55J, 55K, 55L, 55M, 55Q, 55R, 55T, 55U y 55V, conforme el Plano M-14-2011;

Que al respecto, la Dirección General de Escribanía General dependiente de la

Secretaría Legal y Técnica, tomo intervención en el ámbito de sus competencias

dejando constancia que no existe óbice para el dictado del acto admimistrativo;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención que le compete, en virtud de lo establecido por la Ley N° 1.218;

Que en consecuencia, procede el dictado del presente acto administrativo por el cual

se rectifica el artículo 1° del Decreto N° 589/11.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Rectifícase el Artículo 1° del Decreto N° 589/11, el que quedará redactado

de la siguiente manera:

"Artículo 1°.- Transfiérase a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. la propiedad

fiduciaria del inmueble de dominio privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sito entre las calles José Barros Pazos, la Autopista (AU7) denominada Dr. Héctor J.

Cámpora, el Lago Regulador Soldati y el entubamiento del Arroyo Cildáñez,

identificado bajo la Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 56,

circunscribiéndose a las siguientes Manzanas: 55D, 55E, 55F, 55G, 55J, 55K, 55L,

55M, 55Q, 55R, 55T, 55U y 55V, conforme el Plano M-14-2011, aprobado por la

Dirección General de Obras y Catastro de la Secretaría de Planeamiento del Ministerio

de Desarrollo Urbano; permaneciendo en el patrimonio de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires las Manzanas: 55H, 55N, 55P, 55S y 55W."

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo

Económico y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. y a la Dirección General

Administración de Bienes, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y, para

su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Escribanía General.

Cumplido, archívese. MACRI - Cabrera - Rodríguez Larreta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Artículo 1 del Decreto 337-14, rectifica el Artículo 1 del Decreto 589-11.