LEY 5032 2014

Síntesis:

MODIFICA EL ARTÍCULO 4 DE LA LEY 4480 - TRANSPARENCIA EN LA ASIGNACIÓN DE VIVIENDAS - INSTITUTO DE LA VIVIENDA

Publicación:

25/08/2014

Sanción:

17/07/2014

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

12/08/2014


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Modificase el Artículo 4° de la Ley 4480, el que quedará redactado de la

siguiente manera:

Art. 4°- A los fines de garantizar la transparente asignación de las viviendas, el Instituto

de la Vivienda de la Ciudad procederá en un plazo perentorio a censar a las familias

que actualmente habitan en dicho inmubele e incorporar a las que habitan en el predio

lindero sito en Av. Boedo 1967/1971 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 38, Manzana 209, Parcela 32,

detalladas en el anexo I de la presente ley.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 13 de agosto de 2014

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5032 (E.E. N° 9159943-MGEYA-DGALE-

2014), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su

sesión del día 17 de julio de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día 12

de agosto de 2014.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al

Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4465

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Artículo 1 de la Ley 5032, modifica el artículo 4 de la Ley 4480.