DISPOSICIÓN 895 2014 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Síntesis:

APRUEBA FORMULARIO - SOLICITUD ETAPA DE VERIFICACIONES ESPECIALES 1 2 Y 3 - GERENCIA OPERATIVA DE VERIFICACIONES ESPECIALES - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO INTERNO - OBLIGATORIO Y DE ALCANCE GENERAL A LOS DIRECTORES DE OBRA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - AGC - DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Publicación:

10/09/2014

Sanción:

05/09/2014

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Estado:

No vigente


VISTO:

EL DECRETO N° 271/GCABA/14, LA RESOLUCIÓN 66/AGC/13 y modificatorias, LA

RESOLUCIÓN N° 527/AGC/14, EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 12799320/2014 Y;

CONSIDERANDO:

Que en el marco del Decreto 271/GCABA/2014 se estableció que el sistema de

verificaciones especiales será llevado a cabo por la Agencia Gubernamental de Control;

Que el Anexo I del citado Decreto establece los lineamientos sobre los cuales las

distintas áreas deberán desarrollar las verificaciones especiales y las etapas en que

las mismas deben ser solicitadas;

Que, asimismo, por Resolución 527/AGC/2014 se ha creado en el ámbito de esta

Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, la Gerencia Operativa de

Verificaciones Especiales;

Que en relación a la solicitud de las verificaciones especiales de obra, resulta

necesario implementar el formulario para la solicitud de verificaciones especiales N° 1,

2 y 3 (ANEXO I) de carácter obligatorio y de alcance general a los Directores de Obra;

Que dicho formulario deberá ser presentado obligatoriamente por el Propietario y/o

Profesional Director de Obra y/o Apoderado, ante esta Dirección General de

Fiscalización y Control de Obras sita en la calle Tte. Gral. Juan Domingo Perón N°

2941 de esta Ciudad, en original y copia;

Que en tal sentido, esta Dirección General establece mediante el Anexo I de la presente,

el referido formulario para la solicitud de verificaciones especiales N°1; 2 y 3 y el plazo en

el que las mismas serán cumplimentadas por los Agentes Verificadores de Obra;

Que asimismo debe instruirse a la Gerencia Operativa de Verificaciones Especiales

para diseñar el circuito administrativo de programación de las verificaciones especiales

de obra una vez recibida la solicitud mediante presentación del formulario ante esta

Dirección General;

Por ello, y en uso de las facultades oportunamente conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACION Y CONTROL DE OBRAS

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébase el formulario para la solicitud de verificaciones especiales N°1,

2 y 3 detallado en el ANEXO I que acompaña a la presente.

Artículo 2°. - Instrúyase a la Gerencia Operativa de Verificaciones Especiales a fin de

que diseñe en procedimiento administrativo interno de programación de las

verificaciones especiales de obra.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y comuníquese a la Dirección Ejecutiva de la AGC, a la Dirección

General Legal y Técnica, a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro.

Notifíquese al Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo (CPAU) y al Consejo

de Ingeniería Civil (CPIC) Cumplido, archívese. Alonso


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4477

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 472-AGC-19 deja sin efecto a la Disposición 895-DGFYCO-14.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 169-DGFYCO-15 aprueba nuevos formularios para la solicitud de verificaciones especiales 1, 2 y 3, los cuales reemplazan a los aprobados mediante Disposición 895-DGFYCO-2014.</p>