RESOLUCIÓN 7196 2014 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 3925-MCGC-14 - APRUEBA PRECIO - NÚMERO ESPECIAL 118 Y 119 - REVISTA TEATRO - SE EXCEPTÚA A LA CITADA REVISTA DE LO NORMADO POR DISPOSICIÓN 80-DGCG-2009.
Publicación:
02/10/2014
Sanción:
29/09/2014
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO:
el Expediente N° 13.784.9003/2014, la Disposición 343-DGCG-04, 80-DGCG-09 y de
acuerdo a lo normado por la Ley N° 4013 (B.O.C.B.A. N° 3807), y
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados el Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires,
dejar sin efecto la Resolución 3925 -MCGC-2014, en la que se aprueba el precio del
número 118 de la Revista "TEATRO" toda vez que por razones presupuestarias no fue
posible en esa oportunidad la impresión de la misma, resolviéndose para sortear el
inconveniente, editar en un solo ejemplar los N° 118 y N° 119, teniendo en cuenta el
tiempo transcurrido;
Que, el Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires tramita la valorización del
número Especial 118 y 119 de la revista "Teatro", a fin de proceder a su venta;
Que, el Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires, solicita se exceptúe la
antedicha revista de los normado por Disposición 80-DGCG-09, ante la exigua
cantidad y los múltiples puntos de venta;
Que, en consecuencia, el Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires, tramita la
aprobación de los precios de un mil (1.000) ejemplares de la antedicha revista, en sus
distintas modalidades, mayorista, más de cinco (5) ejemplares, minorista y de cortesía;
Que, la citada Dirección General propone como precio mayorista de la revista Teatro,
la suma de PESOS VEINTE ($ 20,00) y minorista la suma de PESOS TREINTA Y
CINCO ($ 35,00);
Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por el Disposición N° 343-
DGCG-04, 80- DGCG-09 y lo normado por la Ley N° 4013 (B.O.C.B.A. N° 3807),
Artículo 1°.-Déjase sin efecto la Resolución 3925-MCGC-2014.
Artículo 2°.- Apruébase el precio, del número Especial 118 y 119 de la revista "Teatro",
de UN MIL (1.000) ejemplares, en sus modalidades, mayorista, más de cinco (5)
ejemplares, a PESOS VEINTE ($ 20,00) CIEN (100) ejemplares, y minorista a PESOS
TREINTA Y CINCO ($ 35,00) QUINIENTOS (500) ejemplares .
Artículo 3°.- Resérvese CUATROCIENTOS (400) ejemplares para obsequio de
cortesía.
Artículo 4°.-Exceptúense la antedicha revista de lo normado por Disposición 80-
DGCG/2009.
Artículo 5°.- Comuníquese a la Dirección General del Complejo Teatral de la Ciudad
de Buenos Aires, quién deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad
de Buenos Aires y en la Página Web del Gobierno de la Ciudad. Fecho, gírese a la
Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi