DECRETO 2053 1999
Síntesis:
APRUEBA EL ACTA DE INTENCIÓN SUSCRIPTA POR EL ENTONCES SEÑOR SECRETARIO DE INDUSTRIA COMERCIO TURISMO TRABAJO Y EL ENTE REGIONAL PARA LA VALORIZACIÓN ECONÓMICA DEL TERRITORIO DE LA EMILIA ROMAGNA - ERVET - A FIN DE IMPULSAR FORTALECER Y DESARROLLAR LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
Publicación:
03/11/1999
Sanción:
12/10/1999
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 13.153-99 y los Decretos Nros. 214-MCBA-95 y 81 GCBA-99, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente N° 13.153-99 tramita el Acta de Intención celebrada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representado por el entonces señor Secretario de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, Ing. Rafael Y. Kohanoff, y el Ente Regional para la Valorización Económica del Territorio de la Emilia Romagna (ERVET), a los efectos de realizar acciones de colaboración mutua tendientes a impulsar, fortalecer y desarrollar las Pequeñas y Medianas Empresas;
Que por el Decreto N° 214-MCBA-95 se instruye a los señores Secretarios del entonces Departamento Ejecutivo y órganos dependientes a abstenerse de celebrar convenios "ad referéndum" del entonces Intendente Municipal, salvo autorización expresa en contrario;
Que el Acta de referencia que conforma el Anexo I del presente fue celebrado con anterioridad al dictado del Decreto N° 81-GCBA-99;
Que el temperamento adoptado por el entonces Secretario de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo se efectuó en virtud de la convicción de impulsar con energía el sostenimiento y crecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas;
Que resulta pertinente que el señor Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires apruebe la celebración del Acta de Intención de referencia mediante el correspondiente acto administrativo;
Que asimismo, corresponde que el Acta en cuestión sea sometida a consideración de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, en virtud de lo dispuesto por el Art. 80, Inc. 8) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Art. 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1° Apruébase el Acta de Intención suscripta con fecha 9-3-99 entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representado por el entonces señor Secretario de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, Ingeniero Rafael Y. Kohanoff, y el Ente Regional para la Valorización Económica del Territorío de la Emilia Romagna (ERVET), y que en fotocopia debidamente certificada como Anexo I se acompaña y a todos los efectos forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2° Exceptúase el Acta de Intención aprobada en el artículo precedente de los términos del Decreto N° 214-MCBA-95.
Art. 3° De conformidad con lo establecido por el Art. 80 Inc. 8) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Acta de Intención suscripta será sometida a consideración de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 4° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Industria, Comercio y Trabajo y de Hacienda y Finanzas.
Art. 5° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase a las Secretarías de Industria, Comercio y Trabajo y de Hacienda y Finanzas.