RESOLUCIÓN 788 2002 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Síntesis:
AMPLIA CON CARÁCTER EXPERIMENTAL Y EVALUATIVO - SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN Y DE ESTACIONAMIENTO EN ARTERIAS - TRAMOS CALLES - ANCASTE DE AV. AMANCIO ALCORTA A ENRIQUE OCHOA - SERVET DE AV. AMANCIO ALCORTA A RIO CUARTO - RIO CUARTO: DE SERVET A PEPIRI - PERMISOS DE ESTACIONAMIENTO - ANCASTE ENTRE AV. AMANCIO ALCORTA Y ENRIQUE OCHOA PERMITIDO JUNTO A LA ACERA IZQUIERDA - SUR LOS PATOS: ENTRE ZAVALETA Y MONTEAGUDO - PROHIBIDO EN FORMA PERMANENTE JUNTO A LA ACERA SUR
Publicación:
04/11/2002
Sanción:
23/10/2002
Organismo:
SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Visto el Registro N° 403/CGP4/02, relacionado con la asignación de sentido único de circulación a la calle Ancaste entre Av. Amancio Alcorta y Enrique Ochoa, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a reuniones mantenidas entre la Dirección General de Tránsito y Transporte y el Centro de Gestión y Participación N° 4, se arribó a la conclusión de asignarle sentido único a la calle Ancaste como prueba piloto a efectos de revalorizar el barrio de Pompeya con una participación activa de los vecinos de la zona;
Que complementariamente, resulta oportuna la asignación de mano única a la calle Servet y a un tramo de la calle Río Cuarto, como asimismo prohibir el estacionamiento junto a la acera sur en la calle Los Patos entre Zavaleta y Monteagudo dado el reducido ancho de calzada que poseen todas ellas;
Por ello conforme las atribuciones otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y la delegación aprobada por Decreto N° 515/GCBA/00 (B.O.C.B.A. N° 926),
Artículo 1° Amplíanse, con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos, las disposiciones del Decreto Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, asignando mano única de circulación a los siguientes tramos de arterias en la forma que se indica:
Ancaste: de Av. Amancio Alcorta a Enrique Ochoa de Este a Oeste
Servet: de Av. Amancio Alcorta a Rio Cuarto de Norte a Sur
Rio Cuarto: de Servet a Pepirí de Oeste a Este.
Artículo 2° Amplíanse con carácter experimental y evaluativo por el término de 90 días corridos, a partir de la fecha de su implementación, las normas particulares de estacionamiento con los siguientes tramos de arterias en la forma que se indica:
Ancaste: entre Av. Amancio Alcorta y Enrique Ochoa permitido junto a la acera izquierda (Sur).
Los Patos: entre Zavaleta y Monteagudo, prohibido en forma permanente junto a la acera sur.
Artículo 3° La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente.
Artículo 4° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, al Centro de Gestión y Participación N° 4, y para su conocimiento y demás fines pase a la Dirección General de Tránsito y Transporte. Cumplido archívese. Fatala