RESOLUCIÓN 1323 2003 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

PRORROGA  LA ASIGNACIÓN DEL SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN A LA CALLE ANCASTE. MODIFICA LA RESOLUCIÓN  788-SOYSP-02 - PRÓRROGA DE PLAZOS - AV. AMANCIO ALCORTA - CALLE ENRIQUE OCHOA - MANO ÚNICA - CALLE SERVET - CALLE RÍO CUARTO - PROHIBICIÓN DE ESTACIONAR - ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO - CALLE LOS PATOS - CALLE ZAVALETA - CALLE MONTEAGUDO - MODIFICACIÓN DE DECRETO ORDENANZA 10407-77- CALLES DE MANO ÚNICA -  ARTERIAS 

Publicación:

31/10/2003

Sanción:

17/10/2003

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto el Registro N° 387/CGP4/2003, el Registro N° 2.911/DGTYT/2003, la Resolución N° 788/SOYSP/02 (B.O.C.B.A. N° 1560), y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución señalada en el Visto se asignara con carácter experimental sentido único de circulación a la calle Ancaste entre Av. Amancio Alcorta y Enrique Ochoa de Este a Oeste, a la calle Servet de Av. Amancio Alcorta a Río Cuarto de Norte a Sur y la calle Río Cuarto de Servet a Pepirí de Oeste a Este;

Que las medidas adoptadas lograron los objetivos perseguidos por la Dirección General de Tránsito y Transporte, excepto el tramo Av. Amancio Alcorta - Pepirí de la calle Ancaste, donde la implementación del sentido único complicó a los frentistas del citado tramo, pues obliga a un extenso derrotero para acceder al tramo de arteria aludido, cuando provienen del norte a través del paso a nivel de la calle Pepirí con las vías del Ferrocarril Belgrano Sur;

Que en la prórroga de esa Resolución, debe suprimirse en su artículo 1°, el sentido único de circulación de la calle Ancaste, en el tramo Av. Amancio Alcorta - Pepirí a los fines de evitar lo precedentemente comentado;

Por ello, conforme las facultades otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760), y la delegación aprobada por Decreto N° 515/2000 (B.O.C.B.A. N° 926),

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Prorróganse por el término de noventa (90) días corridos los términos de la Resolución N° 788/SOYSP/02 (B.O.C.B.A. N° 1560) por la cual se asignara sentido único de circulación a la calle Ancaste entre Av. Amancio Alcorta a Enrique Ochoa de Este a Oeste, Servet de Av. Amancio Alcorta a Río Cuarto de Norte a Sur y a Río Cuarto de Servet a Pepirí de Oeste a Este, como así también se modificaran las normas de estacionamiento en la calle Ancaste entre Av. Amancio Alcorta y Enrique Ochoa permitiéndose el estacionamiento junto a la acera izquierda (Sur) y en la calle Los Patos entre Zavaleta y Monteagudo prohibiéndose en forma permanente junto a la acera Sur.

Artículo 2° - Modificase el Art. 1° de la Resolución N° 788/SOYSP/02 por el término de noventa (90) días corridos, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 1° - Amplíase, con carácter experimental y evaluativo, las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, asignando mano única de circulación a los siguientes tramos de arterias en la forma que se indica:

Ancaste: de Pepirí a Enrique Ochoa de Este a Oeste

Servet: de Av. Amancio Alcorta a Río Cuarto de Norte a Sur

Río Cuarto: de Servet a Pepirí de Oeste a Este

Artículo 3° - La Dirección General de Tránsito y Transporte en el término de treinta (30) días elaborará la documentación técnica y el correspondiente proyecto de Ley para su elevación a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4° - La Dirección General de Tránsito y Transporte procederá al retiro del señalamiento vertical de mano única, del tramo de la calle Ancaste que se suprime.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y remítase para el cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 3° de la presente a la Dirección General de Tránsito y Transporte la que comunicará a la Policía Federal Argentina y al Centro de Gestión y Participación N° 4. Cumplido, archívese. Fatala

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Artículo 1° - Prorroga por el término de noventa (90) días corridos los términos de la Resolución N° 788/SOYSP/02