DISPOSICIÓN 33 2014 DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIA EDUCATIVA
Síntesis:
APRUEBA PAUTAS TÉCNICAS Y OPERATIVAS - PROCEDIMIENTO DEL SISTEMA DE INSCRIPCIÓN EN LÍNEA - RESOLUCIÓN 3337-MEGC-13 - PADRES TUTORES RESPONSABLES - ASPIRANTES A INGRESAR EN ALGÚN ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO DE GESTIÓN PUBLICA ESTATAL - ACCEDIENDO MEDIANTE INTERNET - INSCRIPCIÓN DE ACUERDO A LAS OFERTAS EDUCATIVAS - DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍA EDUCATIVA - INSCRIPCIÓN INGRESO CICLO LECTIVO 2015
Publicación:
24/10/2014
Sanción:
06/10/2014
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIA EDUCATIVA
VISTO:
La Ley N° 4.013, el Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, las Resoluciones N° 4776-
MEGC/06 y sus modificatorias, 3337-MEGC/13, 3547-MEGC/14, la Disposición N°
11/CPDP-DP/13, y el Expediente Electrónico N° 13818624-MGEYA-DGTEDU/14, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 4.013 se sanciono la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 660/11 y sus modificatorias se aprobó la Estructura Orgánico
Funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Dirección General de Tecnología Educativa del Ministerio de Educación le
fueron asignadas entre sus responsabilidades primarias, la de atender en los
requerimientos, evaluación y desarrollo de herramientas informáticas para la
jurisdicción, bajo las normas de Agencia de Sistemas de la Información así como
planificar, adquirir, instalar, asesorar y prestar asistencia técnica y de mantenimiento
informático y de comunicaciones a todas las áreas de la jurisdicción según los
estándares de la Agencia precitada;
Que en el marco del proceso de despapelización y la incorporación de las
innovaciones tecnológicas en el ámbito educativo, desde la Gerencia Operativa de
Planeamiento y Administración de Proyectos dependiente de la Dirección General de
Tecnología Educativa, se desarrollan sistemas, aplicaciones y funcionalidades que
incorporan herramientas tecnológicas que posibilitan otorgar mayor dinamismo a los
tramites y procedimientos del Reglamento Escolar permitiendo gestionar, agilizar y
atomizar los procesos y tareas de gestión en las escuelas y las áreas de nivel
educativo;
Que en el citado contexto, se desarrolló el sistema de inscripción en línea, creado por
Resolución N° 3337-MEGC/13, el cual permite a los padres, tutores y/o responsables
de los aspirantes a ingresar en algún establecimiento educativo de gestión publica
estatal, accediendo mediante Internet y a través de un procedimiento sencillo,
proceder a su inscripción de acuerdo a las ofertas educativas, disponibilidad y sus
preferencias;
Que mediante Disposición N° 11-CPDP-DP/13, el Centro de Protección de Datos
Personales de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, aprobó el
pedido de inscripción y asignó clave de identificación al Sistema de Inscripciones en
Línea;
Que el mencionado sistema fue implementado para el ingreso al ciclo lectivo 2014;
Que por Resolución N° 3547-MEGC/14, se procedió a modificar la Resolución N°
3337-MEGC/13, rigiendo para el ciclo lectivo 2015 las reglas, procedimiento y
especificaciones dispuestas por la Resolución señalada en primer término;
Que mediante el artículo 6 de la Resolución N° 3547-MEGC/14, se procedió a delegar
en el titular de la Dirección General de Tecnología Educativa, la facultad de dictar las
disposiciones reglamentarias en materia técnica y operativa que resulten necesarias
para la implementación del sistema de inscripción en línea;
Que en razón de lo expuesto, corresponde establecer detalladamente las pautas a
seguir en el proceso de inscripción, tanto por parte de los aspirantes y sus
representantes, como por las autoridades docentes y de gestión que intervienen el
proceso;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado debida
intervención.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Resolución N° 3547-MEGC/14;
Artículo 1.- Apruébanse las pautas técnicas y operativas del procedimiento del Sistema
de Inscripción en Línea, las cuales se detallan en el Anexo (IF-2014-14510873-
DGCLEI) el cual forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2.- Establécese que las pautas indicadas en el artículo precedente resultarán
de aplicación a partir de la inscripción para el ingreso al Ciclo Lectivo 2015.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a las Subsecretarías dependientes del Ministerio de Educación, las
Direcciones Generales de Planeamiento e Innovación Educativa, de Coordinación
Legal e Institucional, de Educación de Gestión Estatal, de Educación Superior y a las
Direcciones de Área, todas dependientes del Ministerio de Educación, al Centro de
Protección de Datos Personales, dependiente de la Defensoría del Pueblo de la
Ciudad de Buenos Aires, y a la Agencia de Sistemas de Información (A.S.I.).
Cumplido, archívese. Aguado
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4508