RESOLUCIÓN 3337 2013 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

  CREA EL SISTEMA DE INSCRIPCIONES EN LÍNEA PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PÚBLICA ESTATAL  - ON LINE - LÍNEA 147 - INGRESO POR PRIMERA VEZ -  INSCRIPCIÓN - ESCUELAS - INICIAL - PRIMARIA - ADULTOS Y ADOLESCENTES  - SUPERIOR - ESPECIAL - TERCIARIO -  TÉCNICA - ESCUELAS NORMALES - ARTÍSTICAS -   JARDINES -   SALA -GRADO - AÑO - RANGO DE EDAD - LACTARIO - PERÍODO ORDINARIO - PERÍODO COMPLEMENTARIO - PERÍODO SIMULTÁNEO AL CICLO LECTIVO - DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA -  PREINSCRIPCIÓN - PUBLICACIÓN DE VACANTES - INGRESO DIRECTO - ASIGNACIÓN DE VACANTES -  JORNADA SIMPLE - COMPLETA - EXCEPCIONES - ESCUELAS DE REINGRESO - CICLOS BÁSICOS DE FORMACIÓN OCUPACIONAL  - FORMATOS PRESENCIAL - 

Publicación:

18/10/2013

Sanción:

08/10/2013

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VER TEXTO ACTUALIZADO

Solicite el Texto Actualizado de la presente norma en: ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar

VISTO:

Las Leyes N° 2.751 y 4.013, los Decretos N° 660/11, 226/12 y 63/13, la Resolución N°

4776-MEGC/06, sus normas complementarias y modificatorias, el Expediente N°

5199413-MGEYA-DGTEDU/13, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que a través del Decreto N° 660/11, se aprobó la estructura organizativa del Poder

Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se modificó la

estructura organizativa del Ministerio de Educación;

Que el citado Decreto fue modificado por Decretos Nros. 226/12 y 63/13

modificándose la estructura organizativa del Ministerio de Educación;

Que la Dirección General de Tecnología Educativa del Ministerio de Educación, tiene

asignadas entre sus responsabilidades primarias, entender en los requerimientos,

evaluación y desarrollo de herramientas informáticas; brindar asistencia y

sesoramiento informático; planificar, adquirir, instalar y prestar asistencia técnica y de

mantenimiento informático y de comunicaciones; planificar las acciones destinadas a

la mejora de los procesos, las comunicaciones y el soporte de tecnología de la

jurisdicción;

Que dentro de la referida Dirección General, la Gerencia Operativa de Planeamiento y

Administración de Proyectos, analiza y documenta los procesos administrativos y

operativos, proponiendo modificaciones, e implementa las políticas y metodologías

generales para el funcionamiento integral de la actividad informática tendiente a

asegurar uniformidad de criterio y calidad de servicio;

Que, por otra parte, por medio de la Resolución N° 4776-MEGC/06 -Reglamento del

Sistema Educativo de Gestión Pública dependiente del Ministerio de Educación del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Reglamento Escolar)-, se

establece la organización, principios y fines de la educación, como así también, se

regulan los trámites, procedimientos y actuaciones administrativas, la documentación

escolar y estructuras burocráticas que intervienen en los procesos en las distintas

Áreas de Educación;

Que el artículo 22 del Reglamento Escolar prevé la documentación, libros, registros y

archivos de uso obligatorio en los establecimientos escolares, los que coinciden con

las actuaciones y procesos administrativos previstos en dicho cuerpo normativo,

estableciendo textualmente in fine que "los documentos y registros antes mencionados

podrán ser sustituidos por registros informatizados o digitalizados cuando así se

disponga";

Que las innovaciones en materia de digitalización, aplicadas a procesos

administrativos tendientes a dar mayor celeridad, dinamismo y economía a los trámites

burocráticos, resultan concordantes con el espíritu de la Ley N° 2.751 de firma digital,

así como las restantes normas dictadas en consecuencia;

Que la extensión de la cobertura educativa y el logro de una mayor equidad para la

misma requieren la producción de datos precisos y articulados sobre todos los

aspectos de la gestión que comprendan los Establecimientos y las trayectorias

educativas de los niños, adolescentes, jóvenes y adultos de esta jurisdicción;

Que actualmente los establecimientos educativos realizan las tareas de gestión

administrativa de los alumnos en forma eminentemente manual, con datos que se

vuelcan en forma repetida en diferentes instrumentos, tarea que insume gran cantidad

de tiempo y de personal dedicado a ella;

Que, en este contexto, desde la Gerencia Operativa de Planeamiento y Administración

de Proyectos, dependiente de la Dirección General de Tecnología Educativa, se

vienen desarrollando sistemas, apllicaciones y funcionalidades que permiten

incorporar herramientas tecnológicas que permitan otorgar un mayor dinamismo a los

trámites y procedimientos que regula el citado Reglamento Escolar;

Que el objetivo que se propone la Dirección General de Tecnología Educativa, es

dotar a las distintas áreas del Ministerio de una solución integral que le permita

gestionar, agilizar y automatizar los procesos y tareas de gestión en las escuelas y las

áreas de nivel, brindando una herramienta que permita contar con la información

precisa, necesaria para generar informes de gestión y facilitar el análisis;

Que, en este sentido, la propuesta comprende el desarrollo de un sistema de

inscripciones en línea para los aspirantes a ingresar a las Escuelas, acompañando el

proceso de despapelización y la incorporación de las innovaciones tecnológicas en el

ámbito educativo;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención de su competencia.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Créase el "Sistema de Inscripciones en Línea", aplicable a los

establecimientos de educación de gestión pública estatal de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, que se detalla en el Anexo (IF-2013-05260496-DGCLEI) el cual forma

parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Déjase sin efecto en su parte pertinente toda norma que se oponga a las

pautas y alcances previstos en el "Sistema de Inscripciones en Línea", creado por la

presente Resolución.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Subsecretaría dependientes del Ministerio de Educación, las

Direcciones Generales de Tecnología Educativa, de Planeamiento Educativo, de

Coordinación Legal e Institucional, de Educación de Gestión Estatal, de Educación

Superior y a las Direcciones de Área, todas dependientes del Ministerio Educación.

Cumplido, archívese. Bullrich


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4260

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 1 de la Res. MEGC-13 aprueba el Sistema de Inscripciones en Línea para escuelas de gestión pública estatal, modifica disposiciones del art. 23 del Anexo I de la Res. 4776-MEGC-06.
MODIFICADA POR
<p> </p><p>Artículo 2° de Resolución N° 3523 sustituye el Anexo  aprobado por la Resolución N ° 3.571-MEGC/15,en el marco del Sistema de Inscripción en Línea, el cual fuera aprobado mediante la Resolucion 3337-MEGC-13.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolucion 767-MEGC-17 modifica parcialmente la Resolución 3337- MEGC-13.-  </p>
MODIFICADA POR
Art. 1 de la Resolución 2363-MEGC-14, incorpora al Sistema de Inscripciones en Línea creado por Resolución 3337-MEGC-13, el Proyecto Educación Adultos 2000, en los términos del Anexo de la presente. Art. 2, deja parcialmente sin efecto el Anexo de la Resolución 3337-MEGC-13, en atención a lo normado en relación a Adultos 2000 - Educación Secundaria a Distancia.
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 3547-MEGC-14, modifica el Anexo de la Resolución 3337-MEGC-13, por el Anexo que forma parte de la presente (Sistema de Inscripción en Línea). </p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 33-DGTEDU-14 aprueba pautas técnicas y operativas del procedimiento del Sistema<br />de Inscripción en Línea, que fuera creado por Resolución 3337-MEGC-13.</p><p>Art. 2, establece que las pautas indicadas en el artículo precedente resultarán de aplicación a partir de la inscripción para el ingreso al Ciclo Lectivo 2015.</p>
INTEGRA
Res. 3337-MEGC-13 Crea el Sistema de Inscripciones en Línea, en concordancia con las disposiciones de la Res. 3278-MEGC-13.
MODIFICADA POR
<p>Art. 1.  Res. 3658-MEGC-13<strong>(derogada)</strong> modifica los acápites 5 Selección y Priorización de escuelas-, de los incisos iv - Formulario a completar-, de los puntos 1 Aspirantes inscriptos en el Período Ordinario- y 2 Aspirantes inscriptos en período complementario- del anexo de la Res. 3337-MEGC-13.</p>
EXCEPTUA
Res-3337-MEGC-13, en su Anexo, establece que no se encuentran alcanzados por el sistema de inscripción on line los Planes Ciclo Básico de Formación Ocupacional Res.1606-96.
EXCEPTUA
Res-3337-MEGC-13, en su Anexo, no se encuentran alcanzados por el sistema de inscripción on line, las escuelas de reingreso Res. 4539-05.
INTEGRA
Res. 3337-MEGC-13 aprueba el sistema de inscripción on line, para escuelas de gestión pública estatal, fija como regla de ingreso directo al nivel inicial a hijos de alumnas/os madres padres comprendidos en la res. 1729-MEGC-06
INTEGRA
Res. 3337-MEGC-13 aprueba el sistema de inscripción on line y con la línea 147, para escuelas de gestión pública estatal, se integra al Sistema Único de Gestión de Reclamos-solicitudes, creado por Res. 43-SSATCIU-08 y modificatoias
INTEGRA
Res.3337-MEGC-13 establece que la inscripción al Prgrama adultos 2000, Res. 1386-SED-03, podrá efectuarse en forma alternativa, on line o métodos vigentes a la fecha.
EXCEPTUA
Res-3337-MEGC-13, en su Anexo, establece que no se encuentran alcanzados por el sistema de inscripción on line, los Bachilleratos Populares,comprendidos en el Dec. 406-11
INTEGRA
Res.3337-MEGC-13 establece que la inscripción al Prgrama de Alfabetización, Educación Básica y Trabajo, creado por Ord.48563, podrá efectuarse en forma alternativa, on line o métodos vigentes a la fecha
INTEGRADA POR
Res 418-SSGEFYAR-13 aprueba Pliegos y llama a Licitación Pública para la contratación del Servicio de Coordinación para Implementación de Sistemas Informáticos a fin de llevar a cabo el programa Inscripción On Line, prevista por Res 3337-ME-13.
INTEGRA
Res. 3337-MEGC-13aprueba el sistema de inscripción on line y con la línea 147, para escuelas de gestión pública estatal, se tomará en cuenta lo prescripto en el art. 2 de la Res. 1-MEGC--MGGC-13
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 3571-ME-15 sustituye el Anexo de la Resolución 3337-MEGC-13 modificada por  Resolución 3547-ME-14.</p><p>Art. 2 modifica el art. 4.</p><p>Art. 3 modifica el art. 5.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1º de la Resolución Nº 2362-MEIGC-18 sustituye los artículos 42 y 46 del Anexo de la Resolución N° 3337-MEGC-13 modificada por Resolución Nº 3571-MEGC-15.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Resolucion 5394-MEIGC-19 modifica el anexo de la Resolucion 3571-MEGC-15, en el marco de el Sistema de Inscripción en Línea, el cual fuera aprobado mediante la Resolucion 3337-MEGC-13.</p>