RESOLUCIÓN 767 2017 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

MODIFICA PARCIALMENTE  - RESOLUCIÓN 3337-MEGC-13 - SISTEMA DE INSCRIPCIÓN EN LÍNEA - PREINSCRIPCIÓN A LOS CURSOS DICTADOS EN LOS CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL - GERENCIA OPERATIVA DE FORMACIÓN LABORAL - SUBSECRETARÍA DE CARRERA DOCENTE Y FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL - INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE GESTIÓN ESTATAL O PRIVADA - GERENCIA OPERATIVA DE FORMACIÓN LABORAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN 

Publicación:

23/02/2017

Sanción:

10/02/2017

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO:

Las Leyes N° 2.751 y N° 5.460 y su modificatoria, el Decreto N° 363/15 y

modificatorios, las Resoluciones N° 4776-MEGC/06, N° 3337-MEGC/13 y sus

modificatorias N° 3547-MEGC/14 y N° 3571-MEGC/15, N ° 4070-MEGC/14, la

Disposición N° 11/CPDP/DP/13, el Expediente Electrónico N° 3711693/MGEYA-

SSCDFTP/17, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 5.460 y su modificatoria, se sancionó la Ley de Ministerios de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a través del Decreto N° 363/15 y modificatorios, se aprobó la estructura

organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Educación;

Que la Dirección General de Tecnología Educativa del Ministerio de Educación tiene

asignadas entre sus responsabilidades primarias, entender en los requerimientos,

evaluación y desarrollo de herramientas informáticas; brindar asistencia y

asesoramiento informático; planificar, adquirir, instalar y prestar asistencia técnica y de

mantenimiento informático y de comunicaciones; planificar las acciones destinadas a

la mejora de los procesos, las comunicaciones y el soporte de tecnología de la

jurisdicción;

Que dentro de la referida Dirección General, la Gerencia Operativa de Planeamiento y

Administración de Proyectos, analiza y documenta los procesos administrativos y

operativos, proponiendo modificaciones, e implementa las Políticas y metodologías

generales para el funcionamiento integral de la actividad informática tendiente a

asegurar uniformidad de criterio y calidad de servicio;

Que, por otra parte, por medio de la Resolución N° 4776-MEGC/06 se aprobó el

Reglamento del Sistema Educativo de Gestión Pública dependiente del Ministerio de

Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Reglamento

Escolar), estableciéndose la organización, principios y fines de la educación, como así

también, se regulan los trámites, procedimientos y actuaciones administrativas, la

documentación escolar y estructuras que intervienen en los procesos en las distintas

Áreas de Educación;

Que el artículo 22 del Reglamento Escolar prevé la documentación, libros, registros y

archivos de uso obligatorio en los establecimientos escolares, los que coinciden con

las actuaciones y procesos administrativos previstos en dicho cuerpo normativo,

estableciendo textualmente in fine que "...los documentos y registros antes

mencionados podrán ser sustituidos por registros informatizados o digitalizados

cuando así se disponga...";

Que las innovaciones en materia de digitalización, aplicadas a procesos

administrativos tendientes a dar mayor celeridad, dinamismo y economía a los trámites

burocráticos, resultan concordantes con el espíritu de la Ley N° 2.751 de firma digital,

así como las restantes normas dictadas en consecuencia;

Que acompañando el proceso de despapelización y la incorporación de las

innovaciones tecnológicas en el ámbito educativo, desde la Gerencia Operativa de

Planeamiento y Administración de Proyectos dependiente de la Dirección General de

Tecnología Educativa, se desarrollan sistemas, aplicaciones y funcionalidades que

incorporan herramientas tecnológicas que posibilitan otorgar un mayor dinamismo a

los trámites y procedimientos que regula el citado Reglamento Escolar, permitiendo

gestionar, agilizar y automatizar los procesos y tareas de gestión en las escuelas y las

áreas de nivel;

Que en el citado contexto, se desarrolló el Sistema de Inscripción en Línea creado por

Resolución N° 3337- MEGC/13, modificada por las Resoluciones N° 3547-MEGC/14 y

N° 3571-MEGC/15, el cual permite a los aspirantes a ingresar en algún

establecimiento educativo de gestión pública estatal, realizar su inscripción mediante

internet a través de un procedimiento sencillo;

Que el precitado Sistema de Inscripción, no sólo se basa en el Reglamento Escolar,

sino que a la vez se adapta a las particularidades de cada Área Educativa,

distinguiendo en cada caso los establecimientos alcanzados, el grupo etario

comprendido, los períodos de inscripción y las características propias del

procedimiento, así como también, las reglas de asignación de las vacantes y la

documentación requerida;

Que, por su parte, mediante la Disposición N° 11/CPDP/DP/13, el Centro de

Protección de Datos Personales, dependiente de la Defensoría del Pueblo de la

Ciudad de Buenos Aires, aprobó el pedido de inscripción del banco de datos del

Sistema de Inscripción en Línea y le asignó la clave de identificación correspondiente;

Que la Resolución N° 4070-MEGC/14 define el reglamento orgánico de aplicación a

todos los Centros de Formación Profesional dependientes de la Gerencia Operativa de

Formación Laboral del Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires, y a las

instituciones educativas de gestión estatal o privada que dicten módulos y/o cursos de

Formación Profesional que sean certificados por dicha Gerencia; Que, en este

contexto, resulta necesario ampliar el "Sistema de Inscripción en línea" aplicable a los

establecimientos de educación de gestión pública estatal de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, a los Centros de Formación Profesional y Centros de Educación No

Formal a cargo de la Gerencia Operativa de Formación Laboral, a fin de que los

aspirantes puedan acceder mediante internet y a través de un proceso sencillo, a

inscribirse en las instituciones de acuerdo a las ofertas educativas, la disponibilidad y

las preferencias;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención de su competencia.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Modifícase parcialmente la Resolución N° 3337- MEGC/13 incorporándose

al "Sistema de Inscripción en Línea" la preinscripción a los cursos dictados en los

Centros de Formación Profesional dependientes de la Gerencia Operativa de

Formación Laboral de la Subsecretaría de Carrera Docente y Formación Técnica

Profesional, de acuerdo a los lineamientos que se consignan en el Anexo (IF-2017-

03780828-SSCDFTP), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 2.- Déjase establecido que las instituciones educativas de gestión estatal o

privada que dicten módulos y/o cursos de Formación Profesional que sean certificados

por la Gerencia Operativa de Formación Laboral del Ministerio de Educación de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán implementar el "Sistema de Inscripción en

Línea", en lo concerniente a los alumnos incorporados en forma gratuita, de

conformidad con las pautas acordadas.

Artículo 3.- Déjase constancia que en relación a la protección de los datos

suministrados al Sistema de Inscripción en línea, regirán las previsiones sobre

seguridad informática contempladas en la normativa vigente.

Artículo 4.- Delégase en el titular de la Subsecretaría de Carrera Docente y Formación

Técnica Profesional y de la Dirección General de Tecnología Educativa de este

Ministerio de Educación, dentro de sus competencias, la facultad de dictar las normas

reglamentarias en materia técnica y operativa que resulten necesarias para la

implementación del Sistema de Inscripción en Línea.

Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

para su conocimiento y demás efectos efectúense las comunicaciones oficiales

pertinentes a las Subsecretarías de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de

Carrera Docente y Formación Técnica Profesional, a las Direcciones Generales de

Tecnología Educativa, de Planeamiento Educativo, de Educación de Gestión Estatal,

de Educación Superior, a la Gerencia Operativa de Formación Laboral, al Centro de

Protección de Datos Personales dependiente de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad

de Buenos Aires, y a la Agencia de Sistemas de Información (A.S.I.). Cumplido,

archívese. Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5076

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolucion 767-MEGC-17 modifica parcialmente la Resolución 3337- MEGC-13.-  </p>