RESOLUCIÓN 4539 2005 SECRETARIA DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA PLAN DE ESTUDIO CORRESPONDIENTE A LA MODALIDAD BACHILLERATO - ESCUELAS DE REINGRESO - ESCUELAS DE NIVEL MEDIO - SECUNDARIAS -  DESERCIÓN CERO - ASIGNATURAS - CORRELATIVIDADES - RÉGIMEN DE ASISTENCIA - CARGA HORARIA - INCLUSIÓN SOCIAL - REPITENCIA - ESCOLARIDAD INTERRUMPIDA - MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 814-SED-04

Publicación:

06/01/2006

Sanción:

06/12/2005

Organismo:

SECRETARIA DE EDUCACION


Visto la Carpeta N° 4.079-SED/05, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones mencionadas en el visto tramita la aprobación, con carácter experimental, del plan de estudio correspondiente a la modalidad Bachillerato;

Que la aprobación del plan de estudio aludido implica sustituir la Resolución N° 814-SED/04 ya que no se impulsa su derogación sino una modificación de carácter integral de su contenido;

Que las modificaciones que se introducen persiguen el logro del objetivo de una plena inclusión educativa mediante la expansión de la red escolar, por lo que fueron creadas nuevas instituciones en zonas de la Ciudad con menor oferta estatal;

Que el plan de estudio que se aprueba por el presente garantiza a los estudiantes la adquisición de una base amplia de conocimientos y capacidades necesarios para su participación en ámbitos académicos, laborales y sociales;

Que de la evaluación del plan de estudio implementado para el ciclo lectivo de 2004 surge la necesidad de reformular algunos lineamientos y características del servicio con el fin de optimizar la experiencia y adecuarlo a las necesidades de los alumnos y a las demandas de la comunidad;

Que la Subsecretaría de Educación, las Direcciones Generales de Educación, de Planeamiento y de Coordinación Legal e Institucional y la Dirección del Área de Educación Media y Técnica han tomado la intervención que les compete;

Por ello, en uso de las facultades que le confiere la Ley N° 33,

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Subrógase la Resolución N° 814-SED/04 la cual quedará redactada de conformidad con lo que se establece en la presente resolución.

Artículo 2° - Apruébase, con carácter experimental, el plan de estudio correspondiente a la modalidad Bachillerato de conformidad con los fundamentos, propósitos, estructura curricular, características, título que otorga, requisitos de inscripción y condiciones de admisión, régimen de acreditación y régimen de asistencia, de evaluación, calificación y promoción de alumnos que se detallan en los Anexos I, II, III, IV y V que, a todos los efectos, forman parte integrante de este acto.

Artículo 3° - Autorízase la implementación y aplicación, a partir del ciclo lectivo 2005, inclusive, del plan de estudio aprobado en el artículo 2° en las unidades educativas de nivel medio dependientes de la Dirección del Área de Educación Media y Técnica, creadas por los Decretos N° 408/04 y N° 962/05 que, a continuación, se detallan:

a) Escuela de Educación Media N° 2/Distrito Escolar 4.

b) Escuela de Educación Media N° 1/Distrito Escolar 5.

c) Escuela de Educación Media N° 2/Distrito Escolar 10.

d) Escuela de Educación Media N° 1/Distrito Escolar 18.

e) Escuela de Educación Media N° 5/Distrito Escolar 19.

f) Escuela de Educación Media N° 6/Distrito Escolar 21.

g) Escuela de Educación Media N° 1/Distrito Escolar 2.

h) Escuela de Educación Media N° 1/Distrito Escolar 3.

i) Escuela de Educación Media N° 3/Distrito Escolar 4.

j) Escuela de Educación Media N° 6/Distrito Escolar 19.

Artículo 4° - Facúltase a la Dirección del Área de Educación Media y Técnica para resolver los aspectos técnico-pedagógicos y administrativos que requieran las unidades escolares creadas por Decretos N° 408/04 y N° 962/05 para la mejor implementación y desarrollo de la experiencia, debiendo efectuar, en forma conjunta con la Dirección de Currícula perteneciente a la Dirección General de Planeamiento, el seguimiento y la evaluación de la experiencia.

Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese por copia a la Subsecretaría de Educación -Direcciones Generales de Educación y de Planeamiento y Dirección del Área de Educación Media y Técnica- y de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria -Dirección General de Coordinación Financiera y Contable- y a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese.

Nota: el Anexo que forma parte integrante de la presente puede ser consultado en Paseo Colón 255, piso 9, de lunes a viernes, de 10 a 16 horas.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUADA POR
Res-3337-MEGC-13, en su Anexo, no se encuentran alcanzados por el sistema de inscripción on line, las escuelas de reingreso Res. 4539-05.
INTEGRA
Res. 4539-SED-05 Implementa y aplica, a partir del ciclo lectivo 2005 en la unidades educativas creadas por Dec. 408-04
MODIFICA
Res. 4539-SED-05 Subroga la Res. 814-SED-04
INTEGRA
Res. 4539-SED-05 Implementa y aplica, a partir del ciclo lectivo 2005 en la unidades educativas creadas por Dec. 962-04
INTEGRADA POR
Res. 97-MEGC-07 Implementa del proyecto de Coordinación de Acciones entre Escuelas de Reingreso y Centros de Formación Profesional en la escuelas de nivel medio creadas por Dec. 408-04 y 962-05