RESOLUCIÓN 3571 2015 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN 3547-ME-14 - REGLAMENTO DEL SISTEMA DE INSCRIPCIONES Y ASIGNACIÓN DE VACANTES PARA LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE GESTIÓN ESTATAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN - SISTEMA DE INSCRIPCIÓN EN LÍNEA - ESCUELAS - INSCRIPCIÓN ON-LINE - ALUMNOS - PROCEDIMIENTO - REGLAMENTO ESCOLAR - PASES ENTREESTABLECIMIENTOS DE NIVEL INICIAL - NIVEL PRIMARIO - NIVEL SECUNDARIO - ATRIBUCIONES RELATIVAS A LA ASIGNACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE VACANTES - REGLAS DE ASIGNACIÓN

Publicación:

23/10/2015

Sanción:

01/10/2015

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO:

Las Leyes Nros. 2.751 y 4.013, el Decreto N° 660/11 y modificatorios, las

Resoluciones Nros. 4.776-MEGC/06 y modificatorias, 1.729-MEGC/06, 3.337-

MEGC/13, 3.658-MEGC/13 y 3.547-MEGC/14, la Disposición N° 11/CPDP/DP/13, y el

Expediente Electrónico N° 24.986.086/MGEYA-DGTEDU/15, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que a través del Decreto N° 660/11 y modificatorios, se aprobó la estructura

organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Educación;

Que la Dirección General de Tecnología Educativa del Ministerio de Educación tiene

asignadas entre sus responsabilidades primarias, entender en los requerimientos,

evaluación y desarrollo de herramientas informáticas; brindar asistencia y

asesoramiento informático; planificar, adquirir, instalar y prestar asistencia técnica y de

mantenimiento informático y de comunicaciones; planificar las acciones destinadas a

la mejora de los procesos, las comunicaciones y el soporte de tecnología de la

jurisdicción;

Que dentro de la referida Dirección General, la Gerencia Operativa de Planeamiento y

Administración de Proyectos, analiza y documenta los procesos administrativos y

operativos, proponiendo modificaciones, e implementa las políticas y metodologías

generales para el funcionamiento integral de la actividad informática tendiente a

asegurar uniformidad de criterio y calidad de servicio;

Que, por otra parte, por medio de la Resolución N° 4.776-MEGC/06 -- Reglamento del

Sistema Educativo de Gestión Pública dependiente del Ministerio de Educación del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Reglamento Escolar) --, se

establece la organización, principios y fines de la educación, como así también, se

regulan los trámites, procedimientos y actuaciones administrativas, la documentación

escolar y estructuras que intervienen en los procesos en las distintas Áreas de

Educación;

Que el artículo 22 del Reglamento Escolar prevé la documentación, libros, registros y

archivos de uso obligatorio en los establecimientos escolares, los que coinciden con

las actuaciones y procesos administrativos previstos en dicho cuerpo normativo,

estableciendo textualmente in fine que "...los documentos y registros antes

mencionados podrán ser sustituidos por registros informatizados o digitalizados

cuando así se disponga...";

Que las innovaciones en materia de digitalización, aplicadas a procesos

administrativos tendientes a dar mayor celeridad, dinamismo y economía a los trámites

burocráticos, resultan concordantes con el espíritu de la Ley N° 2.751 de firma digital,

así como las restantes normas dictadas en consecuencia;

Que acompañando el proceso de despapelización y la incorporación de las

innovaciones tecnológicas en el ámbito educativo, desde la Gerencia Operativa de

Planeamiento y Administración de Proyectos dependiente de la Dirección General de

Tecnología Educativa, se desarrollan sistemas, aplicaciones y funcionalidades que

incorporan herramientas tecnológicas que posibilitan otorgar un mayor dinamismo a

los trámites y procedimientos que regula el citado Reglamento Escolar, permitiendo

gestionar, agilizar y automatizar los procesos y tareas de gestión en las escuelas y las

áreas de nivel;

Que, en este contexto, la Resolución N° 3.337-MEGC/13 creó el "Sistema de

Inscripción en línea" aplicable a los establecimientos de educación de gestión pública

estatal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que permite a los padres, tutores y/o

responsables de los aspirantes que ingresaren a algún establecimiento de Gestión

Estatal, acceder mediante internet y a través de un proceso sencillo, a inscribirlos en

las escuelas de acuerdo a las ofertas educativas, la disponibilidad y las preferencias;

Que el precitado Sistema de Inscripción, no sólo se basa en el Reglamento Escolar,

sino que a la vez se adapta a las particularidades de cada Área Educativa,

distinguiendo en cada caso los establecimientos alcanzados, el grupo etario

comprendido, los períodos de inscripción y las características propias del

procedimiento, así como también, las reglas de asignación de las vacantes y la

documentación requerida;

Que la Resolución N° 3.658-MEGC/13 modificó parcialmente la Resolución N° 3.337-

MEGC/13, en cuanto a los establecimientos a preseleccionar en el marco del Sistema

de Inscripción en línea;

Que, por su parte, mediante la Disposición N° 11/CPDP/DP/13, el Centro de

Protección de Datos Personales, dependiente de la Defensoría del Pueblo de la

Ciudad de Buenos Aires, aprobó el pedido de inscripción del banco de datos del

Sistema de Inscripción en Línea y le asignó la clave de identificación correspondiente;

Que a partir de la aplicación del indicado Sistema de Inscripción en Línea durante los

ciclos lectivos 2014 y 2015, como así de los resultados obtenidos, de las apreciaciones

recogidas en los sucesivos encuentros de trabajo con las Áreas de Educación y los

consensos arribados, de acuerdo a los distintos niveles educativos y modalidades de

la Educación de Gestión Estatal dependiente de este Ministerio, se analizaron variadas

modificaciones al proceso de inscripciones de nuevos alumnos, en particular, respecto

de las reglas de asignación de las vacantes;

Que, en este marco, se especificaron distintos cambios normativos que tienen

especialmente impacto tanto en las disposiciones del Reglamento Escolar referidas a

las inscripciones de alumnos como en la Resolución N° 3.337-MEGC/13;

Que, mediante Resolución N° 3.547-MEGC/14 se modificó parcialmente la Resolución

N° 3.337-MEGC/13 y de dejó sin efecto la Resolución N° 3.658-MEGC/13;

Que, a los fines de brindar claridad sobre las reglas que regulan el proceso de

Inscripción en Línea para el Ciclo Lectivo 2016, resulta oportuno revisar integralmente

el Anexo (IF-2014-13813543-DGCLEI) de la Resolución N° 3.547-MEGC/14 y los

términos de la Resolución N° 4.776-MEGC/06, modificando aspectos generales del

procedimiento inicialmente previsto que, no obstante, no impliquen una alteración

sustancial en el sistema de inscripciones;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención de su competencia.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Sustitúyase el Anexo de la Resolución N° 3.547-MEGC/14 (IF-2014-

13813543-DGCLEI), por el cual se modificó el "Sistema de Inscripción en Línea"

aplicable a los establecimientos educativos de Gestión Estatal de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, por el Anexo (IF-2015-26069160-DGTEDU), que a todos sus efectos

forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Modifícase el artículo 4 de la Resolución N° 3.547-MEGC/14, el cual

quedará redactado de la siguiente manera: "Determínase que para los pases entre

establecimientos de Nivel Inicial, de Nivel Primario y de Nivel Secundario en todas sus

modalidades, los responsables de los alumnos deberán solicitarlo de acuerdo a lo

establecido en los Artículos 7, 8 y 9 que forman parte del Anexo (IF-2015-26069160-

DGTEDU) que acompaña la presente Resolución".

Artículo 3.- Modificase el artículo 5 de la Resolución N° 3.547-MEGC/14 el cual

quedará redactado de la siguiente manera: "Dispóngase que las atribuciones relativas

a la asignación y distribución de vacantes, contenidas en los artículos 80 inciso 16, 94

inciso 11, 107 inciso 16, 169 inciso 15, 170 incisos 28 y 29, 229 inciso 14 y 232 inciso

33, de la Resolución N° 4.776-MEGC/06 (Reglamento Escolar), deben interpretarse

según los alcances establecidos en el Sistema de Inscripción en Línea previsto en el

Anexo (IF-2015- 26069160-DGTEDU)".

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a

las Subsecretarías de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica, de Equidad

Educativa, de Políticas Educativas y Carrera Docente, a las Direcciones Generales de

Tecnología Educativa, de Planeamiento e Innovación Educativa, de Educación de

Gestión Estatal, de Educación Superior, al Centro de Protección de Datos Personales

dependiente de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, y a la Agencia

de Sistemas de Información (A.S.I.). Bullrich


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4749

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 3 de la Resolución 3571-ME-15 (modificatorio de la Resolución 3547-ME-14) dispone que las atribuciones relativas a la asignación y distribución de vacantes, contenidas en los artículos 80 inciso 16, 94 inciso 11, 107 inciso 16, 169 inciso 15, 170 incisos 28 y 29, 229 inciso 14 y 232 inciso 33, de la Resolución 4776-ME-06, deben interpretarse según los alcances establecidos en el Sistema de Inscripción en Línea previsto en el Anexo.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 874/MEDGC/22 sustituye el Anexo I de la Resolución 3571/MEGC/15 (modificatoria de la Resolución 3547/MEGC/14)</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 Resolucion 3523-MEDGC-21 sustituye el Anexo aprobado por Resolucion 3571-MEDGC-15.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 3571-ME-15 sustituye el Anexo de la Resolución 3337-MEGC-13 modificada por  Resolución 3547-ME-14.</p><p>Art. 2 modifica el art. 4.</p><p>Art. 3 modifica el art. 5.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 Resolucion 5394-MEIGC-19 sustituye Anexo aprobado por Resolucion 3571-MEGC-15.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 3571-ME-15 sustituye el Anexo de la Resolución 3547-ME-14.</p><p>Art. 2 modifica el art. 4.</p><p>Art. 3 modifica el art. 5.</p>