RESOLUCIÓN 3278 2013 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA DOCUMENTO - CRITERIOS GENERALES PARA LA READECUACIÓN Y UNIFICACIÓN DE LAS NORMATIVAS EN LA EDUCACIÓN  NIVEL INICIAL -  PRIMARIA  -  EDUCACIÓN ESPECIAL - ENCOMIENDA A LA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA LA ORGANIZACIÓN DE TRES SUBCOMISIONES DE TRABAJO -  JARDINES DE INFANTES - ESCUELAS INFANTILES  - SALAS - SECCIONES - INGRESO - PERMANENCIA - EDAD CRONOLÓGICA - PROMOCIÓN ACOMPAÑADA - SEGUIMIENTO - REPITENCIA  - ESCUELAS PRIMARIAS  - BOLETÍN ABIERTO - LEGAJO ÚNICO - ARTICULACIÓN  - APOYOS -  REMOCIÓN DE BARRERAS - ESTRATEGIAS PEDAGÓGICAS - EDUCACIÓN - HOSPITALARIA - DOMICILIARIA 

Publicación:

10/10/2013

Sanción:

01/10/2013

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO:

El Expediente N° 3.387.425/13-MGEYA-SSGECP, y

CONSIDERANDO:

Que constituyen propósitos de la política educativa del Ministerio de Educación del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lograr la inclusión e integración

educativa de todos/as los/as niños/as, adolescentes, jóvenes y adultos en el sistema

educativo;

Que la Resolución N° 4776-MEGC/06 -Reglamento Escolar- es para las instituciones

escolares el principal instrumento normativo que regula el tránsito, permanencia y

egreso escolar por el nivel;

Que por la Resolución N° 1274-SED/00 se aprueban los principios básicos para la

integración escolar;

Que por la Disposición Conjunta N° 17- DGDE/DGESUP- 07 se aprobaron

procedimientos para la inscripción a los alumnos/as con Necesidades Educativas

Especial en las instituciones dependientes de la Dirección de Área de Educación

Inicial, Educación Primaria, Educación Media y Técnica, Educación del Adulto y del

Adolescente y Educación Artística de la Dirección General de Educación y de los

niveles Inicial, Primario y Medio de la Dirección General de Educación Superior;

Que por la Disposición Conjunta N° 123 -DGE/DGES/DGEGP/07 se estableció la

figura de la "Permanencia" como una estrategia de carácter excepcional para el

alumno/a de la sección de 5 años que la necesite, que le permitiera cursar

nuevamente la sala o cursarla por primera vez, siempre que su edad cronológica no

exceda en 18 (dieciocho) meses a la correspondiente a la sala;

Que en relación con la Educación Especial rigen la mencionada Resolución N°

1274/SED/00, la Disposición Conjunta N° 17-DGDE/DGESUP/07, la Disposición

Conjunta N° 123 - DGE/DGES/DGEGP/07, las Disposiciones N° 32-DGEGE/09 y su

modificatoria Disposición N° 39-DGEGE/09, y la Resolución N° 3034-MEGC/13, por las

que se regulan medidas para favorecer y facilitar el desarrollo del niño/a en el ámbito

educativo con sus pares;

Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 en su artículo 42 se refiere a la

Educación Especial como la modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el

derecho a la educación de las personas con discapacidades, temporales o

permanentes, en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo;

Que por ley 26378 se aprobó en nuestro país la Convención sobre los Derechos de las

Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, que en su artículo 24 determina

que los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la

educación, con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base

de la igualdad de oportunidades, debiendo asegurar un sistema de educación inclusivo

a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida;

Que la Resolución N° 155-CFE/11 propone un enfoque sobre inclusión e integración

educativa de las personas con discapacidad como sujeto de derecho en los diferentes

niveles y modalidades del sistema educativo en el marco de la extensión de la

educación obligatoria;

Que la Resolución N° 174-CFE/12 establece las "Pautas federales para el

mejoramiento de la enseñanza y el aprendizaje y las trayectorias escolares en el nivel

inicial, primario y modalidades, y su regulación";

Que las normas precedentemente citadas tienen por objetivo primordial profundizar en

políticas educativas de calidad, estableciendo criterios que aseguren el derecho a la

educación de todos los habitantes, favoreciendo el ingreso, tránsito y egreso de lo/as

alumno/as, de los niveles inicial, primario y modalidades;

Que resulta necesario avanzar en la revisión y/o producción de nuevas regulaciones

que favorezcan las condiciones para la renovación de las propuestas formativas,

reorganización institucional y estrategias pedagógicas para la escolarización y

sostenimiento de la trayectoria escolar completa de los alumnos con discapacidad en

el marco de criterios generales definidos para el Sistema Educativo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que ha tomado la correspondiente intervención la Subsecretaría de Gestión Educativa

y Coordinación Pedagógica:

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase el documento "Criterios generales para la readecuación y

unificación de las normativas en la Educación Inicial, la Educación Primaria y la

modalidad de educación especial", que como Anexo (IF-2013-04740001-DGCLEI)

forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encomiéndase a la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación

Pedagógica la organización de tres subcomisiones de trabajo referidas a Educación

Inicial, Educación Primaria y Educación Especial con la participación de

representantes de las diferentes direcciones generales y áreas, gerencias operativas y

programas del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

involucradas en la gestión de políticas que impactan en dichos niveles y la modalidad

de educación especial con la misión y finalidad de trabajar en proyectos normativos

para adecuar, reformular y unificar las normativas vigentes atendiendo a los criterios

generales referidos en el artículo 1° de la presente.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y

efectúesen las Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Dirección General de

Educación de Gestión Estatal (Direcciones de Educación Inicial, de Educación

Primaria y de Educación Especial) y a la Subsecretaría de Gestión Educativa y

Coordinación Pedagógica. Cumplido, archívese. Bullrich


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4255

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 3278-MEGC-13, Punto 18 del Anexo: El ingreso al nivel inicial y primaria deberá seguir el proceso referido en la Res. 4776-MEGC-06
INTEGRADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 323-MEI-18 aprueba el Proyecto de Promoción Acompañada con carácter obligatorio<br />para todos los alumnos/as de 2 grado hasta el 7 grado de Nivel Primario de establecimientos educativos públicos de gestión privada, en el marco de lo establecido por Resolución 3278-ME-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 1624-ME-17 aprueba el Proyecto de Promoción Acompañada, el que será obligatorio<br />para todos los alumnos/as desde el 2 grado hasta el 7 grado de Nivel Primario de escuelas de gestión estatal, en el marco de lo establecido por Resolución 3278-ME-13.</p>
INTEGRADA POR
Res. 3337-MEGC-13 Crea el Sistema de Inscripciones en Línea, en concordancia con las disposiciones de la Res. 3278-MEGC-13.
COMPLEMENTA
Res. 3278-MEGC-13 regula la formación de propuestas formativas para alumnos con discapacidad enel marco de criterios generales definidos para el Sistema Educativo de la CABA, conforme Res. 3034-MEGC-13
COMPLEMENTA
Res. 3278-MEGC-13 establece concordancia con la Res. 123-DGDE-07 que regula la figura de la Permanencia de niños niñas en el Nivel Inicial
INTEGRA
Res. 3278-MEGC-13 las pautas establecidas en la presente, se efectúan en el marco de la Res. Nacional CFE 174-12
COMPLEMENTA
Res. 3278-MEGC-13 dispone criterios generales para el acceso ingreso y permanencia de niños niñas en el marco de la Disp. 17-DGDE-DGEDSUP-07
INTEGRA
Res. 3278-MEGC-13 se sostiene la instancia de boletín abierto- Res.3789-SED-04, para el primer y segundo ciclo de nivel primario
INTEGRA
Res. 3278-MEGC-13 ratifica disposiciones sobre el legajo único de alumnos en el marco de la Res. 4259-SED-05
INTEGRA
Res. 3278-MEGC-13 regula la formación de propuestas formativas para alumnos con discapacidad enel marco de criterios generales definidos para el Sistema Educativo de la CABA, conforme Res.1274-SED-00