RESOLUCIÓN 1624 2017 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 3789-SED-04 - BOLETÍN ABIERTO - APRUEBA PROYECTO DE PROMOCIÓN ACOMPAÑADA - EVALUACIÓN Y APRENDIZAJE - CARÁCTER OBLIGATORIO - ALUMNOS DE SEGUNDO HASTA SÉPTIMO - GRADO DE NIVEL PRIMARIO - ESCUELAS DE GESTIÓN ESTATAL - DIRECCIONES GENERALES - DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - DE EDUCACIÓN SUPERIOR - APRUEBA PLANILLAS DE SEGUIMIENTO POR ALUMNO - DELEGA  FACULTAD DE CREAR NORMAS COMPLEMENTARIAS - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

09/06/2017

Sanción:

02/05/2017

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION

Estado:

No vigente


VISTO:

La Resolución del Consejo Federal de Educación N° 174/12, la Constitución de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 5.460 y sus modificatorias, las

Resoluciones N° 3789-SED/04 y N° 3278-MEGC/13, el Expediente Electrónico N°

8.586.749/MGEYA-DGEGE/17, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,

asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,

reinserción y egreso del sistema educativo;

Que la ley de Ministerios N° 5.460 y sus modificatorias de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires establecen que el Jefe de gobierno es asistido en sus funciones por los

Ministerios, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere

dicha Ley;

Que en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación

diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social;

Que oportunamente por Resolución N° 3789-SED/04, se aprobó la implementación de

la instancia de Boletín Abierto como parte del proceso de evaluación, acreditación y

promoción para todas las escuelas de nivel primario dependientes de la Dirección

General de Educación Superior y de la Dirección de Educación Primaria;

Que, posteriormente, por la Resolución del Consejo Federal de Educación N° 174/12,

se aprobaron las pautas federales para el mejoramiento de la enseñanza y el

aprendizaje y las trayectorias escolares, en el nivel inicial y primario, así como su

regulación;

Que atento ello, por la Resolución N° 3278-MEGC/13 se reafirmó para la Ciudad de

Buenos Aires, las líneas planteadas por la Resolución del Consejo Federal de

Educación N° 174/12, en el ámbito del Ministerio de Educación;

Que por su parte, la Resolución N° 3278-MEGC/13 adopta el concepto de Promoción

Acompañada como una estrategia de intervención escolar orientada a atender de

manera intensiva a los alumnos/as que no manifiesten los logros de aprendizaje

esperados para el pasaje de un grado a otro;

Que en este sentido, la Dirección General de Educación de Gestión Estatal y la

Dirección General de Educación Superior, ambas dependientes de la Subsecretaría de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, promueven el Proyecto de Promoción

Acompañada para alumnos/as desde el 2° grado hasta el 7° grado, con el fin de

intensificar la enseñanza de los niños que llegan al último período del ciclo escolar sin

haberse apropiado de alguno/s contenidos nodales del año cursado;

Que a través del Proyecto mencionado, se pretende brindar a los niños/as un

acompañamiento, atendiendo de este modo las necesidades educativas específicas

de los mismos y el seguimiento de su trayectoria escolar;

Que asimismo, el Proyecto de Promoción Acompañada, promueve condiciones

favorables para el respeto por la diversidad de puntos de partida y la singularidad de

los procesos que cada alumno/a realiza en su aprendizaje, quienes participarán de

nuevas oportunidades de enseñanza a lo largo del ciclo lectivo;

Que en virtud de lo expuesto, deviene necesario y oportuno el dictado del acto

administrativo por el que se deje sin efecto la instancia de Boletín Abierto y se apruebe

el Proyecto de Promoción Acompañada, de conformidad con los lineamientos que se

detallan en los Anexos, que a todos los efectos forman parte integrante de la presente;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y haciendo uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Déjase sin efecto la Resolución N° 3789-SED/04 y/o cualquier otra norma

que establezca, reglamente o complemente la instancia de "Boletin Abierto" .

Artículo 2.- Apruébase el Proyecto de Promoción Acompañada, el que será obligatorio

para todos los alumnos/as desde el 2° grado hasta el 7° grado de Nivel Primario de

escuelas de gestión estatal, en el marco de las Direcciones Generales de Educación

de Gestión Estatal y de Educación Superior, ambas dependientes de la Subsecretaría

de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de conformidad con los

lineamientos detallados en el Anexo I (IF N° 8595421-DGEGE-17), el que a todos los

efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Apruébanse las Planillas de Seguimiento por alumno/a, individualizados

como Anexos II (IF N° 8595717-DGEGE-17), III (IF N° 8595947-DGEGE-17) y IV (IF

N° 8596113-DGEGE-17), los que a todos los efectos forman parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 4.- Delégase en la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad

Educativa la facultad de crear las normas complementarias que resulten necesarias

para la implementación del Proyecto aprobado por el artículo 1.

Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y

a la Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal y de Educación Superior.

Cumplido, archívese. Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5145

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 5118/MEDGC/22, deja sin efecto la Resolucion N° 1624-MEGC/17.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 1149-MEDGC/22 aprueba la implementación del Proyecto Maestro Acompañante de Trayectorias Escolares (MATE) para ser implementado en el nivel primario durante el Ciclo Lectivo 2022, en el marco del Proyecto de Promoción Acompañada, creado por Resolución 1624-MEGC/17.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 Resolución 964-MEDGC-21 aprueba  implementación del Proyecto Maestro Acompañante de Trayectorias Escolares -MATE- para ser implementado en nivel primario durante ciclo lectivo 2021, en el marco del Proyecto de Promoción Acompañada, creado por Resolución 1624-MEGC-17.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1504-ME-18 aprueba la implementación del Proyecto Maestro Acompañante de Trayectorias Escolares (MATE) para ser implementado en el nivel primario durante el ciclo lectivo 2018, en el marco del Proyecto de Promoción Acompañada, creado por la Resolución 1624-MEGC-17.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1 de la Resolución 1624/MEGC/17 deroga la Resolución 3789/SED/04 y/o cualquier otra norma que establezca, reglamente o complemente la instancia de Boletin Abierto</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 1535-MED/20 aprueba la implementación del Proyecto Maestro Acompañante de<br />Trayectorias Escolares (MATE) aprobado por Resolución N° 2571-MEGC/13 y su modificatoria N° 2403-MEIGC/18, para ser implementado en el nivel primario durante el ciclo lectivo 2020, en el marco del Proyecto de Promoción Acompañada, creado por la Resolución N° 1624-MEGC/17.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1920-MEIGC-19 aprueba la implementación del Proyecto Maestro Acompañante de<br />Trayectorias Escolares (MATE) aprobado por Resolución 2571-MEGC/13 y su modificatoria 2403-MEIGC/18, para ser implementado en el nivel primario durante el ciclo lectivo 2019, en el marco del Proyecto de Promoción Acompañada, creado por la Resolución 1624-MEGC/17.</p><p>Art. 2 autoriza a la Dirección General de Educación de Gestión Estatal y/o a la Dirección General de Escuelas Normales y Artísticas, conforme los lineamientos del proyecto MATE, detallados en el Anexo que la integra.</p>
INTEGRA
<p>Art. 2 de la Resolución 1624-ME-17 aprueba el Proyecto de Promoción Acompañada, el que será obligatorio<br />para todos los alumnos/as desde el 2 grado hasta el 7 grado de Nivel Primario de escuelas de gestión estatal, en el marco de lo establecido por Resolución 3278-ME-13.</p>