RESOLUCIÓN 1624 2017 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 3789-SED-04 - BOLETÍN ABIERTO - APRUEBA PROYECTO DE PROMOCIÓN ACOMPAÑADA - EVALUACIÓN Y APRENDIZAJE - CARÁCTER OBLIGATORIO - ALUMNOS DE SEGUNDO HASTA SÉPTIMO - GRADO DE NIVEL PRIMARIO - ESCUELAS DE GESTIÓN ESTATAL - DIRECCIONES GENERALES - DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - DE EDUCACIÓN SUPERIOR - APRUEBA PLANILLAS DE SEGUIMIENTO POR ALUMNO - DELEGA FACULTAD DE CREAR NORMAS COMPLEMENTARIAS - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
09/06/2017
Sanción:
02/05/2017
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
Estado:
No vigente
VISTO:
La Resolución del Consejo Federal de Educación N° 174/12, la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 5.460 y sus modificatorias, las
Resoluciones N° 3789-SED/04 y N° 3278-MEGC/13, el Expediente Electrónico N°
8.586.749/MGEYA-DGEGE/17, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que la ley de Ministerios N° 5.460 y sus modificatorias de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires establecen que el Jefe de gobierno es asistido en sus funciones por los
Ministerios, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere
dicha Ley;
Que en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación
diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social;
Que oportunamente por Resolución N° 3789-SED/04, se aprobó la implementación de
la instancia de Boletín Abierto como parte del proceso de evaluación, acreditación y
promoción para todas las escuelas de nivel primario dependientes de la Dirección
General de Educación Superior y de la Dirección de Educación Primaria;
Que, posteriormente, por la Resolución del Consejo Federal de Educación N° 174/12,
se aprobaron las pautas federales para el mejoramiento de la enseñanza y el
aprendizaje y las trayectorias escolares, en el nivel inicial y primario, así como su
regulación;
Que atento ello, por la Resolución N° 3278-MEGC/13 se reafirmó para la Ciudad de
Buenos Aires, las líneas planteadas por la Resolución del Consejo Federal de
Educación N° 174/12, en el ámbito del Ministerio de Educación;
Que por su parte, la Resolución N° 3278-MEGC/13 adopta el concepto de Promoción
Acompañada como una estrategia de intervención escolar orientada a atender de
manera intensiva a los alumnos/as que no manifiesten los logros de aprendizaje
esperados para el pasaje de un grado a otro;
Que en este sentido, la Dirección General de Educación de Gestión Estatal y la
Dirección General de Educación Superior, ambas dependientes de la Subsecretaría de
Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, promueven el Proyecto de Promoción
Acompañada para alumnos/as desde el 2° grado hasta el 7° grado, con el fin de
intensificar la enseñanza de los niños que llegan al último período del ciclo escolar sin
haberse apropiado de alguno/s contenidos nodales del año cursado;
Que a través del Proyecto mencionado, se pretende brindar a los niños/as un
acompañamiento, atendiendo de este modo las necesidades educativas específicas
de los mismos y el seguimiento de su trayectoria escolar;
Que asimismo, el Proyecto de Promoción Acompañada, promueve condiciones
favorables para el respeto por la diversidad de puntos de partida y la singularidad de
los procesos que cada alumno/a realiza en su aprendizaje, quienes participarán de
nuevas oportunidades de enseñanza a lo largo del ciclo lectivo;
Que en virtud de lo expuesto, deviene necesario y oportuno el dictado del acto
administrativo por el que se deje sin efecto la instancia de Boletín Abierto y se apruebe
el Proyecto de Promoción Acompañada, de conformidad con los lineamientos que se
detallan en los Anexos, que a todos los efectos forman parte integrante de la presente;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y haciendo uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Déjase sin efecto la Resolución N° 3789-SED/04 y/o cualquier otra norma
que establezca, reglamente o complemente la instancia de "Boletin Abierto" .
Artículo 2.- Apruébase el Proyecto de Promoción Acompañada, el que será obligatorio
para todos los alumnos/as desde el 2° grado hasta el 7° grado de Nivel Primario de
escuelas de gestión estatal, en el marco de las Direcciones Generales de Educación
de Gestión Estatal y de Educación Superior, ambas dependientes de la Subsecretaría
de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de conformidad con los
lineamientos detallados en el Anexo I (IF N° 8595421-DGEGE-17), el que a todos los
efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Apruébanse las Planillas de Seguimiento por alumno/a, individualizados
como Anexos II (IF N° 8595717-DGEGE-17), III (IF N° 8595947-DGEGE-17) y IV (IF
N° 8596113-DGEGE-17), los que a todos los efectos forman parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 4.- Delégase en la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad
Educativa la facultad de crear las normas complementarias que resulten necesarias
para la implementación del Proyecto aprobado por el artículo 1.
Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y
a la Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal y de Educación Superior.
Cumplido, archívese. Acuña