LEY DE APROBACIÓN INICIAL 1998
Síntesis:
FE DE ERRATAS - MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA 33387 - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - DESAFECTACIÓN DE EDIFICIOS - DISTRITO DE ZONIFICACIÓN U29 - POLO DE ATRACCIÓN LA RECOLETA - ZONA IV - AFECTACIÓN DE EDIFICIOS EQUIPAMIENTOS Y ESPACIOS VERDES - DISTRITO DE ZONIFICACIÓN APH -ÁREA DE PROTECCIÓN HISTÓRICA - CEMENTERIO DE LA RECOLETA - CENTRO CULTURAL COMPLEJO MUSEOLÓGICO MUNICIPAL -MUSEO PALAIS DE GLACE - PLAZA INTENDENTE ALVEAR - PLAZA SAN MARTÍN DE TOURS - PLAZA RAMÓN J CÁRCANO - CANTERO CHABUCA GRANDA - IGLESIA NUESTRA SEÑORA DEL PILAR
Publicación:
16/10/1998
Sanción:
10/09/1998
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Ley
(Aprobación inicialconforme lo establecido en los artículos 89 y 90 de la
Constitución delaCiudad Autónoma de Buenos Aires)
Artículo 1° - Desaféctanse del Distrito de Zonificación U29- Polo de Atracción La Recoleta Zona. IV, los siguientes edificios y equipamientos: Cementerio de la Recoleta, lglesia Nuestra señora del Pilar y Centro Cultural - Complejo Museológico Municipal.
Art. 2° - Aféctanse los edificios y equipamientos descriptos en el Art. 1°, al Distrito de Zonificación Ä
Area de Protección Histórica - APH.
Art. 3° - El Poder Ejecutivo elaborará las normas respectivas las que serán enviadas a la Legislatura para su aprobación en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días de recibida la presente. Asimismo se encomienda la modificación del Plano N° 5.4.6.30 del Código de Planeamiento Urbano AD.610.42.
Art. 4° - Publíquese y cúmplase con los artículos 89 inciso 3) y 90 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. Olivera - Grillo.