LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2002

Síntesis:

CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - GRADO DE INTERVENCIÓN 1 - CATÁLOGO DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO- SECTOR DEL MIRADOR DE INMUEBLE DE AV GRAL PAZ 13524

Publicación:

06/11/2002

Sanción:

17/10/2002

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Buenos Aires, 17 de octubre de 2002.

Ley
(Aprobación inicial conforme lo establecido en los
artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires)



Artículo 1° Catalógase con Nivel de Protección Cautelar y con grado de intervención 1, al sector correspondiente al Mirador, del inmueble localizado en la Avenida General Paz 13524 de esta Ciudad, asentado en la Circunscripción 1ra, Sección 76, Manzana 12, Parcela 10ª, en los términos del artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.

Artículo 2° Incorpórase el sector correspondiente al Mirador del inmueble catalogado por el Art. 1°, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.

Artículo 3° El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el artículo 1°.

Artículo 4° La altura máxima permitida para el resto de las edificaciones, no podrá superar la altura determinada por la cornisa superior del edificio, debiendo mantener el FOS desarrollado en la parcela.

Artículo 5° Toda nueva intervención en el inmueble descripto en el Art. 1° deberá ser evaluada por la autoridad correspondiente

Artículo 6° Publíquese y cúmplase lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad. FELGUERAS - Alemany

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