RESOLUCIÓN 962 2014 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
AUTORIZA - USO DE TRATAS RESERVADAS - SUMARIO - SUMARIO RESERVADO - INVESTIGACION PRESUMARIAL Y DENUNCIA LEYES 1225 Y 1845 - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
05/12/2014
Sanción:
02/12/2014
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO:
La Ley N° 3.304, los Decretos Nros. 3.360/68, 468/08, 196/11, la Resolución N° 35-
PG/14, el Expediente Electrónico N° 16.887.185-MGEYA-DGTALMJG/14, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 3.304 se creó el Plan de Modernización de la Administración Pública
con el fin de iniciar un proceso de modernización administrativa y promover la
aplicación de nuevas tecnologías de la información y comunicación en el Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud del referenciado Plan, por Decreto N° 196/11 se implementó el uso del
Expediente Electrónico en el Poder Ejecutivo de la Ciudad;
Que la citada actuación electrónica puede ser visualizada por cualquier usuario del
Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-;
Que, asimismo, para aquellos trámites que requieren confidencialidad, por la
sensibilidad del tema a tratar, se ha previsto la posibilidad de caratular tratas
reservadas;
Que, en ese sentido, el Decreto N° 3.360/68, en su artículo 10 establece que "El
sumario será secreto hasta el momento que se formulen en forma concreta los cargos
existentes en contra el imputado. La obligación de mantener dicho secreto se extiende
al personal que intervenga en su tramitación y al que, por cualquier motivo, tenga
conocimiento de hechos o circunstancias vinculadas al mismo";
Que, por su parte, la Ley N° 1.225, en su artículo 11, dispone: "Desde el inicio y hasta
la finalización del procedimiento sancionatorio, la autoridad interviniente debe adoptar
todos los recaudos necesarios que garanticen la confidencialidad, discrecionalidad y el
resguardo absoluto de la identidad de todos los involucrados. La reserva de la
identidad del damnificado se extiende aún después de concluido el procedimiento";
Que, en este marco, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
dictó la Resolución N ° 35-PG/14 mediante la cual se establece el uso de la trata
reservada para aquellos expedientes electrónicos que versen sobre sumarios,
investigación presumarial y denuncias relacionadas con las conductas estipuladas en
la Ley N° 1.225 y N° 1.845;
Que, a fin de garantizar la correcta tramitación de las tratas mencionadas corresponde
dictar el acto administrativo que establezca el uso de las tratas reservadas:
GENE0123A -SUMARIO-, GENE0123B - SUMARIO RESERVADO-, GENE0123C -
INVESTIGACION PRESUMARIAL- y GENE0123D - DENUNCIA LEY N° 1225 Y LEY
N° 1845- a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente de esta
Jefatura de Gabinete de Ministros.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Autorízase el uso de las tratas reservadas: GENE0123A -SUMARIO-,
GENE0123B
-
SUMARIO RESERVADO-, GENE0123C -INVESTIGACION
PRESUMARIAL- y GENE0123D - DENUNCIA LEY N° 1225 Y LEY N° 1845-, a la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente de esta Jefatura de
Gabinete de Ministros.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este
Ministerio, y a la Gerencia Operativa Administración de Aplicativos Informáticos
(GOAAI) dependiente de la Dirección General de Gestión Documental de la Secretaría
Legal y Técnica de Jefatura de Gobierno. Cumplido, archívese. Rodríguez Larreta