RESOLUCIÓN 963 2014 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
AUTORIZA USO DE TRATAS RESERVADAS - GENE0123A - SUMARIO - GENE0123B - SUMARIO RESERVADO - GENE0123C - INVESTIGACION PRESUMARIAL - GENE0123D - DENUNCIA LEY 1225 Y LEY 1845 - DIRECCIÓN GENERAL CUERPOS DE AGENTES DE CONTROL DEL TRÁNSITO Y EL TRANSPORTE - SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
05/12/2014
Sanción:
02/12/2014
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO:
La Ley N° 3.304, los Decretos Nros. 3.360/68, 468/08, 196/11, la Resolución N° 35-
PG/14, el Expediente Electrónico N° 16.901.237-MGEYA-DGCACTYT/14, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 3.304 se creó el Plan de Modernización de la Administración Pública
con el fin de iniciar un proceso de modernización administrativa y promover la
aplicación de nuevas tecnologías de la información y comunicación en el Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud del referenciado Plan, por Decreto N° 196/11 se implementó el uso del
Expediente Electrónico en el Poder Ejecutivo de la Ciudad;
Que la citada actuación electrónica puede ser visualizada por cualquier usuario del
Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-;
Que, asimismo, se ha previsto la posibilidad de caratular tratas reservadas para
aquellos trámites que requieren confidencialidad por la sensibilidad del tema a tratar;
Que, en ese sentido, el Decreto N° 3.360/68, en su artículo 10 establece que "El
sumario será secreto hasta el momento que se formulen en forma concreta los cargos
existentes en contra el imputado. La obligación de mantener dicho secreto se extiende
al personal que intervenga en su tramitación y al que, por cualquier motivo, tenga
conocimiento de hechos o circunstancias vinculadas al mismo";
Que, por su parte, la Ley N° 1.225, en su artículo 11, dispone: "Desde el inicio y hasta
la finalización del procedimiento sancionatorio, la autoridad interviniente debe adoptar
todos los recaudos necesarios que garanticen la confidencialidad, discrecionalidad y el
resguardo absoluto de la identidad de todos los involucrados. La reserva de la
identidad del damnificado se extiende aún después de concluido el procedimiento";
Que, en este marco, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
dictó la Resolución N ° 35-PG/14 mediante la cual se establece el uso de la trata
reservada para aquellos expedientes electrónicos que versen sobre sumarios,
investigación presumarial y denuncias relacionadas con las conductas estipuladas en
la Ley N° 1.225 y N° 1.845;
Que, a fin de garantizar la correcta tramitación de las tratas mencionadas corresponde
dictar el acto administrativo que autorice el uso de las tratas reservadas: GENE0123A
-SUMARIO-, GENE0123B -
SUMARIO RESERVADO-, GENE0123C -
INVESTIGACION PRESUMARIAL- y GENE0123D - DENUNCIA LEY N° 1225 Y LEY
N° 1845- a la Dirección General Cuerpos de Agentes de Control del Tránsito y el
Transporte dependiente de la Subsecretaría de Transporte de esta Jefatura de
Gabinete de Ministros;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Autorízase el uso de las tratas reservadas: GENE0123A -SUMARIO-,
GENE0123B
-
SUMARIO RESERVADO-, GENE0123C -INVESTIGACION
PRESUMARIAL- y GENE0123D - DENUNCIA LEY N° 1225 Y LEY N° 1845-, a la
Dirección General Cuerpos de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte
dependiente de la Subsecretaría de Transporte de esta Jefatura de Gabinete de
Ministros.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Cuerpos de Agentes de Control del Tránsito y el
Transporte dependiente de la Subsecretaría de Transporte de esta Jefatura de
Gabinete de Ministros, y a la Gerencia Operativa Administración de Aplicativos
Informáticos (GOAAI) dependiente de la Dirección General de Gestión Documental de
la Secretaría Legal y Técnica de Jefatura de Gobierno. Cumplido, archívese.
Rodríguez Larreta