DISPOSICIÓN 6 2014 DIRECCION GENERAL DE COORDINACION LEGAL
Síntesis:
APRUEBA MODELOS DE PLANTILLAS - PUBLICACIÓN BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD - EDICTOS PARTICULARES Y OFICIALES - COMUNICADOS Y AVISOS LICITACIONES - TRIMESTRALES DE CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS Y DE OBRA - PUBLICAR EN FORMATO PAPEL Y SOPORTE DIGITAL - DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN SUMINISTRADA - REQUISITOS GENERALES - TRANSFERENCIA DE HABILITACIÓN - RETIRO Y REDUCCIONES DE RESTOS - CONVOCATORIAS CITACIONES Y AVISOS COMERCIALES - DISOLUCIÓN DE UNIÓN CIVIL - INTIMACIONES Y ACTOS ADMINISTRATIVOS DE EXTRAÑA JURISDICCIÓN - LA PRESENTE DISPOSICIÓN ENTRARÁ EN VIGENCIA A PARTIR DE LOS TREINTA DÍAS CORRIDOS DE SU PUBLICACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN LEGAL
Publicación:
11/12/2014
Sanción:
05/12/2014
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE COORDINACION LEGAL
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 4.013, el Decreto N° 660/11 y modificatorios, la Disposición N° 11/DGCL/11,
el Expediente Electrónico N° 17.572.938/MGEYA/DGTAD/14; y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires, estableciendo en su artículo 29, punto 4, entre los objetivos de la
Secretaría Legal y Técnica, el administrar la publicación del Boletín Oficial e
implementar su difusión por los medios oficiales de comunicación;
Que por Decreto N° 660/11 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose entre las responsabilidades primarias de la Dirección General de
Coordinación Legal el contralor de la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Buenos Aires en tiempo y forma de los edictos, comunicados y avisos presentados a
tal fin;
Que en virtud de ello, mediante Disposición N° 11/DGCL/11 se estandarizaron y
aprobaron los modelos de planillas para la publicación en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires de los Edictos Particulares, Comunicados y Avisos, y
Licitaciones;
Que por otra parte, la Disposición mencionada estableció los requisitos que deben
cumplimentar quienes soliciten la publicación de Edictos Particulares, así como el
horario para su tramitación ante la Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro;
Que de la experiencia en la gestión de dichas publicaciones, y con miras a la mejora
continua del servicio administrativo que brinda la Dirección General de Coordinación
Legal a través de la Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro, surge la necesidad
de actualizar algunos requisitos y estandarizar los mismos lo que permitirá un mejor
control administrativo y evitar dispendios de tiempo de la administración y de los
particulares.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébanse los modelos de plantillas para la publicación en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires de los Edictos Particulares, Edictos Oficiales,
Comunicados y Avisos, Licitaciones, y Trimestrales de Contratos de Locación de
Servicios y de Obra, que como Anexo I (DI N° 17573448/DGCL/14), Anexo II (DI N°
17573487/DGCL/14), Anexo III (DI N° 17580238/DGCL/14), Anexo IV (DI N°
17580227/DGCL/14), y Anexo V (DI N° 17580207/DGCL/14), a todos sus efectos
forman parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- A los efectos de tramitar la publicación de Edictos Particulares, los
interesados deberán acompañar el correspondiente texto a publicar en formato papel,
y en soporte digital. El texto a publicar deberá confeccionarse en letra Arial 11, formato
de papel A4, con un ancho de página de 15 cm Escrito, margen superior 5,5 cm,
margen inferior 2,5 cm, margen derecho 3cm, margen izquierdo 3cm.
Artículo 3°.- El texto a publicar, deberá ser acompañado por una Declaración Jurada
sobre la Información
Suministrada, aprobada como Anexo VI
(DI N°
17580171/DGCL/14), y una Autorización para Publicar en caso de actuar en
representación de terceros, aprobada como Anexo VII (DI N° 17580158/DGCL/14), y
que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente. Las mismas estarán
disponibles para su descarga en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en la Sección del Boletín Oficial (boletinoficial.buenosaires.gob.ar), y
deberán encontrarse firmadas por el interesado o los interesados legitimados, y el
autorizado a publicar, según el caso;
Artículo 4°.- Establécese que a efectos de tramitar la publicación de Edictos
Particulares, en todos los casos corresponde cumplimentar la acreditación en original y
fotocopias legibles de la documentación que se señala a continuación:
a) El Documento Nacional de Identidad (DNI) donde consten los datos y el domicilio
actual del interesado o del presentante autorizado, según el caso;
b) En los casos de representación, el Documento Nacional de Identidad (DNI) del
representante o autorizado, y fotocopias del DNI del interesado o interesados
legitimados, en todos los casos en la que consten los datos y el domicilio actual de los
mismos.
c) En los casos de representación, originales o fotocopias certificadas notarialmente de
los instrumentos públicos o privados que acrediten la representación suficiente
invocada, según el caso;
d) Autorización para Publicar en el Boletín Oficial en caso de corresponder, otorgado al
presentante por el interesado o interesados legitimados.
Artículo 5°.- Sin perjuicio de los requisitos generales mencionados en los artículos 2°,
3° y 4° de la presente Disposición, los interesados en efectuar publicaciones en el
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires deberán, de acuerdo a la publicación que
se propicie efectuar, cumplimentar con la presentación de la documentación que se
detalla a continuación:
a) Transferencia de Habilitación. Informe de consulta de padrón emitida por la
Dirección de Habilitaciones y Permisos de la Agencia Gubernamental de Control. En
caso de que el presentante sea una de ambas partes (comprador - vendedor), original
y copia del DNI de quien realice el trámite, y copia del DNI de la otra. En caso de que
quien realice el trámite no sea una de dichas partes, el presentante deberá acreditar
su DNI y copia, original y copia de la documentación respaldatoria de la representación
invocada, autorización escrita para realizar dicha publicación, y copias del DNI de las
partes. Si cualquiera de las partes (comprador - vendedor) fueran personas jurídicas,
el/los firmantes deberán acreditar original y copia de la documentación respaldatoria
de la representación invocada junto con la autorización escrita para realizar dicha
publicación. El texto a publicar deberá mencionar los datos del anterior titular, su
intención de transferencia de habilitación comercial y los datos del nuevo titular.
Asimismo, contener todos los datos que figuren en el Informe emitido por la Dirección
General de Habilitaciones y Permisos: rubros, expediente, domicilio y direcciones.
b) Retiro y Reducciones de Restos. Nota de pedido de publicación firmada por el titular
o cotitulares interesados, de la que surjan los datos de los mismos, junto con copias
del DNI. Deberá acreditarse original y copia del título de concesión. Para el caso de
imposibilidad en cumplimentar el recaudo referido, se deberá acreditar copia de la
declaración jurada suscripta por el titular o alguno de los cotitulares en la que conste la
recepción de la Dirección General de Cementerios, o el informe certificado emitido por
dicha Dirección General de Cementerios en virtud de la Ley N° 4.977. Si el titular o
cotitulares fueran personas jurídicas, el/los firmantes deberán acreditar original y copia
de la documentación respaldatoria de la representación invocada de aquellas. La
publicación deberá contener la citación a los familiares y/o herederos y/o titulares
interesados, haciéndoles saber que en caso de no presentar reclamo alguno se
dispondrá el retiro de los cadáveres o restos, o la cremación de los cadáveres de las
personas que se individualizarán y tendrán el destino que aquellos soliciten.
c) Convocatorias, Citaciones y Avisos Comerciales. Nota de pedido de publicación
indicando la cantidad de días de publicación. La nota de pedido como el texto a
publicar deberán ser suscriptos con firma del Presidente o Vicepresidente certificada
notarialmente, y deberán acompañarse copias del DNI de los mismos. Original y copia
del DNI del presentante, de la autorización para realizar la publicación, y de la
documentación respaldatoria de la representación invocada.
d) Disolución de Unión Civil. Copia del acto administrativo emitido por el Registro Civil
y Capacidad de las Personas, ordenando la publicación de edictos. Original y copia del
DNI del interesado. En caso de representante, se deberá acreditar original y copia de
la documentación respaldatoria de la representación invocada, junto con fotocopia del
DNI del interesado y autorización para realizar la publicación.
e) Intimaciones y Actos Administrativos de Extraña Jurisdicción. Copia fiel del original
a publicar, de donde surja la orden de publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Buenos Aires. Original y copia del DNI de la persona que realice el trámite.
Autorización para realizar la publicación otorgada por el funcionario que dictó el acto
administrativo de la que surjan los datos del presentante.
Artículo 6°.- Los Edictos Particulares deberán tramitarse los días hábiles en la
Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro en el horario comprendido entre las 9.30
hs. y 14.30 hs.
Artículo 7°.- Derógase la Disposición N° 11/DGCL/11.
Artículo 8°.- La presente Disposición entrará en vigencia a partir de los treinta (30) días
corridos de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 9°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las
reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires, a la Sindicatura de la Ciudad de Buenos Aires, a los organismos
descentralizados de la Ciudad de Buenos Aires, y a la Gerencia Operativa Boletín
Oficial y Registro. Cumplido, archívese. Triviño Valdez
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4540