RESOLUCIÓN 231 2014 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO POLICIAL - HABILITA EN FORMA EXCEPCIONAL UN PERÍODO EXTRAORDINARIO DEL III PLAN ANUAL DE EVALUACIÓN DE LA POLICÍA METROPOLITANA - DESIGNACIÓN DE PROFESORES ADJUNTOS PARA CAPACITACIÓN
Publicación:
12/12/2014
Sanción:
04/12/2014
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO:
Las Leyes N° 2.894, N° 2.895 y N° 2.947, el Decreto N° 391/11, las Resoluciones N°
6/ISSP/2012, N° 12/ISSP/12, N° 51/ISSP/12, N° 1/ISSP/13 y N° 14/ISSP/13, la Nota
N° 17484354/SAISSP/2014, el Memorándum N° 17227272/SICYPDP/2014, el
Expediente Electrónico N° 17397523/MGEYA/SGISSP/14, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.894, establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema de
Seguridad Pública de la Ciudad de Buenos Aires y encomienda al Gobierno de la
Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e
institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública, creado por dicha ley, tiene la misión de
formar profesionalmente y capacitar funcionalmente, al personal de la citada Fuerza de
Seguridad;
Que la Ley N° 2.895, instaura los principios básicos para la capacitación, formación e
investigación científica y técnica en materia de seguridad pública y la formación y
capacitación del personal policial;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública, se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública a través de
la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados y la
producción de conocimientos científicos y técnicos sobre la seguridad;
Que el Artículo 9 de la Ley N° 2.895, dispone que a fin de institucionalizar el control
sobre la formación y desempeño de todos los grados y niveles de la estructura
organizativa de la Policía Metropolitana, la formación y capacitación debe incluir el
desarrollo permanente de las competencias propias del quehacer policial;
Que en ese marco, se dictó en una primera etapa la Resolución N° 6/ISSP/2012, por
medio de la cual se aprobó el "Plan Anual de Evaluación del Personal de la Policía
Metropolitana" para el año 2012, con carácter obligatorio para el personal con estado
policial de la Policía Metropolitana que incluyó una evaluación de tiro, una evaluación
médica y otra de rendimiento físico;
Que en una segunda etapa, se dictó la Resolución N° 51/ISSP/12, por medio de la
cual se establecieron de manera específica los planes anuales de entrenamiento y
evaluación en Tiro y en Condición Atlética, con carácter obligatorio para el personal
policial de la Policía Metropolitana;
Que mediante la Resolución N° 1/ISSP/13, se dispuso incorporar al "Plan Anual de
Evaluación del Personal de la Policía Metropolitana", establecido por la Resolución N°
6/ISSP/2012, una Instancia de Entrenamiento Académico fijando sus contenidos;
Que asimismo, la norma supra referenciada indica en su Artículo 2 que "los oficiales
de la Policía Metropolitana que no acrediten haber superado todas las etapas que
integran el "Plan Anual de Evaluación del Personal de la Policía Metropolitana" (...)
durante el año inmediato anterior, no podrán inscribirse en los cursos previstos en el
Artículo 21, inciso c) de la Ley N° 2.947 y Artículo 68 del Decreto Reglamentario N°
391/11...";
Que la Ley N° 2.947, establece en su Artículo 6° que "Son deberes esenciales para el
personal de la Policía Metropolitana: ... h) Asistir a las actividades de capacitación,
actualización, entrenamiento y/o especialización que establezca el Plan de Educación
Institucional";
Que la Jefatura de la Policía Metropolitana, solicitó la intervención del Instituto
Superior de Seguridad Pública en relación a la diagramación en un período
"Extraordinario" del Plan Anual de Evaluación 2013 - 2014, para el personal que fuera
detallado en el Memorándum N° 17227272/SICYPDP/2014;
Que en esa inteligencia, se estima necesario habilitar en forma excepcional, un
período extraordinario para el personal de la Policía Metropolitana que no concurrió
oportunamente, por razones oportunamente justificadas a criterio de la Jefatura de la
fuerza, al "III Plan Anual de Evaluación de la Policía Metropolitana";
Que la Resolución N° 14/ISSP/13, en su Artículo 2 aprobó el Reglamento Académico
del Instituto Superior de Seguridad Pública, el cual fija las funciones, requisitos y
categorización de los docentes de esta casa de estudios;
Que por medio de la Nota N° 17484354/SAISSP/2014, el Sr. Secretario Académico
elevó la propuesta de designación de capacitadores para la instancia de Evaluación
Académica;
Que en esa inteligencia, resulta necesario designar a los profesores que se
encontrarán a cargo del dictado de la mencionada instancia, quienes reúnen los
requisitos de idoneidad suficientes para el cumplimiento de las tareas que se les
asignan;
Que se ha dado cumplimiento a las exigencias necesarias para realizar las presentes
designaciones conforme obra glosado en el Expediente Electrónico citado en el Visto,
por lo que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Habilitar en forma excepcional, un período extraordinario del "III Plan Anual
de Evaluación de la Policía Metropolitana", comprendido entre los días 2 y 4 de
Diciembre de 2014, en la sede del Instituto Superior de Seguridad Pública, para el
personal de la Policía Metropolitana que no tomó parte del mismo.
Artículo 2.- Designar Profesores Adjuntos Ad Honorem de la Instancia de Evaluación
Académica, a los Dres. Mauro Andrés Tereszko (D.N.I. N° 23.487.139) y Norberto
Alejandro Brotto (D.N.I. N° 20.521.436), por el período comprendido entre los días 2 y
4 de Diciembre de 2014.
Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, comuníquese a la Jefatura de la Policía Metropolitana, a la Dirección
General de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana, a la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a la Secretaría
Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública y a la Dirección de Recursos
Humanos del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. De
Langhe