RESOLUCIÓN 244 2014 FISCALÍA GENERAL

Síntesis:

  AMPLÍA LA ESTRUCTURA INTERNA DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL - INCORPORACIÓN - FISCALÍA GENERAL -  SECRETARÍA GENERAL ELECTORAL Y SEGUIMIENTO PENITENCIARIO - APRUEBA MISIONES Y FUNCIONES 

Publicación:

12/12/2014

Sanción:

09/12/2014

Organismo:

FISCALÍA GENERAL


VISTO:

Los artículos 124, 125 y 126 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, la Ley N° 4891, las Resoluciones del Consejo de la Magistratura n° 477/05,

169/07, 436/07, 737/07, 309/09, 404/09, 880/09 y 89/14 y, las Resoluciones del Fiscal

General 417/07,162/08,41/09, 44/09, 90/14, 240/14, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

dispone la autonomía funcional y autarquía del Ministerio Público dentro del Poder

Judicial, lo que es reafirmado por los artículos 1, 3 y 23 de la Ley Orgánica del

Ministerio Público N° 4891;

Que asimismo, el constituyente local dispuso su integración tripartita, estableciendo la

titularidad del mismo en cabeza de un o una Fiscal General, un Defensor o Defensora

General y un Asesor o Asesora General de Incapaces;

Que el artículo 17 de la Ley N° 4891, dispuso las responsabilidades y atribuciones a

cargo del Ministerio Público;

Que el artículo 22, inc. 6 incluyó entre las atribuciones y deberes de cada titular del

Ministerio Publico, en relación a sus respectivas facultades de gobierno: "Reorganizar

la estructura interna y realizar las reasignaciones del personal de acuerdo a las

necesidades del servicio";

Que el artículo 22, inciso 5 de la mentada ley, incluyó entre las atribuciones de los

titulares del Ministerio Público, la elaboración y proposición al Plenario del Consejo de

la Magistratura de las ampliaciones a la estructura orgánica necesarias para el normal

y eficiente cumplimiento de las tareas que le son propias;

Que el Consejo de la Magistratura, a través de las Resoluciones citadas en el visto,

dispuso oportunamente la creación de diferentes niveles de la estructura organizativa

del Ministerio Público Fiscal;

Que desde esta perspectiva, corresponde al Ministerio Público Fiscal arbitrar medidas

tendientes a su organización y fortalecimiento institucional enderezadas a

cumplimentar objetivos específicos tales como la intervención que le corresponde en

materia electoral y el seguimiento penitenciario como vehículo para facilitar políticas

públicas en relación a la nueva estructura jurisdiccional frente a los actuales y futuros

convenios de transferencia de competencias penales.

Que en el marco de las competencias que actualmente se detentan en materia penal,

contravencional y de faltas, sumadas a las que inexorablemente habrán de

transferirse, se impone que este Ministerio Público Fiscal genere estructuras acordes

al seguimiento y control de institutos carcelarios y personas privadas de su libertad por

orden de autoridades pertenecientes al Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.

Que también los art. 5.6 de la Convención Americana de los Derechos del Hombre

(Pacto de San José de Costa Rica); art. 10.3 del Pacto Internacional de los Derechos

Civiles y Políticos; arts. 1.1, 10.1, 11, 12, 13 de la Convención Contra la Tortura y

Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; arts. 7 y 10 del Pacto

Internacional de Derechos Civiles y Políticos; arts. 18, 28, 31, 75 inc. 22 de la

Constitución Nacional; arts. 10, 13 inc. 7, 15 y 125 de la Constitución de la Ciudad de

Buenos Aires, Ley 24.660 de la Nación y Ley 4891 de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires tornan imperativo el máximo esfuerzo en el contralor del cumplimiento de normas

que regulan al sistema penitenciario y los problemas relacionados con las personas

apresadas.

Que por su parte los arts. 23 de la Convención Americana de los Derechos del

Hombre; art. 20 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre;

art. 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; art. 25 del Pacto

Internacional de Derechos Civiles y Políticos; arts. 22, 28, 31, 37 y 75 inc. 22 de la

Constitución Nacional; arts. 1, 10, 30, 61, 62 y 113 de la Constitución de la Ciudad de

Buenos Aires; Código Nacional Electoral (Ley 19.945 y modificatorias); Leyes 12, 268,

402 y 4891 de la Ciudad de Buenos Aires también obligan a este Ministerio Público

Fiscal a intervenir con una organización especializada, en el marco de sus

competencias, a fin de garantizar el sufragio y la regularidad de los actos electorales

como pilares fundamentales de nuestro sistema representativo.

Que todo ello, ratifica y legitima la necesidad de contar con una estructura específica

que garantice la elaboración de políticas públicas afines.

Que por Resolución FG N° 240/14 se nominó en los términos del art. 31, inc. 7 de la

ley 1.903, texto según ley 4891, al Dr. Luis Cevasco, entre los días 7 al 12 de

diciembre de 2014, en reemplazo del Sr. Fiscal General.

Por ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 3, 18 y 22 de la Ley 4.891,

EL FISCAL GENERAL ADJUNTO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°: Ampliar la estructura interna del Ministerio Público Fiscal para el normal y

eficiente cumplimiento de las tareas, con las respectivas misiones y funciones que

como Anexo I forman parte integrante de la presente.

Artículo 2°: Proponer al Plenario del Consejo de la Magistratura la ampliación a la

estructura interna del Ministerio Público Fiscal de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 1°

Artículo 3°: Proponer al Plenario del Consejo de la Magistratura la adecuación y

derogación de toda norma contraria a la estructura detallada en el Anexo I.

Artículo 4°: Regístrese, publíquese en la página de internet de este Ministerio Público

Fiscal y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese al

Consejo de la Magistratura, a la Asesoría General Tutelar y a la Defensoría General.

Oportunamente archívese. Cevasco


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4541

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 244-FG-14, aprueba las misiones y funciones de la Secretaría General Electoral y de Seguimiento Penitenciario, en el marco de la Resolución 15-FG-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución de presidencia 1032-CM-14, aprueba la ampliación de la estructura orgánica del Ministerio Público Fiscal propuestas por conducto de la Resolución FGA 244-FG-2014.</p>