RESOLUCIÓN 15 2013 FISCALÍA GENERAL

Síntesis:

ESTRUCTURA ORGÁNICA - ORGANIZATIVA - PODER JUDICIAL - FISCALÍA GENERAL - MISIONES Y FUNCIONES - SECRETARÍA GENERAL DE GESTIÓN JURISDICCIONAL - ASIGNACIÓN PROVISORIA - ADMINISTRADOR DE UNIDADES DE APOYO DE LAS UNIDADES FISCALES - SECRETARÍA GENERAL DE POLÍTICA CRIMINAL Y PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA - FERNANDO YURI - DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS - MILENA RICCI - SUBADMINISTRADORA DE UNIDADES DE APOYO DE LAS UNIDADES FISCALES - UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES - MINISTERIO PÚBLICO FISCAL - MARÍA VERÓNICA BROILO - SECRETARIA DE CÁMARA - DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES - OFICINA DE RELACIONES INSTITUCIONALES - NORBERTO RUBÉN JACOD - OFICINA DE RELACIONES INSTITUCIONALES - MARTA LEYBOR - COORDINACIÓN DE LA SECRETARÍA PRIVADA

Publicación:

28/01/2013

Sanción:

18/01/2013

Organismo:

FISCALÍA GENERAL


VISTO:

Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

las Leyes N° 7, 1903 y 3318, los concursos públicos de oposición y antecedentes N°

29/06, 37/10 y N° 42/10; las Resoluciones FG N° N° 41/09, 71/09, 178/09, 205/09,

222/09, 241/09, 335/09, 369/09, 419/09, 2/10, 5/10, 26/10, 170/10, 231/10, 284/10,

365/10, 405/10, 426/10, 427/10, 15/11, 17/11 y 110/11; los dictámenes de la

Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica 9/07, 19/07, 26/07,

27/07, 44/08, 69/09, 97/10, 126/12 y 130/12; y las Resoluciones Pres. CM N° 1234/12

y 1255/12, y la Actuación Interna N° 22.896/12 del registro de la Fiscalía General,

Y CONSIDERANDO:

I.- Que el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires le

reconoce al Ministerio Público autonomía funcional y autarquía, lo que es reafirmado

por los artículos 1°, 22 y concordantes de la Ley 1903, Orgánica del Ministerio Público.

Que, de acuerdo con el artículo 3° de la Ley N° 1903, el gobierno y administración del

Ministerio Público estan a cargo de sus titulares, señalando su artículo 18 que la

Fiscalía General y los demás ámbitos del Ministerio Público, cada uno en su respectiva

esfera, ejercen los actos que resultaren necesarios para el cumplimiento de las

funciones encomendadas (inc. 3°), pudiendo designar a los funcionarios y empleados

en el marco de las partidas presupuestarias aprobadas por la Legislatura (inc. 6°).

II.- Que la Ley 3318, modificatoria de la Ley 1903 -Orgánica del Ministerio Público-

amplió en 17 el número de Fiscalías de 1° Instancia entonces existentes (16 fiscalías

del Fuero Penal, Contravencional y de Faltas y 1 del Fuero Contencioso,

Administrativo y Tributario) y en 4 el de Fiscalías de Cámara (3 fiscalías del Fuero

Penal, Contravencional y de Faltas y 1 del Fuero Contencioso, Administrativo y

Tributario), sumando a las ya existentes un total de 21 fiscalías. De ese modo, la

implementación de la Ley 3318 incrementó el número de Fiscalías de 1° Instancia a

44, y el de Fiscalías de Cámara a 7, un total entre ambas de 51 fiscalías.

Que, por otra parte, dicha ley estableció que el personal del Ministerio Público que se

integrase a partir de su sanción se debe conformar con, al menos, un 50% de personal

que revista en el Consejo de la Magistratura (cláusula transitoria cuarta).

Que, en ese contexto, se dictaron las Resoluciones de Presidencia CM N° 1235/12 y

1255/12, del Consejo de la Magistratura, por las que se dispuso el pase "con la

correspondiente partida presupuestaria" de los agentes que se detallan en el anexo I

de la primera de ellas modificada por la segunda- al Ministerio Público Fiscal,

manteniendo la categoría de revista, la permanencia en el cargo y la antigüedad.

Que la Nota Presidencia 571/12, puso en conocimiento de esta Fiscalía el dictado de

las resoluciones de Presidencia citadas, la que fue respondida el mismo día por medio

de la Nota FG N° 656/12, indicando entre otras cosas que hasta tanto no se

coordinase el procedimiento correspondiente, no sería posible efectivizar la recepción

de los agentes referidos en la medida del Consejo.

Que en virtud de ello, el pase de agentes que prestaban servicios en el Consejo de la

Magistratura a este Ministerio Público Fiscal se acordó mediante la suscripción -entre

el Presidente del referido Consejo y el Ministerio Público- del "ACTA DE TRASPASO

DE PERSONAL DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA AL MINISTERIO PÚBLICO

DE LA CABA", que el mismo se operativizaría en enero de 2013; y en su apartado 4)

concluye que, para hacerse efectivo dicho traspaso, se deberá recomponer el crédito

presupuestario del inciso 1, para el programa 30 de la Jurisdicción 5, en la suma de

$ 20.596.369,01, monto destinado a afrontar las erogaciones en concepto de salarios

del personal a transferirse. De dicha acta se colige que la transferencia se

materializaría durante el ejercicio 2013, y no en diciembre de 2012, como lo disponía

originalmente la Resolución Presidencia CM 1235/12.

III.- Que es menester consignar que, por otra parte, los cargos del personal del Anexo I

de la Resolución Presidencia CM N° 1235/12 modificada por su similar 1255/12-, no

se condicen con los perfiles de las reservas de cargos realizadas por este Ministerio

Público Fiscal mediante Resoluciones FG N° 285/12, 332/12 y 534/12, en atencion a lo

normado por la ley 3318 y específicamente las disposiciones de la Ley 1903. Asi, los

perfiles profesionales o laborales de algunos de los agentes transferidos, no serían los

adecuados para desempeñarse en las unidades fiscales de los fueros Contencioso

Administrativo y Tributario y Penal, Contravencional y de Faltas, situacion que obliga a

este Ministerio Publico Fiscal a asignar funciones en otras dependencias. Para ello se

ha tenido en consideración que prestan todas ellas un apoyo fundamental a las

unidades judiciales, realizando de esta manera una reasignación interna de personal

conforme las facultades de gobierno del organismo atribuidas al suscripto por la

Constitución de la Ciudad y la Ley 1903, y con el objeto de poder dar debido

cumplimiento con la manda de la cláusula transitoria cuarta de la Ley 3318.

Que, además, es necesario poner de relieve que el personal transferido ostenta, en

general, categorías elevadas dentro del escalafón, lo que además de producir serios

inconvenientes en el proceso de traspaso, debido a la dificultad de determinar los

destinos a ser asignados sin que dicha medida provoque un desequilibrio desmedido

en las estructuras ya existentes-, dio cauce a la necesidad imperiosa de disponer la

reestructuración de diversas áreas de la Fiscalía General, de modo de mitigar en lo

posible dicho impacto.

Que tanto la designación del personal dentro de la estructura interna, como la

modificación, reducción o reorganización de ésta, es competencia propia de cada

titular del Ministerio Público dentro de su ámbito, de modo que es facultad del

suscripto el realizar una reasignación interna del personal de conformidad con las

potestades de administración atribuidas por la Constitución de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y por la Ley 1903 Orgánica del Ministerio Público Fiscal. Tales

facultades deben extenderse e interpretarse ampliamente en circunstancias como la

descripta en el presente acto, al derivarse de una profunda reestructuración del Poder

Judicial en estricto cumplimiento de una manda legal que así lo dispone.

Que dicha modificación de la estructura en conjunto del Poder Judicial, involucra un

traspaso masivo de personal, como el aprobado mediante Resoluciones CM N°

1235/12 y N° 1255/12. En esas circunstancias, las facultades del suscripto encuentran

fundamento institucional, en tanto titular del gobierno y administración del Ministerio

Público Fiscal, facultades que además encuentran fundamento en los principios de

autonomía y autarquía reconocidos por la Constitución de la Ciudad y las leyes

Orgánica del Poder Judicial y del Ministerio Público y sus modificatorias.

IV.- Que mediante Resolución FG N° 332/12 se aprobó un nuevo esquema de

organización del Ministerio Público Fiscal, previéndose la incorporación de la

Secretaría General de Gestión Jurisdiccional, que actuará en el ámbito de la Fiscalía

General Adjunta en lo Penal, Contravencional y de Faltas, y de la cual pasarán a

depender las oficinas de servicios comunes (como la Unidad de Apoyo para los casos

de violencia doméstica). Hasta el inicio de sus actividades y puesta en efectivo

funcionamiento, se ha previsto que sus funciones queden bajo la órbita de la

Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica.

Que por Resoluciones FG 332/12 y 534/12 se instituyó la figura del "Secretario de

Gestión Jurisdiccional" que, más allá de las misiones y funciones específicas que

oportunamente se le asignarán, tendrá a su cargo la gestión operativa de las oficinas

de servicios comunes que integran las Unidades Fiscales -Unidad de Intervención

temprana (U.I.T.), Unidad de Tramitación Común (U.T.C.) y la Unidad de Apoyo a los

casos de violencia de género-. A tal efecto, organizará y coordinará la intervención de

las mentadas oficinas conforme un accionar coherente y ordenado, velando siempre

por el cumplimiento de los principios rectores del modelo organizacional que rige el

funcionamiento de las oficinas judiciales del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de

Buenos Aires.

Que en virtud de ello, hasta tanto se ponga efectivamente en funciones la mencionada

Secretaría de Gestión Jurisdiccional corresponde aprobar las misiones y funciones de

dicha dependencia, y asignar su gestión a funcionarios de este Ministerio Público

Fiscal, resultando el Dres. Fernando YURI como "Administrador de Unidades de

Apoyo de las Unidades Fiscales", y la Dra. Milena RICCI como "Subadministradora de

Unidades de Apoyo de las Unidades Fiscales", agentes con perfiles adecuados para

asumir dichas responsabilidades, contando los mencionados agentes con una

importante experiencia en el campo de las resoluciones alternativas de los conflictos,

las estadísticas y en los procesos de modernización judiciales, ya que se han

desempeñado en la Dirección de Política Judicial y en el Departamento de

Investigación, Estudios y Proyectos de dicha institución, respectivamente.

Que adicionalmente y hasta tanto se aborde definitivamente la restructuración de las

oficinas comunes que funcionan en las unidades fiscales CAyT, producto del profundo

rediseño de las viejas fiscalias, éstas deberan también quedar bajo la supervision del

Dr. YURI, asumiendo las funciones "Administrador de Unidades de Apoyo de las

Unidades Fiscales", todo ello conforme lo sugerido por la Secretaría General de

Política Criminal y Planificación Estratégica mediante dictamen SGPCyPE N° 134/13.

V.- Que el art. 21 inc. 6° de la Ley 1903 establece que es competencia de cada titular

de cada ámbito del Ministerio Público reorganizar la estructura interna y realizar las

reasignaciones del personal de acuerdo a las necesidades del servicio.

Que mediante el art. 1° de la Resolución CM N° 169/2007, el Consejo de la

Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó los cargos de Secretarios

Generales y las Oficinas dependientes de éstas; en consonancia, la Resolución CM N°

436/2007 asigna las misiones y funciones de la Secretaria General de Coordinación de

este Ministerio Público.

Que el mencionado Consejo, mediante la Resolución CM N° 737/2007 aprobó las

propuestas de estructura organizativa del Ministerio Público Fiscal, de conformidad a

lo establecido en el art. 21 inc. 5° de la Ley 1903.

Que la Ley 2095 establece las normas básicas para los procesos de compras, ventas

y contrataciones de bienes y servicios del Sector Público de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires; siendo que su art. 17 establece que el Sistema de Compras y

Contrataciones estará integrado por Unidades Operativas de Adquisiciones, y que las

mismas corresponden a las áreas que tienen a su cargo la gestión de las

contrataciones.

Que conforme lo expuesto, surge la necesidad de efectuar un ajuste en la estructura

interna de la Secretaría General de Coordinación de este Ministerio Público Fiscal para

continuar con una gestión eficaz de los recursos presupuestarios del Poder Judicial y

evitar la sobrecarga de tareas existentes en el ámbito de la Oficina de Programación y

Control Presupuestario y Contable.

Que, en tal sentido, resulta necesario independizar la Unidad Operativa de

Adquisiciones bajo la supervision directa de la Secretaría General de Coordinación,

quedando el Departamento de Compras y Contrataciones en el ámbito de dicha

Unidad, ello, para lograr mejor respuesta a las necesidades generadas por la creación

de las nuevas Fiscalías.

Que esta restructuración persigue como objetivo la plena satisfacción en el

cumplimiento de las misiones y funciones de cada área, la optimización de los

recursos humanos, dotando de mayor transparencia y celeridad a la gestión de los

procesos administrativos que les son propios y por ende propiciar una prestación de

servicio de justicia más eficaz.

Que, para lograr los objetivos aludidos resulta necesario, en términos de una mejor y

eficiente organización administrativa -y a efectos de evitar la duplicación innecesaria

de estructura-, disponer que el Departamento de Compras y Contrataciones pase a

depender de la Unidad Operativa de Adquisiciones.

Que, asimismo, en virtud de su perfil y antecedentes, corresponde que la Cdora. Maria

Verónica BROILO (Legajo N° 1984), quien ha sido transferida del Consejo de la

Magistratura a este Ministerio Público Fiscal, y se ha desempeñado como Jefa del

Departamento de Compras, y como Directora de la Unidad de Auditoría Interna de

dicho Consejo con una categoría 2-, pase a revistar en la función de Jefa del la

Unidad Operativa de Adquisiciones, quedando bajo su responsabilidad el

Departamento de Compras y Contrataciones.

VI.- Que, además, resulta de mérito establecer que el Dr. Norberto Rubén JACOD

(Legajo N° 2310), quien se ha desempeñado en la Dirección de Implementación y

Seguimiento de las Políticas de Transferencia de Competencias -teniendo un rol

preponderante en la confección de proyectos de implementación de la Justicia Vecinal-

, pase a desempeñarse como titular de la Oficina de Relaciones Institucionales con el

cargo de Secretario de Cámara.

VII.- Que, en virtud de la reestructuración motivada por la transferencia de personal

dispuesta, corresponde entre otras medidas-, establecer nuevas funciones para el

Secretario de Gestión Judicial, la Oficina de Relaciones Institucionales y la Unidad

Operativa de Adquisiciones.

VIII.- Que ha tomado intervención en las presentes actuaciones el Departamento de

Presupuesto y Contabilidad mediante Informe DPC 16/13.

Que, además, tomó la intervención que le compete el Departamento de Asuntos

Jurídicos, mediante Dictamen ODLyT 11/13.

Por ello, y de conformidad con lo dispuesto por la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires en sus arts, 124 y ss, y la Ley N° 1903,

EL FISCAL GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar las misiones y funciones de la Secretaría General de Gestión

Jurisdiccional que se detallan en el Anexo I de la presente.

Artículo 2.- Asignar provisoriamente, y hasta tanto se apruebe la creación de la

Secretaría General de Gestión Jurisdiccional, las funciones mencionadas en el artículo

anterior al "Administrador de Unidades de Apoyo de las Unidades Fiscales" respecto

de las siguientes oficinas de servicios comunes: Unidad de Coordinación de Primera

Instancia CAyT, Unidad de Coordinación de Segunda Instancia CAyT, Oficina de

Estadísticas y Apoyo Jurisprudencial, Unidades de Intervención Temprana PCyF,

Oficina de Apoyo e Intervención Inicial de la Unidad Fiscal con Competencia Especial

Única y las Unidades de Apoyo para los casos de violencia doméstica.

Artículo 3.- Disponer que el Administrador de Unidades de Apoyo de las Unidades

Fiscales se desempeñe dentro de la Secretaría General de Política Criminal y

Planificación Estratégica hasta tanto se apruebe la creación de la Secretaría General

de Gestión Jurisdiccional

Artículo 4.- Disponer que el Dr. Fernando YURI (Legajo N° 1819), manteniendo su

categoría de revista, se desempeñe en la Secretaría General de Política Criminal y

Planificación Estratégica con las funciones de "Administrador de Unidades de Apoyo

de las Unidades Fiscales", asignándole la dirección de las funciones dispuestas para la

Secretaría General de Gestión Jurisdiccional, hasta tanto ésta se ponga en funciones.

Artículo 5.- Disponer que la Dra. Milena RICCI, manteniendo su categoría de revista,

se desempeñe en la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica

con las funciones de "Subadministradora de Unidades de Apoyo de las Unidades

Fiscales", dependiente del "Administrador de Unidades de Apoyo de las Unidades

Fiscales".

Artículo 6.- Modificar el artículo 1° de la Resolución FG N° 126/2007, que quedará

redactado de la siguiente manera: "Artículo 1° - Constituir la Unidad Operativa de

Adquisiciones del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -

prevista por el artículo 17 de la Ley 2095-, la que funcionará en el ámbito de la

Secretaría General de Coordinación, debiendo intervenir en todos los procesos de

adquisiciones que se realicen dentro de este Ministerio Público Fiscal."

Artículo 7.- Designar como titular de la Unidad Operativa de Adquisiciones a la C.P.

María Verónica BROILO (Leg. 1984), con cargo de secretaria de cámara, dependiente

de la Secretaría General de Coordinación.

Artículo 8.- Modificar el artículo 3° de la Resolución FG N° 126/2007, que quedará

redactado de la siguiente manera: "Artículo 3° - Constituir domicilio de la citada Unidad

Operativa de Adquisiciones, en Paseo Colon 1333, 10° piso de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires."

Artículo 9.- Modificar el artículo 4° de la Resolución FG N° 126/2007, que quedará

redactado de la siguiente manera: "Artículo 4°.- Constituir en la órbita de la Unidad

Operativa de Adquisiciones, dependiente de la Secretaría General de Coordinación, la

Comisión de Evaluación de Ofertas dispuesta por el art. 105 de la Ley N° 2095."

Artículo 10.- Modificar el artículo 7° de la Resolución FG N° 126/2007, que quedará

redactado de la siguiente manera: "Artículo 7°.- Constituir en la órbita de la Unidad

Operativa de Adquisiciones, dependiente de la Secretaría General de Coordinación, la

Comisión de Recepción Definitiva dispuesta por el art. 116 de la Ley N° 2095."

Artículo 11.- Disponer que el Departamento de Compras y Contrataciones pase a

depender de la Unidad Operativa de Adquisiciones.

Artículo 12.- Aprobar nuevas funciones de la Oficina de Relaciones Institucionales

conforme Anexo II, las que se suman a las funciones asignadas a la fecha.

Artículo 13.- Disponer que el Dr. Norberto Rubén JACOD (Legajo N° 2310),

manteniendo su categoría de revista, se desempeñe como titular de la Oficina de

Relaciones Institucionales.

Artículo 14.- Disponer que la Sra. Marta LEYBOR asista al titular de la Oficina de

Relaciones Institucionales en materia de coordinación de la Secretaría Privada de la

Fiscalía General, ceremonial y protocolo y relaciones institucionales.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese al Consejo de la

Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Secretaria General de

Coordinación, a la Oficina de Programación y Control presupuestario y Contable,

Departamento de Infraestructura y Apoyo Operativo, Departamento de Compras y

Contrataciones, los designados por la presente y a la Dirección General de Compras y

Contrataciones del Gobierno de la Ciudad. Cumplido, archívese. Garavano


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4083

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 15-FG-13 aprueba misiones y funciones, asignación de jurisdicción y responsabilidades dentro de la Estructura del Ministerio Público, aprobada por Ley 1903.</p>
MODIFICA
Art 6 de la Res 15-FG-13 modifica art 1 de la Res 126-FG-07- Art 8 modifica art 3 - Art 9 modifica art 4 - Art 10 modifica art 7
COMPLEMENTA
Art 1 de la Res 15-FG-12 aprueba las misiones y funciones de la Secretaría General de GestiónJurisdiccional,cuya incorporación fuera prevista por Res 332-FG-12
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 244-FG-14, aprueba las misiones y funciones de la Secretaría General Electoral y de Seguimiento Penitenciario, en el marco de la Resolución 15-FG-13.</p>