RESOLUCIÓN 568 2014 SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

Síntesis:

SE ESTABLECE VIGENCIA DE REGLAMENTO INTERNO - DIRECCIÓN GENERAL DE ASISTENCIA A BENEFICIARIOS DE LA EX CASSABA - EX CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - IMPLEMENTACIÓN - PLAZOS

Publicación:

29/12/2014

Sanción:

18/12/2014

Organismo:

SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


VISTO:

Las Leyes Nros. 2.811 y 4.824, los decretos N° 660/11 y 270/2014, el Expediente

Electrónico EX-2014-

17481661-MGEYA-SSJUS/2014/MGEYASSJUS, y las

Resoluciones N° 531-SSJUS-2014 y 539-SSJUS- 2014, y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 09 de diciembre de 2014 se procedió al dictado de la resolución RESOL-

2014-539-SSJUS por la que se aprobó el reglamento interno de la Dirección General

de Asistencia a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la

Ciudad de Buenos Aires (EX CASSABA) y que en su artículo 3° dispuso su entrada en

vigencia a partir del quinto (5) día hábil posterior a su publicación en el Boletin Oficial.

Que se ha requerido aclaración y ampliación de parte de la Dirección General de

Asistencia a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la

Ciudad de Buenos Aires (EX CASSABA) en relación con los trámites previstos en la

norma que corresponde.

Por ello, en uso de facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA

RESUELVE

Artículo 1° - Hágase saber al Señor Director General de la Dirección General de

Asistencia a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la

Ciudad de Buenos Aires (EX CASSABA) que el reglamento interno dictado el 09 de

diciembre del 2014 y su circuito administrativo que se encuentran vigentes al día de la

fecha, debiendo ser implementado en forma integral a partir de Enero del 2015, siendo

que en el mes en curso debería disponer todas las acciones para adecuar los

procesos a la norma interna dictada en la medida de sus posibles acciones.

Artículo 2°.- Instrúyase al Señor Director General de la Dirección General de

Asistencia a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la

Ciudad de Buenos Aires (EX CASSABA) que deberá respetar el plazo de elevación de

la propuesta del pago de los beneficios a la Subsecretaria de Justicia del Ministerio de

Justicia y Seguridad.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y Notifíquese al Señor Director General de la Dirección General de

Asistencia a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la

Ciudad de Buenos Aires (EX CASSABA) por Comunicación Oficial. Cumplido,

archívese. Buján

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art 1 de la Res. 568-SSJUS-14 hace saber al Director General de la Dirección General de Asistencia a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (EX CASSABA) que el reglamento interno dictado el 09 de diciembre del 2014 y su circuito administrativo que se encuentran vigentes al día de la fecha, debiendo ser implementado en forma integral a partir de Enero del 2015, aclarando y ampliando - según Considerandos - lo establecido por el Art. 3 de la Res. 539-SSJUS-14</p>