RESOLUCIÓN 539 2014 SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 531-SSJUS-14 - APRUEBA REGLAMENTO INTERNO - DIRECCIÓN GENERAL DE ASISTENCIA A BENENFICIARIOS - EX. CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL - ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - DISPOSICIONES GENERALES - CRITERIOS DE ACTUACIÓN - ÁMBITO DE APLICACIÓN - ASIGNACIÓN DE FUNCIONES - PROCESO DE LIQUIDACIÓN DE JUBILACIONES Y PENSIONES - CERTIFICACIONES DE SUPERVIVENCIA - ACTUALIZACIÓN DE BENEFICIOS - REGISTROS - CLAUSULA TRANSITORIA

Publicación:

15/12/2014

Sanción:

09/12/2014

Organismo:

SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


VISTO:

Las Leyes Nros. 2.811 y 4.824, los decretos N° 660/11 y 270/2014, el Expediente

Electrónico EX-2014-17481661-MGEYA-SSJUS/2014/MGEYASSJUS, y la Resolución

N° 531-SSJUS-2014, y

CONSIDERANDO:

Que por un error material en la carga del Sistema Informático se ha dictado de la

Resolución N° 531-SSJUS-2014, por la que se implementan todas las medidas

necesarias para el mejor funcionamiento y homogeneización de la Dirección General a

Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires (CASSABA); y es por ello que corresponde rectificar la

Resolución 531/2014

Por ello, en uso de facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA

RESUELVE

Artículo 1° - Dejar sin efecto la Resolución N° 531-SSJUS-2014, en todos sus términos

por un error material

Artículo 2°.- Apruébese el Reglamento Interno de la Dirección General de Asistencia a

Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de

Buenos Aires (CASSABA) dependiente de esta Subsecretaría, que figura en el Anexo I

de la presente ( IF-2014-17511961-SSJUS), el cual a todos sus efectos, será parte

integrante de esta resolución.

Artículo 3°.- Instrúyase al Sr. Director General de la Dirección General de Asistencia a

Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de

Buenos Aires (CASSABA) para que en el plazo de tres días notifique fehacientemente

a cada uno de los Gerentes Operativos en servicio su entrada en vigencia a partir del

quinto día hábil posterior a su publicación en el Boletín Oficial.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y gírese al Sr. Director de la Dirección General de Asistencia a

Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de

Buenos Aires (CASSABA) cumplimiento. Cumplido, archívese. Buján


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4542

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Res. 539-SJUS-14 en su art. 1 deja sin efecto la Res. 531-SSJUS-14</p>
INTEGRADA POR
<p>Art 1 de la Res. 568-SSJUS-14 hace saber al Director General de la Dirección General de Asistencia a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (EX CASSABA) que el reglamento interno dictado el 09 de diciembre del 2014 y su circuito administrativo que se encuentran vigentes al día de la fecha, debiendo ser implementado en forma integral a partir de Enero del 2015, aclarando y ampliando - según Considerandos - lo establecido por el Art. 3 de la Res. 539-SSJUS-14</p>
RATIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 36-SSJUS-15: Ratifíca la vigencia de la Resolución 539-SSJUS-14, en su totalidad.</p>