RESOLUCIÓN 36 2015 SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

Síntesis:

REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASISTENCIA A BENEFICIARIOS DE LA EX CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES  - EX CASSABA -  RATIFICA LA VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN 539-SSJUS-14 

Publicación:

20/02/2015

Sanción:

12/02/2015

Organismo:

SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


VISTO:

Las Leyes Nro. 1181, 2811, 4824, el Decreto N° 660/11, los Decretos N° 270/14,

39/15, el Expediente Nro. 11436363/MGEYA/SSJUS/2014, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 1.181 se instituyó la creación del Sistema de Seguridad Social para

Abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de carácter obligatorio y se creó

la Caja de Seguridad Social para Abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

(CASSABA);

Que por Ley N° 2.811 se disolvió e inició el proceso de liquidación de CASSABA y se

derogó la Ley N°1.181;

Que por Ley N° 4.824 se subrogaron en el Tesoro de la Ciudad las obligaciones

previsionales emergentes del Sistema de Seguridad Social referido, y se estableció

que la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es autoridad de aplicación del régimen previsto

en la citada norma;

Que asimismo mediante la Ley N° 4.824 se creó el Fondo de Asistencia para

Abogados, Jubilados, y Pensionados de la Ciudad de Buenos Aires que tiene por

objeto asegurar la administración de los fondos para la atención y pago de los

beneficios previsionales surgidos del régimen creado por Ley N° 1.181;

Que la norma precitada dio además "por concluida y aprobada la tarea de la Comisión

Liquidadora de la Caja de Seguridad Social para Abogados de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires (en liquidación) en todo lo actuado de su gestión", una vez efectuadas

las obligaciones establecidas por ese régimen;

Que por Decreto 270/14 se creó la Dirección General de Asistencia a Beneficiarios de

la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (EX

CASSABA) dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y

Seguridad, a fin de llevar a cabo el proceso de liquidación de pensiones y jubilaciones

y el cumplimiento de las obligaciones previsionales emergentes del referido sistema;

Que mediante el Decreto 39-AJG-2015 de fecha 15 de enero de 2015, se aprobó la

reglamentación de la Ley N° 4824, la cual obra como Anexo I (IF-2015-00054591-

MJYSGC);

Que a fin de garantizar la plena aplicación de la norma mencionada precedentemente,

corresponde ratificar el procedimiento y control interno para el proceso de liquidación y

pago de las obligaciones previsionales emergentes;

Que asimismo el reglamento interno de la Dirección General de Asistencia a

Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de

Buenos Aires (EX CASSABA) dependiente de la Subsecretaría de Justicia del

Ministerio de Justicia y Seguridad fue aprobado por Resolución N° 539-SSJUS-2014;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA

RESUELVE

Articulo 1°.- Ratifícase la vigencia de la Resolución 539-SSJUS-2014 en su totalidad,

la cual se agrega como Anexo I de la presente, y con la cual se tiene por cumplido lo

dispuesto por el Artículo 1 (Anexo I) del Decreto 39/2015, reglamentario de la Ley N°

4824.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, Comuníquese a la Dirección General de Asistencia a Beneficiarios de la

Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (EX

CASSABA). Cumplido, Archívese. Buján


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4583

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 36-SSJUS-15 ratifica la vigencia de la Resolución 539-SSJUS-2014 en su totalidad, y con la cual se tiene por cumplido lo dispuesto por el Art. 1, Anexo I, del Decreto 39-15, reglamentario de la Ley  4824.</p>
RATIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 36-SSJUS-15: Ratifíca la vigencia de la Resolución 539-SSJUS-14, en su totalidad.</p>