DISPOSICIÓN 40 2014 INSTITUTO DE TRASPLANTE DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
MODIFICA - ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - INSTITUTO DE TRASPLANTE - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - ACCIONES - OBJETIVOS - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - ÁREA DE DESPACHO - SUBGERENCIAS OPERATIVAS - RELACIONES INSTITUCIONALES -GESTIÓN ADMINISTRATIVA GENERAL - RECURSOS HUMANOS Y SERVICIOS LEGALES - DEPARTAMENTO MÉDICO - UNIDAD COORDINACIÓN PROCURACIÓN HOSPITALARIA
Publicación:
30/12/2014
Sanción:
15/12/2014
Organismo:
INSTITUTO DE TRASPLANTE DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
la Ley 3.294, los Decreto N°. 684/09, 226/11 y modificatorios, la Ordenanza N° 41.455,
la Disposición 18 /EAIT/ 12, Disposición 19/EAIT/12, el Expediente N° 2014-12626489-
EAIT, y
CONSIDERANDO
Que es oportuno y necesario avanzar en el desarrollo de una estructura orgánica-
funcional dinámica, y eficiente que cubra todas las funciones médicas y de promoción
de la donación establecidos en la ley 3294/09;
Que la actividad de procuración es llevada a cabo por profesionales no sólo en la
Guardia Médica del Instituto y en los diferentes hospitales del sector público de salud
enmarcado en la Red Integral de la actividad RIAP, sino también en los hospitales
privados;
Que la organización de la Guardia Médica Operativa permite cubrir las funciones de
jefe diario, con el nivel de Sección, resultando así una erogación presupuestaria menor
al de Jefe de Unidad Unidad;
Que la actividad de procuración y trasplante tiene el control por Sistema Nacional de
Trasplante- SINTRA-,
Que resulta excesivo mantener en la estructura orgánico funcional un área específica
de informática, pudiendo un único profesional especializado en coordinación con la
Dirección General de Sistemas Informático del Ministerio de Salud dar respuesta
eficiente a las necesidades informáticas;
Que las acciones referidas a comunicación, difusión de la donación, asistencia
apacientes en lista de espera y trasplantados requieren organización y coordinación
interinstitucionales;
Que el Programa de Educación sobre donación es una tarea continua que debe
llevarse a cabo en forma conjunta con el Ministerio de Educación;
Que por ley fue creada la Casa de Tránsito, requiriéndose su desarrollo en forma
adecuada.
Que en virtud de lo expuesto, este Directorio considera conveniente modificar la
estructura orgánico funcional del Instituto, aprobada por Disposición N° 4/EAIT/12 y
modificada por Disposición N°18/EAIT/ 2012, con el objetivo de responder en forma
eficiente a las funciones asignadas a la Guardia Médica Operativa y a las áreas
vinculadas a las relaciones institucionales del Instituto, optimizando los recursos
humanos
Por ello, y en uso de \\\\\\\'las atribuciones y facultades conferidas por la Ley N°3294
Articulo 1°- Modificase la estructura orgánico funcional del Instituto de Trasplante de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificada parcialmente la Disposición
N°18/EAIT/12, de conformidad con lo establecido en los Anexos I (Organigrama) y
(Responsabilidades Primarias, Acciones y Objetivos), que a todos sus efectos forman
parte integrante de la presente.
Artículo 2°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Ministerio de Salud, a la Subsecretaria de Gestión de Recursos
Humanos y a las Direcciones Generales Administración y Desarrollo de Recursos
Humanos y Estructuras del Gobierno y Relaciones Laborales. Cumplido, archivese.
Bacque
ANEXOS