RESOLUCIÓN 3572 1998 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA ACTA ACUERDO CELEBRADA EL 26 DE AGOSTO DE 1998, POR LA COMISIÓN VERIFICADORA DE CRÉDITOS DE LA EX MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y LA EMPRESA TORRADO, ALBERTO J.

Publicación:

10/03/1999

Sanción:

28/08/1998

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 0108-CVD ex MCBA-97 y los términos del Decreto N° 225-GCBA-96; y

CONSIDERANDO:

Que por el Registro mencionado tramita la presentación que la empresa Torrado, Alberto J. hiciera ante la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 225-GCBA-96, por el cual se creó la Comisión citada prevé el procedimiento a seguir con respecto a las deudas contraídas por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que efectuada la revisión del crédito reclamado y analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad, con fecha 12 de junio de 1997 la empresa en cuestión se notificó de las alternativas de opción que permitirían la cancelación de la totalidad de la deuda verificada que asciende a la suma de pesos doscientos sesenta y dos mil ochocientos ochenta con setenta y cuatro centavos ($ 262.880,74);

Que con fecha 27 de junio de 1997 la empresa Torrado, Alberto J. acepta la opción consistente en una deducción del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el monto de la deuda verificada al 6-08-96, en consecuencia se le reconoce en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96 la suma de pesos cuarenta mil ciento cuarenta y cinco con cincuenta y cinco centavos ($ 40.145,55), la cual será abonada en dieciocho (18) cuotas mensuales y consecutivas, devengando intereses a una tasa fija del seis con siete por ciento (6,7%) efectivo anual, desde el 6-8-96 y hasta la fecha de su efectivo pago;

Que, en virtud de que la aceptación de referencia fuera efectuada con condición suspensiva, la empresa de marras presentó formalmente con fecha 22 de mayo de 1998, una aceptación sin dicho condicionamiento;

Que, con respecto a la deuda verificada con posterioridad al 6-8-96 que asciende a la suma de pesos doscientos un mil ciento dieciocho con treinta y cinco centavos ($ 201.118,35) la empresa Torrado, Alberto J. acepta una quita del diez con uno por ciento (10,1%) por readecuación de precios, aplicado sobre el total facturado a partir de dicha fecha y descontados los pagos efectuados a cuenta durante el mismo período, reconociéndose en consecuencia en los términos del Art. 14 Inc. a) del Decreto N° 225-GCBA-96 la suma de pesos ciento treinta y tres mil cuatrocientos veintidós con ochenta y siete centavos ($ 133.422,87) a abonarse en veinticuatro (24) cuotas mensuales y consecutivas a partir del 1° de enero de 1998, teniendo incorporados los intereses sobre saldos, conforme al sistema francés de amortización, a una tasa del doce por ciento (12%) efectivo anual aplicada desde el vencimiento contractual de cada obligación y hasta la fecha de su efectivo pago;

Que cada cuota se instrumentará con pagarés Decreto N° 225-GCBA-96, con cláusula sin protesto emitidos en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a favor del acreedor, descontando de la primera de ellas las retenciones de Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieran corresponder;

Que a los 26 días del mes de agosto de 1998, y en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se procedió a suscribir el Acta correspondiente;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires se ha pronunciado al respecto, en cumplimiento de lo estipulado en el Art. 8° de la citada norma;

Por ello, y en cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 225-GCBA-96, en su Art. 9°,

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrada el 26 de agosto de 1998, por la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y la empresa Torrado, Alberto J., que en su totalidad, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

Art. 2° Notifíquese a la Dirección General de Contaduría General a los efectos de los Arts. 10 y 11 del Decreto N° 225-GCBA-96.

Art. 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Planificación Presupuestaria, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás fines a la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales de Tesorería y de Contaduría.


ANEXOS

Anexo no publicado

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Arts. 10 y 11