DECRETO 4 2015
Síntesis:
APRUEBA NORMAS ANUALES DE EJECUCIÓN Y APLICACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 - COMPETENCIAS - OGEPU - OGESE - PARTIDAS LIMITATIVAS E INDICATIVAS - MODIFICACIONES DE CRÉDITOS - PROGRAMACIÓN Y REPROGRAMACIÓN - RECURSOS AFECTADOS Y PROPIOS - GASTOS - JURISDICCIONES Y ORGANISMOS NO INTEGRADOS AL SIGAF
Publicación:
08/01/2015
Sanción:
07/01/2015
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 5239 y el Expediente Electrónico N° 18.124.552/2014-MGEYA-DGOGPP, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 5239, promulgada por el Decreto N° 531/14, se aprobó el Presupuesto General de Gastos y Cálculo
de Recursos de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2015;
Que, de conformidad con el artículo 32 de la citada ley, corresponde dictar las Normas Anuales de Ejecución y
Aplicación del Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio
2015;
Que, de acuerdo con las disposiciones del artículo 27 de la Ley N° 5239, el Poder Ejecutivo está autorizado para
efectuar delegaciones de sus competencias en materia de reestructuraciones, modificaciones y ampliaciones del
presupuesto, a efectos de desconcentrar y agilizar su gestión.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires,
Artículo 1° - Apruébanse las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2015 que, como Anexo I (IF-2014-
18669685-DGOGPP), forman parte integrante del presente.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la Dirección General de Asuntos Legislativos; a los Ministerios y
Secretarías dependientes del Poder Ejecutivo y a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para
su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la
Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese.
MACRI - Grindetti - Rodríguez Larreta
ANEXOS