RESOLUCIÓN 1 2015 SECRETARIA DE GESTION COMUNAL Y ATENCION CIUDADANA

Síntesis:

ESTABLECE QUE LOS INSPECTORES DE LAS COMUNAS PODRÁN EJERCER EL CONTROL DEL ESTACIONAMIENTO EN LA VÍA PÚBLICA Y LABRAR ACTAS DE COMPROBACIÓN DE INFRACCIONES DENTRO DE SU COMPETENCIA TERRITORIAL - APRUEBA EL PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN ENTREGA Y LABRADO - MULTAS DE TRÁNSITO POR ESTACIONAMIENTO

Publicación:

12/01/2015

Sanción:

08/01/2015

Organismo:

SECRETARIA DE GESTION COMUNAL Y ATENCION CIUDADANA


VISTO:

las Leyes Nros. 451, 1.217, 1.777, 2.148, 2.652 y 4.013, los Decretos Nros. 498/08,

660/11, el Expediente Electrónico N° EE-2014-17906975-MGEYA-DGTALCIU , y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 451 se sancionó el Régimen de Faltas de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en cuyos puntos 6.1.51, 6.1.52 y 6.1.54 se regularon las sanciones

previstas para los supuestos de carga y descarga, estacionamiento o detención

prohibida y estacionamiento en áreas peatonales, respectivamente;

Que por Ley N° 2.148 se aprobó el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que, la citada ley estableció que el Poder Ejecutivo designa una Autoridad de

Aplicación del Código de Tránsito y Transporte, entre cuyas atribuciones se encuentra

la de estudiar y proponer normas y disposiciones que se relacionen con el tránsito y el

transporte urbano en todos sus aspectos y, cuando corresponda, coordinar sus

acciones con otras áreas involucradas en el tema;

Que por ello, el Decreto N° 498/08 designó a la Subsecretaría de Transporte como

autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte, la facultó a definir y

aplicar las políticas, requerir la colaboración y entender en la coordinación de las

acciones de regulación y control del tránsito y transporte con otras áreas, organismos

descentralizados y de control del Gobierno de la Ciudad involucrados en la materia de

su competencia;

Que, en tal sentido, la Ley N° 2.652 creó el Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito

y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires facultándolo a ejercer el control

del estacionamiento en la vía pública, coordinar su accionar con los organismos de la

administración central y descentralizada del Gobierno de la Ciudad, como así también,

a labrar actas de comprobación de infracciones, de acuerdo con lo establecido en la

Ley N° 1.217;

Que por Decreto 660/11 el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte

depende orgánica y funcionalmente de la Subsecretaria de Transporte;

Que, por su parte, entre los objetivos fijados por la Ley N° 4.013 para la Secretaría de

Gestión Comunal y Atención Ciudadana se establecen el de coordinar e implementar

el proceso de descentralización según lo establecido por la Ley de Comunas como así

también diseñar y ejecutar las acciones para el cumplimiento de lo establecido en la

Ley N° 1.777;

Que, a su vez, la Ley N° 1.777 estableció entre las competencias que las Comunas

tienen a su cargo en forma concurrente con el Poder Ejecutivo, la fiscalización y el

ejercicio del poder de policía de las normas sobre usos de los espacios públicos;

Que, en ese contexto, las Comunas poseen un acabado conocimiento de las vías de

tránsito que integran el espacio comprendido en su territorio y se encuentran en

condiciones de detectar las infracciones cometidas con relación al estacionamiento y,

en consecuencia, podrán generar conductas y acciones que sean conducentes para

garantizar una mayor fiscalización y control de esta temática;

Que por razones operativas y de eficiencia se propicia la instrucción de inspectores

pertenecientes a las Comunas de forma tal que ejerzan, de manera temporal y

concurrente con el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte, el control,

del estacionamiento en la vía pública pudiendo labrar las actas de comprobación de

infracciones dentro de su competencia territorial, de conformidad con lo establecido la

Ley N° 2.652;

Que, por lo expuesto, con el propósito de asegurar una adecuada y efectiva

implementación y coordinación de las acciones previstas, el Cuerpo de Agentes de

Control de Tránsito y Transporte avalará a los inspectores de las Comunas designados

para el control del estacionamiento en la vía pública, cuya nómina será remitida por la

Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana,

previa elevación de la misma por parte de cada Comuna, quienes deberán asistir,

antes de comenzar a ejercer las funciones previstas, al curso de capacitación que

dicte la Dirección General de Cuerpos de Agentes de Control del Tránsito y el

Transporte a esos efectos.

Por ello, en uso de las facultades que les son propias,

EL SECRETARIO DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA

Y EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVEN

Artículo 1°.- Establézcase que los inspectores de las Comunas de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires podrán ejercer el control del estacionamiento en la vía pública y

labrar actas de comprobación de infracciones dentro de su competencia territorial, de

conformidad con lo establecido en los artículos 6° inciso b) y 7° inciso b) de la Ley N°

2.652, relativas a las faltas contenidas en los puntos 6.1.51, 6.1.52 y 6.1.54 de Anexo I

de la Ley N° 451.

Artículo 2°.- Apruébase el procedimiento para la recepción, entrega y labrado de las

Actas de Comprobación de Infracciones, que como Anexo I (IF-18671264-SSTRANS)

forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- El ejercicio de las competencias mencionadas en el artículo 1° por parte

de los inspectores de las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires regirá

hasta el 10 de Diciembre de 2015.

Artículo 4°.- La Dirección General de Cuerpos de Agentes de Control del Tránsito y el

Transporte dependiente de la Subsecretaría de Transporte de la Jefatura de Gabinete

de Ministros establecerá la nómina de inspectores de las Comunas, la cual le será

remitida por la Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación

Ciudadana, previa elevación de la misma por parte de cada Comuna, quienes deberán

asistir al curso de capacitación antes de comenzar a ejercer el control del

estacionamiento en la vía pública y el labrado de actas de comprobación de

infracciones que dicte esa Dirección General.

Artículo 5°.- Encomiéndase a la Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración

y Participación Ciudadana dependiente de la Secretaría de Gestión Comunal y

Atención Ciudadana a suscribir con las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires los acuerdos específicos correspondientes a efectos de implementar la presente.

Artículo 6°.- Delégase en la Dirección General de Cuerpos de Agentes de Control del

Tránsito y el Transporte la facultad de modificar el procedimiento establecido en el

Anexo I de la presente.

Artículo 7°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos

Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Descentralización,

Desconcentración y Participación Ciudadana de la Secretaría de Gestión Comunal y

Atención Ciudadana, a la Subsecretaría de Transporte de la Jefatura de Gabinete de

Ministros y pase a la Dirección General del Cuerpo de Agentes del Control del Tránsito

y el Transporte dependiente de la Subsecretaría de Transporte de la Jefatura de

Gabinete de Ministros y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la

Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana para su conocimiento y demás

efectos. Cumplido, archívese. Macchiavelli - Dietrich


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4556

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 110-DGCACTYT-15, establece la nómina de Inspectores de las Comunas de la Ciudad de Buenos Aires, en conformidad  a lo solicitado por el art. 4 de la Resolución 1-SECGCYAC-SSTRANS-15. </p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 5 de la Resolución 1-SECDESC-SST-16, establece que los agentes comprendidos en el Anexo I de la Resolución Conjunta 1-SECGCYAC-SSTRANS-15, que durante el periodo comprendido entre 1-4-15 y el 10-12-15, ejercieron, de manera concurrente con el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte, el control del estacionamiento en la vía pública pudiendo labrar las actas de comprobación de infracciones dentro de su competencia territorial, aprobado el curso requerido, renovarán el ejercicio de las funciones.</p>