LEY 5169 2014

Síntesis:

PROHIBE LA CIRCULACIÓN GENERAL DE VEHÍCULOS EN EL PASAJE JUAN CHASSAING ENTRE AVENIDA DEL CAMPO Y LA CALLE BALBOA -    NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

15/01/2015

Sanción:

27/11/2014

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

06/01/2015


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

 

Si no visualiza alguno de los textos puede solicitarlo enviando un correo a ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Prohíbese la circulación general de vehículos todos los días durante las

veinticuatro (24) horas en el pasaje Juan Chassaing entre Av. del Campo y la calle

Balboa, con las excepciones y en la forma contempladas en el artículo 6.9.3 del

Código de Tránsito y Transporte.

Art 2°.- Déjase sin efecto el artículo 1° de la Resolución N° 62-SSTRANS-2009

(B.O.C.B.A. N° 3197).

Art 3°.- La presente Ley entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento

ilustrativo correspondiente, el que incluirá la prohibición de estacionamiento

establecida en el inciso a) del artículo 7.1.9 del Código de Tránsito y Transporte en los

pasajes Juan Chassaing y Las Flores.

Art 4°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 9 de enero de 2015

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.169 (E.E. N° 17.894.603-MGEYA-DGALE-

14), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su

sesión del día 27 de noviembre de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el

día 6 de enero de 2015.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a

la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 2 de la Ley 5169, deja sin efecto el artículo 1 de la Resolución 62-SSTRANS-09.</p>