RESOLUCIÓN 62 2009 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

MODIFICA SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - CALLES -ARTERIAS JUAN CHASSAING, DE AVENIDA DEL CAMPO A BALBOA, DE NE A SO - DOBLE MANO - 14 DE JULIO - ENTRE AVENIDA DEL CAMPO Y ÁVAL - ESTACIONAMIENTO ACERA IZQUIERDA AVENIDA PUNTA ARENAS, ENTRE AVENIDA DEL CAMPO Y BALBOA

Publicación:

18/06/2009

Sanción:

12/06/2009

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO: la Nota N° 1756-DGTRANSI-2009, y

CONSIDERANDO:

Que con la implementación de la Resolución N° 26-SSTRANS-2009, relacionada con el ordenamiento de tránsito aprobado por la habilitación del tunel en la avenida Punta Arenas bajo las vías del Ferrocarril Urquiza, se ha detectado un inconveniente para los vecinos del pasaje Juan Chassaing;

Que, por otra parte, se ha observado que en la cuadra de mano única de la avenida Punta Arenas, entre avenida Del Campo y Balboa, del lado izquierdo, se crea un espacio libre que amerita permitir el estacionamiento a 45 grados junto a ese lado;

Que se estima necesario invertir el sentido de circulación de la calle Juan Chassaing, restituir el doble sentido a un tramo de la calle 14 de Julio y permitir el estacionamiento a 45 grados, de acuerdo a lo expresado en el párrafo precedente;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias, conferidas por la Ley N° 2148 (B.O.C.B.A. N° 2615), el Decreto N° 2075-GCBA-2007 (B.O.C.B.A, N° 2829) y el Decreto N° 498-GCBA-2008 (B.O.C.B.A. N° 2926),

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°. - Inviértese, con carácter transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, al siguiente tramo de arteria, de la forma que se indica: JUAN CHASSAING, de Avenida del Campo a Balboa, de NE a SO.

Artículo 2°. - Exclúyese, con carácter transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos, de las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, al siguiente tramo de arteria en el cual se restituye la doble mano: 14 DE JULIO, entre Avenida del Campo y Ávalos.

Artículo 3°. - Permítese, con carácter transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos, el estacionamiento general de vehículos, a 45 grados, junto al cordón de la acera izquierda, durante las 24 horas, en el siguiente tramo de arteria: AVENIDA PUNTA ARENAS, entre Avenida del Campo y Balboa.

Artículo 4°.- La presente medida implica la instalación del pertinente señalamiento vertical y demarcación horizontal que proyectará y ejecutará la Dirección General de Tránsito.

Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito quien comunicará esta Resolución a la Policía Federal Argentina y a las Direcciones Generales de Seguridad Vial, de Transporte y del Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte. Cumplido, continúese con el trámite dispuesto en el artículo anterior.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Res. 60-SSTRANSP-09 modifica sentido único de circulación - complemnta normativa dispuesta en la Res. 26-SSTRAN-09
MODIFICADA POR
<p>Artículo 2 de la Ley 5169, deja sin efecto el artículo 1 de la Resolución 62-SSTRANS-09.</p>
MODIFICA
Res 62-SSTRANS-09 Incluye modificación del sentido único de circulación de arterias con carácter transitorio y experimental, en las disposiciones del Dec.Ord. 10407-47